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UN NUEVO ENSAYO DE DERECHO CONSTITUCIONAL

Enviado por   •  18 de Noviembre de 2018  •  1.825 Palabras (8 Páginas)  •  463 Visitas

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El supremo poder de la federación mexicana, se divide, para su ejercicio, en Legislativo, Ejecutivo y Judicial según el artículo 49 de la Constitución. Dicha estructura implica, en consecuencia, que estos tres poderes se equilibren entre sí, limitándose unos a otros en tal forma, que se evita el desarrollo excesivo de uno de ellos en detrimento y perjuicio de la colectividad. El poder legislativo lo constituyen los representantes de la ciudadanía y es el llamado a formular las leyes que rigen la República Mexicana. Según el artículo 50 de la Constitución, el poder legislativo lo forma un Congreso General que a su vez se divide en dos cámaras: una de diputados y otra de senadores. Ambas cámaras tienen el mismo poder, puesto que representan al pueblo de México por igual. La Cámara de Diputados está formada por representantes de la nación y la integran 300 diputados electos, según el principio de votación por mayoría relativa, mediante el sistema de distritos electorales uninominales, y hasta 200 diputados, que serán elegidos según el principio de representación proporcional a través del sistema de listas regionales, votadas en circunscripciones plurinominales. El Senado se compone de cuatros miembros por cada estado y el Distrito Federal; tres de ellos son elegidos según el principio de votación mayoría relativa y uno será asignado a la primera minoría. La cámara de senadores se renueva en su totalidad cada seis años, por medio de elección directa. El poder judicial descansa en la Suprema Corte de Justicia, en tribunales colegiados de circuito, en tribunales unitarios de circuito, en juzgados de distrito, en el jurado popular federal y en los tribunales del orden común de los estados, que actúan como auxiliares de los anteriores. El poder judicial es el encargado de decidir las controversias que se plantean sobre las responsabilidades públicas o privadas de los individuos. La imposición de penas es propia y exclusiva de la autoridad judicial. De acuerdo con el artículo 80 de la Constitución, el poder ejecutivo federal lo ostenta un solo individuo, denominado, presidente de los Estados Unidos Mexicanos. Está integrado por dos elementos: el titular del poder o presidente de la República y el conjunto de órganos que con él colaboran y le están subordinados (secretarías y departamentos). El presidente de la República asume una doble misión: una de orden político y otra administrativa. El carácter político del ejecutivo quiere decir que dispone del poder del Estado y que el ejercicio de dicho poder constituye el Gobierno. El carácter administrativo de su cargo viene dado por el hecho de constituirse como jefe de la Administración pública federal.

Entre las influencias que configuran la república en México encontramos la Declaración de Independencia de los Estados Unidos de América (4 de julio de 1776), que establecía: Los Representantes de los Estados Unidos de América, convocados en Congreso General, apelando al juez supremo por la rectitud de nuestras intenciones, en nombre y por la autoridad del pueblo de estas Colonias, solemnemente hacemos públicos y declaramos: que estas Colonias Unidas son, y deben serlo por derecho, Estados Libres e Independientes; que quedan libres a toda lealtad a la Corona Británica, y que toda vinculación política entre ellas y el estado de Gran Bretaña queda y debe quedar totalmente disuelta. El sistema republicano a la vez que el federalismo y el sistema presidencial tuvo como fuente de inspiración la Constitución norteamericana de 1787 y las ideas europeas del siglo XVIII. El texto constitucional de México como de los demás países latinoamericanos -se inspira en las ideas de la Ilustración Francesa y de los constituyentes de Filadelfia. Las ideas de Rousseau sobre “la soberanía popular”, las de Montesquieu sobre la división y equilibrio de los “tres poderes” y de los “contrapesos y balanzas” del poder estatal a que se refiere Madison en El Federalista, son el fundamento teórico-jurídico de nuestras constituciones políticas. Con la independencia de la Nueva España, se presenta la necesidad de diseñar un sistema de gobierno que permita manejar los asuntos del país en forma autónoma, sin tener que depender de la soberanía de España.

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