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Proyecto de investigación: análisis de jurisprudencia regional en materia de libertad de expresión

Enviado por   •  25 de Mayo de 2018  •  8.024 Palabras (33 Páginas)  •  411 Visitas

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ANÁLISIS [Analysis]

- Resumen y resultado del caso [Summary and Outcome]

Breve resumen de 1 a 4 frases que introduzcan los hechos y la decisión

Una nota periodística en página web da cuenta de la vinculación a proceso penal por el delito de trata de personas de la vendedora de una agencia de viajes. El proceso penal prescribió; sin embargo la nota se mantuvo de manera permanente en el portal web sin ser modificada. La ciudadana solicitó al diario la eliminación de la nota periodística de su página web; el diario se niega a eliminar la información dado que es una información veraz e imparcial.

La Corte Constitucional concede el amparo de los derechos fundamentales a la intimidad, debido proceso y petición de la accionante. Consecuentemente, la Corte ordena al diario 1) actualizar la información publicada en su página web y 2) emplear una herramienta técnica para neutralizar el libre acceso a la noticia a partir de la digitación del nombre de la accionante en los buscadores de internet. Motores de Búsqueda.

- Hechos [Facts]

Descripción de los hechos relevantes y de la decisión adoptada, incluyendo, si fuere el caso, la norma demandada o cuyo control de constitucionalidad o convencionalidad se solicita y la síntesis de los argumentos de la demanda1-10 párrafos

En el año 2000, la accionante quien trabajaba como vendedora en una agencia de viajes fue vinculada a un proceso penal, en el que no hubo sentencia condenatoria en su contra pues prescribió la acción penal. En agosto del mismo año, el diario El Tiempo publicó en su página web un artículo titulado ‘Empresa de trata de blancas’, en el que se relaciona a la accionante. Esta noticia se mantuvo de manera permanente en el portal web, sin embargo nunca se informó sobre la prescripción del proceso penal que vinculaba a la accionante.

La accionante por medio de un derecho de petición, solicitó al diario El Tiempo la eliminación del contenido sin haber recibido respuesta satisfactoria. Por tal motivo, interpuso acción de tutela para la protección de sus derechos fundamentales al buen nombre, intimidad, debido proceso, petición y trabajo. La especial solicitud de la accionante en la demanda es que se ordene a la Casa Editorial El Tiempo bajar y borrar de todos los motores de búsqueda, específicamente Google.com, cualquier información negativa en relación con la supuesta comisión del delito de trata de personas.

El juzgado 6 penal del Circuito de Cali (juez de primera instancia), consideró improcedente la eliminación de la información; en reemplazo, ordenó la rectificación de la información original. En segunda instancia, la sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Cali ordenó al diario remover del sitio web toda información negativa relacionada con la investigación. La Corte Constitucional seleccionó el caso para revisión; vinculó a Google Colombia Ltda. al proceso para que se pronunciara sobre los hechos.

La Corte Constitucional confirma la protección a derechos fundamentales de la accionante, y revocó parte de la decisión del juez inferior para ordenar al diario actualizar la información publicada y emplear una herramienta técnica para evitar que la nota apareciera en motores de búsqueda a partir del nombre de la accionante.

- Análisis de la Decisión [Decision Overview]

Explicación de la decisión y el razonamiento judicial, 1-4 párrafos.

La Magistrada Calle Correa redactó la decisión de la Corte Constitucional.

El primer asunto que evalúa la Corte era establecer si la información incompleta publicada por el diario El Tiempo en su portal Web vulneraba los derechos a la honra y al buen nombre de la accionante. De segunda mano, la Corte analiza cuál es el remedio constitucional idóneo para superar la lesión a los derechos fundamentales comprometidos, teniendo en consideración las libertades de expresión, información y prensa. Por último, La Corte decidiría si la indexación del portal de Internet del diario por parte del buscador, lesionaba los derechos fundamentales de la tutelante y de éste modo lo hacía o no responsable.

La Corte Constitucional identifica en el caso una colisión de derechos fundamentales: de un lado, los derechos a la libertad de expresión de la Casa Editorial El Tiempo y a la información de toda la sociedad, y de otro lado, los derechos a la honra y al buen nombre de la accionante.

Con respecto al primer asunto, la Corte Constitucional estimó, para el caso concreto, que el principio de veracidad de la información se incumplió al desatenderse el deber de actualización. La accionante tiene derecho, a recibir una rectificación en condiciones de equidad, para de esta manera hacer valer sus derechos a la honra y al buen nombre.

La Corte Constitucional estimó que el remedio más idóneo para superar la lesión de los derechos fundamentales era permitir que la noticia permanezca publicada en la página web de El Tiempo, pero limitando su difusión a través de internet. Considera la Corte que por medio del uso de herramientas técnicas como “robots.txt” y “metatags”, es factible mantener la publicación de la noticia, sin que se corra el riesgo de alterar la verdad histórica y evitando, en todo caso, que el dato negativo que afecta los derechos de la accionante resulte accesible de manera indiscriminada a partir de la mera digitación de su nombre en un buscador de internet.

Finalmente, la Corte explicó que la vulneración de derechos fundamentales no es imputable al buscador pues no es el responsable de producir la información. Además enfatizó en que solicitar al buscador la desindexación de la información sería contrariar el principio de neutralidad de la red.

Por esto motivos, la Corte ordenó a el diario El Tiempo adoptar medidas tecnológicas (robots.txt o metatags) para evitar la indexación por los buscadores y limitar el acceso a la noticia y Adicionalmente, ordenó a el diario a actualizar la información ya publicada, agregando lo relativo a la prescripción del proceso penal que se adelantaba en contra de la accionante

Notas al pie

[1]…

[2]…

Extractos Los extractos son resúmenes opcionales

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