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Legislación Turística de Honduras

Enviado por   •  4 de Noviembre de 2018  •  2.050 Palabras (9 Páginas)  •  303 Visitas

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Todo prestado de servicios debe velar por la seguridad y bienestar de sus clientes.

Así mismo a quienes no cumplan con lo establecido en la ley se les sancionara con una multa desde 100.00 lempiras hasta los 10,000.00 dependiendo de la infracción faltada.

Ley de Incentivos al Turismo

Fue creada en el decreto N° 314-98 esto como consecuencia de los daños que se originaron con el huracán Mitch, esto trajo una baja en la economía del país, lo cual para que se pudiese recuperar económicamente se tuvieron que establecer ciertas leyes.

La primera reforma de esta ley se le dio bajo decreto N°194-2002, su segunda reforma de adición al art. 5 bajo decreto N° 135-2006, su tercera reforma fue con el decreto N°17-2010.

Objetivos Y Propósitos, Incentivos y Beneficiarios Art. 1- Art.8

Esta ley pretende dar un incentivo a las entidades turísticas privadas nacionales e internacionales, ya que para que haya más visitantes extranjeros se requiere de grandes inversiones tanto para restauración de hoteles, y demás servicios turísticos que fueron dañados durante el huracán.

Todo beneficio otorgado por esta ley debe ser mediante una solicitud ante la secretaria de turismo que incluya ciertas pautas como:

- Amplia descripción del proyecto a realizar

- Un plano general de la obra a realizar

- Propuesta económica y de factibilidad del proyecto

- Cronograma de inversión

- Evidencia de la disponibilidad financiera para ejecutar el proyecto.

El turismo pretende un desarrollo sustentable es decir atraer a la mayor cantidad de turistas al país, pero conserva y proteger los recursos para que n sean dañados ni afectados por las actividades que realizan.

Como incentivos esta ley brinda ciertas exoneraciones de acuerdo al beneficiario conforme a ciertas condiciones como ser:

Quince años de exoneración del pago de ISR prorrogables a partir del inicio de operaciones. Esto es exclusivo para nuevos proyectos.

Exoneración del pago de impuestos y demás causados por la importación de los bienes, servicios y menajes nuevos necesarios para la construcción e inicio de operaciones, así como también la exoneración de los impuestos y demás tributos de quince años por importación de todo material impreso exclusivo para brindar publicidad y promocionar el nuevo proyecto, para atraer turistas extranjeros.

Solo serán eximidos de pago de impuestos de bienes inmuebles aquellos proyectos creados para el rescate de patrimonio y de conservación natural, y que este revisado por la Municipalidad correspondiente y del Instituto de Antropología e Historia.

Serán beneficiarios todos aquellos que siendo personas naturales o jurídicas ejerzan actividades tales como:

- Hoteles, albergues

- Alimentos y Bebidas

- Transporte aéreo y acuático

- Centros de recreación

- Talleres artesanales y tiendas de artesanías

- Agencias de turismo receptivo

- Proyectos culturales y espectáculos

- Centros de convenciones

- Arrendamiento de automóviles

- Parques acuáticos, balnearios, áreas de descanso y centros multideportivos.

Ley de Zolitur

Esta ley fue creada bajo decreto N° 181-2006 con el objetivo de satisfacer las necesidades socio-económicas de Islas de la Bahía, ya que es la principal zona turística del país y por lo tanto es necesario incrementar el turismo interno e internacional.

Además, esta ley está diseñada para crear un régimen Aduanero, Fiscal y de Ordenamiento Territorial, fomentando la inversión nacional y extranjera dentro del mismo territorio excluyendo el archipiélago de Cayos Cochinos.

Zona Libre Turística: Se denomina así al espacio territorial especial sometido a su régimen fiscal, aduanero y de ordenamiento territorial para el fomento de la prestación de servicios.

El patrimonio de ZOLITUR está constituido por:

- Los bienes muebles e inmuebles que adquiera o reciba en aporte o transferencia del estado o d las municipalidades.

- Las herencias, legados y donaciones que reciba de instituciones públicas y de personas naturales y de personas jurídicas nacionales y extranjeras.

- Los ingresos provenientes del pago de los impuestos y tarifas especiales creadas por esta ley.

- Los frutos y ventas provenientes de sus bienes e inversiones

- Los ingresos por servicios que presten.

Los principales miembros de ZOLITUR son:

- El gobernador

- Alcaldes de ambos municipios (J.S.G. y Roatán)

- Cámara de comercio

- CANATUR

- Patronatos y el ministro de Finanzas, Turismo y SERNA.

Atribuciones y Competencias

Formular reglamentos, normativas y adoptar las resoluciones que sean necesarias para el cumplimiento de su finalidad.

Coordinar las actividades del sector público y del sector privado relativas al desarrollo de la Zona Libre Turística.

Formular su presupuesto anual.

Conformar los departamentos y oficinas que considere necesarias para el buen desempeño de los asuntos administrativos, fiscales y aduaneros de la Zonal Libre Turística.

Presentar informes, reclamos institucionales y recomendar a las municipalidades medidas normativas y de control migratorio local, nacional e internacional desde y hasta la ZOLITUR, entre otras más atribuciones.

Régimen Aduanero Especial

El régimen especial aduanero

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