LEYES DE LA CULTURA EN VENEZUELA Y EL ESTADO LARA
Enviado por Mikki • 24 de Mayo de 2018 • 3.513 Palabras (15 Páginas) • 618 Visitas
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El órgano rector con competencia en cultura en corresponsabilidad con los órganos, entes y misiones de la Administración Pública y demás sujetos sociales, debe diseñar y ejecutar un programa de atención integral al creador y la creadora cultural que comprenda la formación, la investigación, las facilidades crediticias, la promoción y difusión de las obras, el apoyo tecnológico y la seguridad social, de acuerdo con las leyes que rijan la materia. Es esencial recalcar que es imposible fundar o refundar una República sin contar con la dimensión de la cultura como componente esencial de la ciudadanía, como generador primordial de identidad y como factor de desalienación y descolonización.
Ley de la Cultura del Estado Lara
Esta ley bajo lo normado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la Constitución del Estado Lara, establecen que la cultura es el conjunto de conductas, experiencias, creencias, ideas, mitos, religiones y todo tipo de actividad humana individual, colectiva, espontánea, libre, aprendida, acumulada, permanentemente enriquecidas que determinan los rasgos distintivos de una sociedad y de las particularidades que la integran como totalidad histórica, situada en un espacio determinado. Igualmente, puntualizan que el derecho a la cultura es uno de los valores fundamentales de la sociedad venezolana, constituyendo un bien irrenunciable y derecho fundamental de los hacedores culturales.
Se encuentra estructurada en ocho títulos, cinco capítulos, seis secciones y ochenta y dos artículos; que contiene los principios rectores donde se reconocen y se garantizan los derechos del sector cultural, se contemplan normas y políticas, a fin de establecer las condiciones necesarias en pro del desarrollo de las potencialidades culturales de la población, incorporando al Estado, a los Municipios, a los artistas, creadores, creadoras, autores culturales y a la comunidad en general en la gestión política cultural. De la misma manera, se contempla la autonomía de la administración cultural pública como principio organizativo y funcional; se garantiza la libertad de creación y el derecho de la ciudadanía a disfrutar plenamente de los bienes culturales; la protección, preservación, enriquecimiento, conservación y restauración del patrimonio cultural, instituyéndose como órgano rector al Consejo Autónomo de la Cultura del Estado Lara.
En el contexto de la presente Ley, el fomento a la cultura se regirá por los principios de igualdad, libertad, solidaridad, corresponsabilidad y justicia y tendrá carácter democrático, participativo y popular. Es por ello que las autoridades en materia de cultura, a través de convenios de concertación, estimularán y coordinarán la participación de la comunidad en la organización y funcionamiento de las instituciones y centros culturales, así como en la elaboración, ejecución, control y fiscalización de los programas que se ejecuten en materia cultural.
El Estado Lara a través del Consejo Autónomo de Cultura del Estado Lara en concordancia con las políticas nacionales, fomentará y desarrollará las expresiones creativas y cualquier manifestación cultural como elementos de diálogo, intercambio, participación, tolerancia, democracia y expresión libre del pensamiento. Esto, procurando las condiciones, instrumentos legales, medios y presupuestos necesarios, conforme a lo previsto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Constitución del Estado Lara, la presente Ley y las demás leyes que rigen la materia. Generando que:
- Se ejerce la autonomía de la administración cultural pública del Estado Lara en los términos que establece la presente Ley.
- Se declara de interés público el fomento y la práctica cultural descentralizada, participativa, plural, democrática y equitativa. Se establecerán incentivos y estímulos para las personas naturales o jurídicas, instituciones y comunidades que promuevan, apoyen, desarrollen o financien planes, programas y actividades culturales en el Estado Lara.
- El Poder Público del Estado Lara velará por la dotación de recursos e infraestructura que se requiera para el estímulo de la práctica cultural.
- Para el cumplimiento de los fines de esta Ley, podrán ser utilizadas además de las instalaciones culturales existentes, los espacios públicos comunitarios y los centros educativos para constituirlos como centros de desarrollo cultural y de integración social en cada comunidad.
A los efectos de la presente Ley, se entiende por trabajador o trabajadora cultural a todo ciudadano o ciudadana, creadores y creadoras, hacedores o hacedoras con aptitudes para desarrollar una actividad específica de expresión creadora manual, intelectual, artística y humanística, perteneciente al ámbito sociocultural. Tienen derecho a:
- Tener representación en el Consejo Autónomo de Cultura del Estado Lara, en los términos establecidos en la presente Ley.
- Ser informado a través de sus representantes de las políticas, planes, programas y proyectos establecidos por el Consejo Autónomo de Cultura del Estado Lara.
- Solicitar y obtener incentivos para el desarrollo de su actividad cultural en el Estado, de conformidad con lo establecido en la presente Ley, su Reglamento y demás leyes.
- Participar en la elaboración de los planes y proyectos y coadyuvar en las actividades del Consejo Autónomo de Cultura del Estado Lara.
- Estimular y promover la participación de las comunidades en el desarrollo y promoción de las actividades culturales en el Estado.
El Estado Lara velará por la incorporación de los trabajadores y trabajadoras culturales al sistema de seguridad social, de conformidad con las leyes que rigen la materia.
Ley del Patrimonio Cultural del Estado Lara
El Patrimonio Cultural de un Estado, es la más auténtica expresión e identificación de sus hombres y mujeres, que se mantiene y consolida en el tiempo, es el sentido de pertenencia y el orgullo de ser nativos de una determinada entidad. Es el lazo que los une como miembros de una gran familia, es el legado que se transmite de generación en generación con el fin supremo de mantener y preservar la identidad y la memoria histórica de un pueblo y que define el ser y el hacer de un momento histórico determinado.
El Estado Lara, es una región privilegiada por las abundantes manifestaciones culturales, pues no sólo cuenta con un sin número de bienes de gran valor cultural, histórico, artístico,
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