Reglamento General de Elecciones de la Junta Directiva
Enviado por Jillian • 3 de Octubre de 2018 • 2.493 Palabras (10 Páginas) • 534 Visitas
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- Se establecerá 01 mesa electoral (integrando las 03 escuelas).
- En los recintos donde funcionan mesas de sufragio, se instalaran cámaras secretas para la votación.
- DEL ACTO ELECCIONARIO
- El acto eleccionario debe realizarse en forma ininterrumpida.
- El acto de sufragio se realizará según el cronograma, de 09:00 hasta las 17:00 horas.
- El procedimiento de votación será el siguiente:
- El elector entregará al Presidente de la mesa un documento de identidad. Recibirá su cédula previamente firmada por el Presidente de mesa; siempre y cuando se encuentre en el padrón.
- Ingresará a la cámara secreta, procediendo a marcar con un aspa o cruz sobre el símbolo de la lista de su preferencia en la cédula correspondiente, considerando que la intersección del aspa o la cruz este dentro del cuadrado menor.
- Regresará a las mesas de sufragio y depositará la cedula en el ánfora respectiva. Después el votante firmará el padrón correspondiente.
- El Comité Electoral colocará la lista de candidatos en un lugar visible de cada recinto de votación. Se tomará las providencias para impedir que se haga propaganda en los lugares inmediatos a la mesa de sufragio.
- DEL ESCRUTINIO
- Concluido el periodo de votación, se procederá al escrutinio en el lugar de la mesa de sufragio, en acto único, anotándose previamente en el padrón, la frase “NO VOTÓ” junto a los nombres de los estudiantes que no asistieron a sufragar, firmando luego los miembros de mesa los padrones.
- Abierto el ánfora y antes de proceder al recuento de los votos, deberá comprobarse que el número de cédulas firmadas por los Presidentes de Mesa sea igual al de los votantes, confrontándolo con el padrón electoral. De haber cédulas no valederamente firmadas por los Presidentes de Mesa se procederá a su retiro, previo informe al Comité Electoral. (Se entiende por los presidentes de la mesa a los que conforman los dos turnos).
- En caso de no ser el mismo número de votos, se pondrá a disposición del Comité Electoral.
- El escrutinio se realizará marcando los votos encontrados dentro del ánfora con una línea inclinada de vértice en la cara posterior.
- Son votos nulos o viciados:
- Los que llevan señales o inscripciones diferentes a las indicadas (aspa o cruz).
- Las cédulas rotas.
- Concluido el escrutinio de la mesa, sus resultados serán consignados en el Acta Oficial y por triplicado. Una copia será para el Presidente de mesa, otra se pegará en el local de votación para conocimiento público, la tercera en sobre cerrado, que se proporcionara para ese fin.
El ánfora vacía y el sobre cerrado serán llevados personalmente por el Presidente de Mesa al Comité Electoral, a fin de proceder al Cómputo General.
El Presidente de Mesa entregará a los personeros una copia del acta, a su solicitud.
Las actas y ánforas serán llevadas al Comité Electoral inmediatamente después de terminado el acto de escrutinio.
- DEL CÓMPUTO GENERAL
- Efectuado el escrutinio del total de las ánforas en el local designado, el Comité Electoral iniciara el Cómputo General, con la presencia de personeros generales de listas o sus suplentes.
- El Comité Electoral revisará las actas constatando su conformidad.
- Un miembro del Comité Electoral leerá en voz alta y clara los resultados parciales contenidos en las actas.
- Obtenidos los resultados totales se extenderá el Acta Final respectiva.
- El Comité Electoral resolverá sobre los casos de impugnación de Actas.
- Será lista ganadora aquella que tenga mayoría simple de votos.
- DE LA PROCLAMACIÓN Y JURAMENTACIÓN
- Concluido el cómputo general y obtenido el resultado final, el Representante del Comité Electoral procederá a proclamar y juramentar a los candidatos de la lista ganadora, extendiéndoles las correspondientes credenciales y procediendo al acto de juramentación.
- DE LAS SANCIONES
- No se considerará inscritas a las listas que no cumplan los requisitos correspondientes del presente Reglamento.
- El acto de sufragio es de carácter obligatorio. En consecuencia, los alumnos que no voten se someterán a las siguientes disposiciones:
- El Comité Electoral publicará la relación de alumnos que no votaron y de los que no cumplieron sus obligaciones como miembros de mesa.
- No gozaran de los beneficios que brinda la CEIGMM durante 90 días calendario. En caso de no haber cumplido la función de miembro de mesa, la sanción será de 135 días calendario. En caso de haber cometido ambas faltas, la sanción será de 225 días calendario. En caso de reincidencia con elección anteriores recurriendo a la misma falta no tendrá beneficios en del CEIGMM durante el periodo del CEIGMM ELECTO.
- DE LA PROPAGANDA
- La propaganda electoral debe ser elaborada bajo el principio de fácil retiro al final de la campaña y cuidado del medio ambiente. Se recomienda que la propaganda electoral deberá efectuarse sobre cartelones, los mismos que deberán colocarse mediante cuerdas de fijación o cinta adhesiva, de tal modo que al ser retirados no deterioren las infraestructuras.
- La propaganda de una lista no deberá ser pegada sobre los paneles o cartelones que constituyan propaganda de otra lista.
- Está prohibida la realización de cualquier-tipo de propaganda o manifestación explícita de apoyo el día de la elección, bajo pena de sanción que decidirá el Comité Electoral.
- Está terminantemente prohibida la realización de propaganda mediante pintas en las paredes, ventanas, puertas, pistas o veredas del Campus. El incumplimiento de esta norma obligará a la lista implicada a reparar inmediatamente el daño.
- Está prohibida la destrucción,
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