Servicios que presta el INACIF GT
Enviado por Stella • 20 de Agosto de 2018 • 13.194 Palabras (53 Páginas) • 638 Visitas
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6. Exhumación. Estos casos a practicar, son casos Que están regidos en el código de salud y que establece dos presupuestos para poder realizar dichas exhumaciones, pues implica un impacto ambiental realizar este tipo de procedimientos.
7. Exámenes toxicológicos.
8. Exámenes hematológicos.
9. Exámenes anatomo-patológicos. Destaca Vargas que Se considera a la Medicina legal como una especialidad que diagnóstica, en virtud que el médico forense a través de realizar una inspección a una persona vivía o a un cadáver.
INACIF ISTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS FORENSES DE GUATEMALA
Historia
El Instituto Nacional de Ciencias Forenses de Guatemala -INACIF- fue creado con el Decreto 32-2006 del Congreso de la República de Guatemala, el ocho de septiembre de dos mil seis, como resultado de la necesidad de contar con medios de prueba válidos y fehacientes en los procesos judiciales.
Inició a sus funciones el día 19 de julio de 2007, como institución auxiliar de la administración de justicia, con autonomía funcional, personalidad jurídica, patrimonio propio y con toda la responsabilidad en materia de peritajes técnico-científicos. Es importante mencionar que es independiente al Ministerio Público lo cual antes a la creación del INACIF, el Ministerio Público se encargaba específicamente de los laboratorios criminalísticos y el Organismo Judicial de la Morgue.
Cuenta el INACIF con la cooperación de expertos y peritos en ciencias forenses quienes aplican los avances tecnológicos, metodológicos y científicos de la medicina legal y criminalística, como elementos esenciales para las investigaciones criminales que realizan los fiscales del ministerio público y de cualquier otra naturaleza.
La creación de esta Institución, fue requerida desde muchos años atrás, es de señalar imprescindible el aporte que el Doctor Carlos Federico Mora realizó a través de su libro denominado “Medicina Forense”, publicado en el año 1931, en el cual establece que la competencia de los médicos forenses deben ser dirigidos, coordinados y vigilados en cuánto a sus actividades de la especialidad, por un Instituto Médico Forense, que sirva como cuerpo consultivo, árbitro y asesor por excelencia toda clase de cuestiones judiciales pertinentes a su dominio científico.
El INACIF es una institución con autonomía funcional e independiente que surge como consecuencia de la necesidad de unificar y fortalecer los servicios periciales forenses en Guatemala, mediante el desarrollo científico del trabajo que realiza como institución autónoma, garantizando la imparcialidad y confiabilidad de la investigación técnica científica, contribuyendo así al sistema de justicia. Tiene como finalidad principal la prestación del servicio de investigación científica de forma independiente emitiendo dictámenes técnicos científicos que doten a la función jurisdiccional, con medios de prueba válidos y fehacientes en los procesos judiciales. Presta sus servicios a requerimiento de jueces y fiscales, INACIF no actúa de oficio.
SERVICIOS QUE PRESTA EL INACIF
Se dice que los servicios prestados por el INACIF en materia penal serán gratuitos, sin perjuicio de la condena en costas que establezca el órgano jurisdiccional. Además podrá prestar servicios en otros procesos judiciales, notariales, administrativos o arbítrales mediante el previo pago de honorarios, conforme el arancel que para el efecto se apruebe. Podrá concederse exoneración de pago de honorarios en los casos señalados en el reglamento. Lo percibido por este concepto serán fondos privativos del INACIF.
El INACIF no podrá actuar de oficio y realizará los peritajes técnico científico conforme a las disposiciones de su Ley.
Prestación de Servicios Forenses
EI INACIF suministrará sus servicios a requerimiento o solicitud de:
a. Los Jueces o tribunales competentes en materia penal;
b. Los auxiliares y agentes fiscales del Ministerio Público;
c. Los Jueces competentes de otras ramas de la administración de justicia;
d. El Instituto de la Defensa Pública Penal, la defensa técnica privada y las partes procesales en el ramo penal, por medio del Ministerio Público o el órgano jurisdiccional competente;
f. Las partes Procesales por medios del Ministerio Publico o el órgano jurisdiccional competente.
e. La Policía Nacional Civil en el desarrollo de investigaciones preliminares en casos urgentes, dando cuenta inmediatamente al Ministerio Público quien también deberá recibir el resultado de las mismas para dirigir la investigación correspondiente. Por ningún motivo podrá la Policía Nacional Civil solicitar en forma directa informes o peritajes sobre evidencias obtenidas en allanamientos, aprehensiones, detenciones o secuestros judiciales; y,
f. Las personas o entidades a quienes se les encomiende la investigación en los procedimientos especiales de averiguación.
JUECES O TRIBUNALES COMPETENTES EN MATERIA PENAL
Los jueces de paz del ramo penal del municipio de Guatemala, de los otros municipios y de los demás departamentos, pueden solicitar del INACIF en los casos de:
- En la fase preparatoria para determinar la identidad del sindicado, cuando este se abstiene de proporcionar datos o los diere falsamente, se procederá a la identificación por testigos u otros medios que se consideren útiles.
- Para los cas de autopsias, en caso de muerte violenta o sospechosa de criminalidad.
- En casos cuando en el hecho aparecieren señales de envenenamiento, se recogerá los objetos de sustancias que se presumirán nocivas y se enviaran a los laboratorios oficiales o particulares, en este caso al INACIF.
- En los delitos sexuales, siempre con el consentimiento de la víctima, o si fuera menor de esas, con el consentimiento de quien tena la guardia y custodia.
- En los delitos contra la visa, integridad o seguridad sexual, se podrán hacer exámenes médicos.
LOS AUXILIARES Y AGENTES FISCALES DEL MINISTERIO PÚBLICO
Le otorga al Ministerio Publico de investigar los delitos
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