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LA UNIÓN DE HECHO ENTRE PERSONAS DE DIFERENTE SEXO

Enviado por   •  19 de Abril de 2018  •  3.553 Palabras (15 Páginas)  •  534 Visitas

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Para Bautista y Herrero (2006) es: “La situación de dos personas de distinto sexo que viven en la posesión de estado de esposo, sin haber celebrado el matrimonio” (p.144).

Bossert y Zannoni (2004) añade:

El concubinato es la mera unión de hecho entre hombre y mujer y se diferencia de la denominada “unión civil”, trátese de parejas heterosexuales u homosexuales, en la que existe de un modo u otro una forma de constitución, escritura pública, manifestación de voluntad expresa ante el Registro Civil, etc.; y su correspondiente registración y publicidad. (p.423)

Conformar una familia no es un juego, ni mucho menos es algo que toda persona desea alcanzar en la vida, aunque signifique un valor social que aporta a nuestra vida. El hecho de contraer matrimonio es una decisión tan seria como al deber conformar en concubinato. Quizá esta unión no sea del todo buena para la normativa civil pero por ser de interés público, el Derecho tiene que proteger esta figura jurídica.

Es como nos comenta Schreiher, 1999; citado por Amado (1993):

(…)el concubinato sigue creciendo en el mundo, y no solo en países de incipiente cultura y escasa formación integral, sino también en naciones altamente desarrolladas en todo orden de cosas, al punto que hoy en día es común que las jóvenes parejas constituyan uniones de hecho que traen aparejados graves problemas de orden social, psicológicos y jurídicos que al final de cuentas maltratan a la institución familiar (…). (p. 124)

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Acepciones

Para Pérez (2010):

El concubinato es un hecho jurídico que consiste en la unión de dos personas de distinto sexo; es decir, un hombre y una mujer, sin impedimento de conformidad a la ley, para contraer matrimonio, que hayan vida en común, como si estuvieran casados, por dos años, pero que hayan concebido un hijo en común de esta relación. (p.83)

Mallqui y Momethiano (2001) señala que se pueden distinguir dos acepciones de la palabra concubinato; la primera es en sentido amplio, según el cual el concubinato es la unión de hombre y mujer que sin ser casados hacen vida de tales con cierta permanencia o habitualidad. En la segunda acepción, en el sentido restringido, el concubinato, representa como en el matrimonio una continuidad monogámica, con cierto contenido ético que garantiza la pureza de la filiación con todas las apariencias de una unión legítima, de la que se diferencia simplemente por la facilidad con que se puede extinguir en cualquier momento por la simple voluntad unilateral de cualquiera de los concubinos. (pp.62-63)

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Características de la unión de hecho

Aguilar (2013) presenta características de la unión de hecho como, ser una relación heterosexual, que viven como casados sin estarlo, es decir, implica una vida en común compartiendo un techo, lecho y mesa. Permanecer en una comunidad de vida permanente, continua e ininterrumpida. Adicionándose a ello, la convivencia debe ser pública. A todas estas características debe sumársele una comunidad de vida con permanencia de dos o más años, y que no exista impedimento matrimonial entre los convivientes, esto es, si ellos decidieran casarse, no habría problema alguno en regularizar legalmente su situación. (p.11)

Asimismo, Suárez Franco, citado por Hinostroza (2012) considera que las características del concubinato son a) Unión de hecho, la unión surge de la sola voluntad de los que la conforman sin que cumplan formalidad distinta de la expresión de su voluntad de llevar vida en común; b) Esta unión debe ser libre y espontánea ; c) Estable; d)Notoria, que trascienda de la simple privacidad de los concubinos; e) Entre un hombre y una mujer; f) Singularidad, la cual consiste en que la relación de concubinato no pueda darse sino entre un solo hombre con una sola mujer; g) Comunidad de vida, llevar vida en común, la cual puede responder a cohabitar y h) Que no exista impedimento matrimonial.(pp.274-275)

Del mismo modo, Peralta (2008) considera como notas peculiares de la unión de hecho las siguientes a) Unión marital de hecho, el concubinato es una unión more uxorio que viven y se tratan como marido y mujer, y que reproducen los rasgos fundamentales de la vida conyugal, es un estado de aparente unión matrimonial; b) Permanencia y estabilidad, es la vocación de permanencia en el tiempo, porque la relación de los concubinos no debe ser momentánea ni accidental, debe ser duradera; c) Singularidad y publicidad, la situación fáctica que viven los concubinos es evidentemente única, monogámica y estable; d) Ausencia de impedimentos, la Carta Magna señala que los que forman la unión de hecho deben estar libres de impedimento matrimonial. (pp.137-139)

Al parecer, la convivencia entre concubinos en un mismo domicilio es primordial para que la unión pueda ser considerada de hecho y adquiera todas las facultades y obligaciones que esta conlleva.

Complementado lo dicho anteriormente, otro carácter según Bossert y Zannoni (2004) es la fidelidad recíproca, de la cual opina lo siguiente:

En lo relativo a la fidelidad recíproca la doctrina suele calificarla de aparente. Se trata de una condición “moral”: las relaciones de los concubinos deberán caracterizarse a menudo por una cierta conducta en la mujer que manifieste el afecto hacia su amante o una aparente fidelidad (…) Tratándose de una unión estable, permanente y singular la fidelidad queda también implicada; así como en el matrimonio puede darse la infidelidad sin que por ello pierda su carácter de tal, del mismo modo en el concubinato puede darse la infidelidad de uno de los concubinos. (p.424)

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Elementos Del Concubinato

Para Mallqui y Momethiano (2001) los elementos esenciales de la figura del concubinato son a) Elemento de hecho, el cual es el elemento central en el cual se crea y se desenvuelve la figura del concubinato. Representado por la unión de carácter marital que se establece entre un hombre y una mujer al margen de la ley, esto es de facto. La cual, debe cumplir con ciertos requisitos como la vida en común bajo un mismo techo, la posesión de estado de casados, la publicidad o notoriedad; b) Elemento temporal, es necesario que esa comunidad de vida, se prolongue en el tiempo con caracteres de duración, continuidad y permanencia; c) Elemento moral, constituido por la fidelidad,

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