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TRAMITES ADUANEROS.

Enviado por   •  21 de Mayo de 2018  •  1.347 Palabras (6 Páginas)  •  213 Visitas

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9. EJECUCION DE SENTENCIA.

Una vez ejecutoriado el pliego de cargo se expedirá los mandamientos de apremio y embargo de los bienes del deudor, cuya libertad provisional sólo procederá previa garantía personal, solidaria y mancomunada, o real de bienes muebles o inmuebles, y cuando el asunto no sea tipificado como delito. En este último caso, el juez coactivo remitirá las piezas correspondientes al ministerio público para que se instaure el proceso penal respectivo

II. JUICIOS POR CONTRABANDO Y DEFRAUDACION.

1. CONCEPTO.

El contrabando se ha definido como el transporte clandestino de bienes, valores y mercancías para evadir el pago de derechos aduaneros o para burlar restricciones legales a su importación o exportación. “Consiste en el comercio que se hace generalmente en forma clandestina - dice Cabanellas contra lo dispuesto en las leyes; tales como operaciones de importación y exportación fuera de los lugares habilitados al efecto, sin fiscalización de las autoridades aduaneras; y, extensivamente, la elaboración clandestina de productos para evadir los impuestos fiscales, o la negociación de éstos en igual manera”.

2. LEY GENERAL DE ADUANAS.

El Art. 165 de esta ley tipifica los siguientes delitos aduaneros: contrabando, defraudación aduanera, usurpación de funciones, sustracción de prenda aduanera, falsificación de documentos, asociación delictiva, falsedad, cohecho activo y pasivo, y tráfico de influencias.

El contrabando.- El Art. 166 dice que comete contrabando:

a) Quien instruya o realice tráfico de mercancías para su introducción o extracción del territorio aduanero nacional en forma clandestina.

b) Quien realice tráfico de mercancías sin la documentación legal o en violación de los requisitos esenciales exigidos por las normas aduaneras o por leyes especiales.

c) Quien realice tráfico de mercancías eludiendo el control aduanero o por vías u horarios no habilitados.

d) Quien realice transbordo de mercancías infringiendo disposiciones de esta Ley o las descargue en lugares distintos de la aduana de destino, salvo fuerza mayor comunicada en el día a la administración de la aduana.

e) Quien comercialice mercancías transportadas ilegalmente

f) Quien realice tráfico o comercialización de mercancías extranjeras dentro del territorio nacional sin el amparo de la respectiva documentación aduanera, conforme a lo establecido en el Art. 4º de la presente Ley. Quien retire del control aduanero mercancías no comprendidas en la Declaración Aduanera que ampara el régimen al que debieran ser sometidas.

g) Quien tenga o comercialice mercancías cuya importación se encuentre prohibida.

h) Quien tenga mercancías extranjeras sin la autorización de la Aduana Nacionalo

comercialice mercancías mientras están bajo el Régimen de Tránsito Internacional.

i) Quien infrinja otras disposiciones expresamente señaladas en la presente ley.

j) Quien realice cualquiera de los actos señalados en el Art. 66, numeral

II de la presente Ley.

Defraudación aduanera.- Los Arts. 168 y 169 definen este delito como declaraciones dolosas o falsas de mercaderías; la falsificación de documentos sobre inmunidades, privilegios o exenciones, todo con el propósito de no pagar los tributos aduaneros.

El Art. 170 dispone que los defraudadores serán sancionados con el pago de los tributos más una multa equivalente al 200% de esos tributos y privación de libertad de uno a tres años, según el monto del valor defraudado.

Contravenciones aduaneras.- El Art. 186 tipifica como contravenciones aduaneras los actos u omisiones que infrinjan la Ley General de Aduana y disposiciones administrativas en materia aduanera. Menciona los errores de transcripción en declaraciones aduaneras; la cita de disposiciones legales no pertinentes; el vencimiento de plazos registrados en la aduana; el cambio de destino de una mercancía que se encuentre en territorio aduanero nacional; la resistencia a órdenes e instrucciones emitidas por la Aduana Nacional, etc.

El Art. 187 sanciona las contravenciones con multas y suspensión temporal de actividades por diez a noventa días.

Jurisdicción y competencia.- El Art. 189 crea la jurisdicción penal aduanera, cuyos órganos son la Corte Suprema de Justicia, las Cortes Superiores de Distrito (en su Sala Penal) y los Tribunales Aduaneros de Sentencia en los distritos judiciales.

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