Perdida de la nacionalidad 15-agosto-2016
Enviado por Stella • 29 de Marzo de 2018 • 918 Palabras (4 Páginas) • 315 Visitas
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derechos humanos o perturbaciones graves de orden público que lo hayan obligado a huir.
7.- estudiante: se otorga por el tiempo de estudios, se dan prorrogas anuales, puede ausentarse cada año hasta 120 días en total.
8.-visitante distinguido: son investigadores científicos o humanistas de prestigio internacional, periodistas, personas prominentes. Autoriza SEGOB hasta por 6 meses
9.- visitante local: visitan puertos marítimos o ciudades fronterizas hasta por 3 días.
10.-visitante provisional: llegan a puertos de mar no aeropuertos con servicio provisional cuya documentación carece de algún requisito secundario hasta por 30 días.
11.- corresponsal: lo propio del periodismo, cubrir un evento especial o ejercicio temporal, debe acreditar debidamente su nombramiento o ejercicio de, la profesión según lineamientos de SEGOB hasta por un año, las prórrogas son anuales con entradas y salidas múltiples
Inmigrante: es el extranjero que se interna legalmente en México con el fin de radicarse en tanto adquiere la calidad de inmigrado. Hay 9 tipos migratorios:
1.-rentista: se interna para vivir de sus recursos traídos del extranjero de los intereses que produzca la inversión de su capital en certificados, títulos, bonos del estado u otros según lineamientos de SEGOB.
2.- inversionista: invierte en la industria comercio y servicios según la ley de inversión extranjera (artículo 18 ley de inversión extranjera)
3.- profesional: se i9nterna para ejercer una profesión si se requiere título (ley reglamentaria “ley de profesionista”)
4.- cargo de confianza: se interna para asumir cargos de dirección, de administrador único u otros de absoluta confianza en empresas o instituciones establecidas en México.
5.- científico: para dirigir o realizar investigaciones científicas para difundir sus conocimientos científicos.
6.-tecnico: para hacer investigación aplicada en la producción o funciones técnicas o especializadas que a criterio de la SEGOB no existan o no pueden ser nacionales o ya residentes en el país.
7.-familiares: para vivir bajo la dependencia económica del cónyuge o de un pariente consanguíneo inmigrante, inmigrado o mexicano en línea recta sin límite de grado o en línea transversal hasta el 2º grado.
8.- artistas o deportistas: según SEGOB si tales actividades son benéficas al país.
9.- asimilados cualquier actividad lícita y honesta en caso de extranjeros que hayan sido asimilados al medio nacional o hayan tenido cónyuge o hijo mexicano y que no estén comprendidos en las categorías anteriores.
Inmigrado: es la persona que después de haber permanecido 5 años en calidad de migrante, adquiere derechos de residencia definitiva, se requiere declaración expresa de SEGOB. El inmigrado puede salir y entrar libremente pero si se ausenta más de 3 años consecutivos pierde su calidad y si en un lapso de 10 años se ausenta por más
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