Limitar la erosión de la base imponible por la vía de deducciones en el interés y otros gastos financieros.
Enviado por monto2435 • 16 de Abril de 2018 • 18.784 Palabras (76 Páginas) • 541 Visitas
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3.3. Acción 7. Impedir la elusión artificiosa del estatuto de establecimiento permanente (EP)…………………………………………………………………………………………………………………………………………..
3.3.1. Exclusión fraudulenta del estatus de EP mediante la articulación de contratos de comisión y estrategias análogas.
3.3.2. Exclusión fraudulenta del estatus de EP acogiéndose a las excepciones específicas contempladas en el apartado 4 del artículo 5 del MC OCDE.………………….................................
3.3.3. Otras estrategias para la exclusión fraudulenta del estatus de EP
3.3.4. Un trabajo de seguimiento para incluir las cuestiones relativas a la atribución de beneficios a los EP
CAPITULO IV. - Análisis de la acción N° IV del plan de acción sobre la Erosión de la Base imponible y Traslado de Beneficios (BEPS)
4.1. Acción 4: Limitar la erosión de la base imponible por vía de deducciones en el interés y otros pagos financieros.
4.2. Tratamiento Tributario de las deducciones de interese en la legislación Nacional
4.3. Análisis de la deducción de intereses al extranjero, por sectores económicos.
CONCLUSIONES
RECOMENDACIONES
BIBLIOGRAFIA
ANEXOS
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ABREVIATURAS
DGI : Dirección General de Ingresos
IR : Impuesto sobre la Renta
IVA : Impuesto al Valor Agregado
LCT : Ley 822 “Ley de Concertación Tributaria
RLCT : Reglamento de la Ley 822
OCDE: Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico
G-20 : Grupo económico de los 20 países
BEPS : Base Erosión and Profit Shifting (Erosión de la base imponible y traslado de beneficios
PT : Precios de Transferencia
GEFED: Grupo de Expertos sobre la Fiscalidad de la Economía y Digital,
CAF : Órgano auxiliar del Comité de Asuntos Fiscales
MCDI : Modelo de convenio tributario sobre la renta y el patrimonio (OCDE)
CA : Centro América
EMN : Empresas Multinacionales
INTRODUCCIÓN
El papel de las empresas multinacionales en el comercio mundial ha aumentado durante los últimos años, dado mayormente por la integración de las economías nacionales y el progreso tecnológico, este crecimiento económico a ocasionado plantear medidas fiscales cada vez más complejas tanto para las Administraciones tributarias como para las propias empresas multinacionales ya que no se pueden considerar aisladamente las normas de tributación de las empresas multinacionales de cada país, sino que deben ser abordadas en un contexto internacional amplio.
Estas medidas surgen, en primer lugar, de la dificultad práctica para ambos tipos de entidades, empresas multinacionales y Administraciones tributarias, a la hora de determinar los ingresos y los gastos de una sociedad o de un establecimiento permanente parte de un grupo multinacional.
En el caso de las Administraciones Tributarias, pueden surgir problemas específicos tanto en la política como en la práctica. En el ámbito de las políticas, es la de compatibilizar sus derechos legítimos de gravar los beneficios de un contribuyente en función de los ingresos que se pueden considerar razonablemente como obtenidos en su territorio determinado, con la necesidad de evitar la tributación de un mismo impuesto en más de una jurisdicción tributaria, la cual puede terminar obstaculizando las operaciones de bienes y servicios, así como los movimientos de capitales transfronterizos[1] ocasionando una erosión fiscal; y en el caso de las prácticas fiscales, es la debida formulación de herramientas y métodos que permitan realizar un análisis debido de las operaciones entre empresas con un alto grado de complejidad con la finalidad de controlar la correcta tributación de los tributos.
Dada estas problemáticas y la acelerada expansión mundial mediante vínculos económicos, los países en desarrollo y sub-desarrollados como es el caso de Nicaragua; País con proyección a nivel internacional, debido al crecimiento económico y el desarrollo social que ha alcanzado en los últimos 5 años, se verá en la necesidad de fortalecer tanto el marco tributario referido a la fiscalidad internacional como la gestión interna de los tributos para que alcance mayor eficiencia y eficacia en la recaudación tributaria.
Estas herramientas le permitirán a la Administración tributaria controlar los establecimientos permanentes y prevenir la erosión fiscal; motivo por el cual en este trabajo de estudio entramos a identificar y evaluar las herramientas e instrumentos adoptados por la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) para evitar la erosión de la base imponible y traslado de beneficios (BEPS) sus siglas en ingles, con la finalidad de determinar que tan ventajoso seria para la Administración Tributaria implementar estas herramientas en el marco jurídico tributario Nicaragüense, enmarcándonos principalmente en la acción numero 4 de este plan de acción en cual contempla la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios por la vía de las deducciones de intereses al extranjero por prestamos entre entidades relacionadas; es decir de empresas que forman parte de compañías transnacionales con sucursales o filiales en el territorio nacional.
OBJETIVOS
Objetivo General:
Examinar las implicaciones legales y económicas en materia tributaria que pueda tener la adaptación de la acción N° 4 del plan de acción sobre la erosión de la base imponible y traslado de beneficios (BEPS)
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