CLASIFICACIÓN DE LAS SOCIEDADES SEGÚN EL ÁMBITO DE CONSTITUCIÓN
Enviado por yani_M • 22 de Noviembre de 2018 • Trabajo • 1.492 Palabras (6 Páginas) • 496 Visitas
CLASIFICACIÓN DE LAS SOCIEDADES SEGÚN EL ÁMBITO DE CONSTITUCIÓN
Las sociedades comerciales son de naturaleza comercial cuando contemplan dentro de su objeto social la ejecución de una o más actividades mercantiles, entre ellas se encuentran:
* Sociedades de personas
* Sociedades de capital
* Sociedades simplificadas
* Sociedades de naturaleza mixta
* Sociedades de comercialización internacional
Cada una de estas consiste en:
1. SOCIEDADES DE PERSONAS
Las personas que conforman la esta sociedad se conocen entre sí, además todos los socios son el componente principal gracias a los valores éticos y morales antes que los valores de carácter económico, estos tienen derecho a administrar la sociedad pero la autonomía se debe a todos los socios los cuales poseen la misma autoridad gerencial. Se caracteriza por:
* El objeto es la realización actividades en el área del comercio
* interesa el capital que el socio aporta en lo que es la asociación
* Responsabilidad por las deudas del negocio
* todos los asociados poseerán autoridad gerencial
* La nueva sociedad depende de un cambio
A este tipo de sociedad pertenecen las siguientes:
* Sociedad colectiva: Todos los integrantes de la sociedad son responsables de las decisiones que se tomen, las operaciones que lleve a cabo la empresa y la administración de la sociedad.
* Razón social de la sociedad: se define con el nombre completo o con los apellidos de los socios seguido de la expresión “&”.
* Número de integrantes: al menos dos personas para conformarse y no tiene límite.
* Capital: Se define con base al aporte de los socios.
* Representante legal: todos los socios pueden delegar terceros.
La sociedad se disolverá por causas como declaración de quiebra,enajenación,renuncia,muerte o incapacidad si no existe heredero o representante en las dos últimas. la sociedad definirá la situación y determinará si seguir con el socio en caso de invalidez.
* Sociedad comanditaria o comandita simple: Tiene dos tipos de socios, el socio gestor, el cual asume una responsabilidad ilimitada y el socio comanditario el cual tiene la responsabilidad según el aporte que tenga.
* Razón social de la sociedad: se identifica o expresa con el nombre completo o con los apellidos de los socios seguido de la expresión “&” o el nombre de todos los socios, seguido de “Sociedad en Comandita Simple” o “S. en C.” o “S. en Com.”.
* Número de integrantes: un solo socio gestor y mínimo cinco accionistas.
* Capital: aportes de diferentes sumas.
* Representación legal: los comanditarios no podrán ejercer funciones de representación de la sociedad sino como delegados de los socios colectivos y para negocios determinados.
* Administración: a cargo de los socios colectivos.
* El capital social se distribuye en manera equitativa.
Esta sociedad se diferencia por los socios comanditados y comanditarios o colectivos y el aporte económico de cada uno de ellos al capital social.
1. SOCIEDADES DE CAPITAL
No se conocen sus socios y responden hasta el monto de sus aportes por las obligaciones sociales, este tipo de sociedades se caracterizan por:
* Animar a las personas a integrarse con el fin de obtener un beneficio en común, obtener una rentabilidad.
* Se tiene en cuenta es la cantidad de capital aportado por parte de los accionistas.
* Se valora la aportación al capital social
A este tipo de sociedad pertenecen las siguientes:
* Sociedad Anónima: se suele usar para constituir empresas, todo el capital se encuentra dividido en acciones y el número de estas que tenga el socio, es la representación en la participación y responsabilidades en la compañía. Se constituye por:
* Razón social de la sociedad: El nombre que elijan los socios y luego las palabras “Sociedad Anónima” o “S.A”.
* Número de integrantes: Mínimo cinco accionistas y no tiene límite de integrantes.
* Capital: Se divide en acciones representadas en títulos valores negociables como los son: Autorizado, Suscrito, pagado.
* Autorizado:Se define por parte de los accionistas el tope máximo de capitalización referente a la sociedad .
* Suscrito:Capital permitido en la que los accionistas se hacer cargo en cuanto al pago en plazos o tiempos.
* Pagado:Identifica los accionistas que han pagado e ingresado a la sociedad y esta no debe ser menor a ⅓ del capital suscrito.
* Representación legal: Personas elegidas por la junta directiva. El representante legal puede ser removido en cualquier momento, o ser reelegido indefinidamente. La designación del representante legal debe ser inscrita en el registro mercantil.
* Pago de dividendos: Los pagos se reciben dependiendo de la cantidad de acciones con las que se cuente.
* Sociedad en Comandita por acciones: El capital se compone por las aportaciones de parte de los socios y está basada en acciones para la determinación de lo que se conoce como socios colectivos. Se constituye por:
* Mínimo 2
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