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LAS GARANTIAS DEL ORDEN JURIDICO.

Enviado por   •  29 de Noviembre de 2017  •  2.506 Palabras (11 Páginas)  •  369 Visitas

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La unidad jurisdiccional que corresponde a la justicia federal, se ve quebrantada por lo que atañe a los actos del ministerio publico, y no por otra causa; la suprema corte se ha negado a ocupar el lugar que le corresponde, abandonando sus funciones en este caso arbitrio del ministerio publico. La suprema corte si tiene la facultad de anular cualquier acto violatorio de garantías el que sea responsable toda autoridad, asi se trate de actos de ministerio publico que afectan y perjudican el patrimonio de las victimas del delito. El ministerio publico decide y juzga como un juez al desistirse de la acción penal; el ministerio publico abandona derechos patrimoniales, que corresponden a las victimas del delito; el ministerio publico hace y deshace a su antojo el proceso. Sin embargo el ministerio Publico es intocable para la suprema corte de la justicia de la nación.

No debe confundirse el carácter ejecutivo de las autoridades administrativas al aplicar las leyes y reglamentos que les fijan sus facultades, con el carácter judicial de los tribunales administrativos ya se mencionen en esta forma o como tribunales contencioso administrativos, que ha dado nacimiento a una verdadera jurisdicción administrativa, autónoma y de pleno derecho. El concepto poder se usa para designar una competencia estatal o bien al órgano encargado de ejercer dicha competencia, cabe hacer la aclaración de que hemos estado utilizando el concepto mencionado en primer termino, o sea una referencia a las competencias estatales que constituyen una garantía constitucional.

Sin embargo la invacion de soberanias es simplemente la violación de las competencias que la constitución otorga a la federación y a los estados…a su ves el primer párrafo del articulo 22 señala terminantemente prohibiciones que sin ser exclusivamente de tipo legislativo deben entenderse implícitas, cuando dice: quedan prohibidas las penas de mutilación y de infamia, la marca, los azotes, palos, el tormento de cualquier especie, la multa excesiva, la confiscación de bienes y cualesquiera otras penas inusitadas y trascendentales; la pena inusitada es la que no esta en uso, o sea la que no es una practica generalizada en las culturas actuales. El articulo 14 se refiere a la ilegalidad de aplicar una pena no establecida exactamente en una disposición legal, que viola las garantías del procesado al crearse una pena no autorizada por la norma legal, y en cambio en el articulo 22 va mas lejos por que su prohibición no esta referida únicamente al acto de aplicación de una pena por parte de la autoridad judicial que conoce de un proceso concreto; ahora se abarca inclusive al acto legislativo que formalmente es valido, pero que contiene la creación de una pena inusitada, inconstitucional. En las leyes adjetivas a cuales se ha confundido la condena a reparar el daño causado por un delito, con la pena publica consecuencia del acto que daña a la sociedad, afirmándose que esa reparación forma parte integrante de la pena pecuniaria, cabria suponer que un reo condenado a sufrir una sanción corporal y a reparar el daño, por el echo de su muerte impide no solo el cumplimiento de la pena corporal, si no también de la pecuniaria; se podría alegar que este procedimiento es inconstitucional por aplicarse una pena que trasciende de la persona del reo fallecido a sus herederos vivos.

Fuera de las competencias señaladas para legislar sobre determinadas materias bien sea a facvor de la federación bien de los estados, el ejecutivo federal también tiene esferas que no pueden ser invadidas por los ejecutivos locales sin causar agravios individuales que son garantizados en el propio texto constitucional. De la misma índole de funciones reservadas al ejecutivo federal puede considerarse lo dispuesto por el articulo 15 de la constitución: no se autoriza la celebración de tratados para la extradicion de reos políticos, ni para la de aquellos delincuentes del orden común que hayan tenido en el país donde cometieron el delito, la condición de esclavos; ni de convenios o tratados en virtud de los que se alteren las garantías y derechos establecidos por esta constitución para el hombre y el ciudadano. Se atribuye la limitación anteriormente transcrita al ejecutivo.

El tratado es un acuerdo pacto entre estados soberanos para crear, modificar o extinguir derechos y obligaciones entre las partes.

Extradición es el acto mediante el cual un estado hace entrega a otro-que la reclama-,de una persona a quien se inputa la comicion de un delito dentro del territorio de la entidad reclamante, para juzgarla.

La primera prohibición se refiere a la negativa que debe producirse cuando se trata de delitos políticos, aquellos que tienen como finalidad sustituir, cruenta o incruentamente, las instituciones gubernativas o el sistema de gobierno de un país por otro régimen; o derrocar a las personas que lo ejercen.

La prohibición final del articulo 15, tiene como mira el defender las garantías y derechos establecidos en la constitución, que no son sometidos por otra nación.

GARANTIAS DE UN ORDEN JUSTO ATRAVES DE LA JURISDICCION

El orden publico comprende una estructura total, mediante normas, que se refieren a ramas a su ves diversificadas. Una de dicha ramas del orden jurídico lo es el orden dentro de la justicia, la cual es una valoración ético-filosofica, que para llegar al plano de lo jurídico positivo necesita objetivarse en normas concretas procedimiento mediante el cual se evitan criterios subjetivos alrededor de lo justo. Por otra parte, esa valoración objetiva que nos permitiría llegart al establecimiento de un orden justo, requiere de la expedición de las leyes que definan y aseguren ese concepto legal de justicia; la creación de órganos públicos que interpreten, y en su caso agan las definiciones necesarias parfa ajustar a los casos concretos la hipótesis abstracta prevista en la norma jurídica. Esto constituye exactamente la jurisdicción, o sea el juris dicere.

En los casos de controversia entre los particulares sobre lo que la ley dice, solo dos procedimientos podrían seguirse para resolver ese desencuentro o contradicción de derechos: la justicia que se realiza por propia mano, o bien la sujeción de las partes que contienden a un órgano, que por ser publico resulte imparcial, teniendo tan solo en cuenta que es lo que dispone la ley. De todo lo anterior se deduce que la jurisdicción es un principio ineludible, impuesto a los individuos, del orden jurídico constitucional para la definición de los derechos subjetivos, y es presupuesto obligado de un estado de derecho, pero igualmente si se tiene derecho a la justicia, se tiene derecho a la jurisdicción que la

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