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Caso práctico: la constitución de una sociedad

Enviado por   •  11 de Septiembre de 2017  •  1.240 Palabras (5 Páginas)  •  946 Visitas

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- Liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.

La liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales es un impuesto en el cual se tendrá que pagar el 1% del capital inicial, el 1% de 3000 euros en este caso. Este impuesto se abonará en un plazo de 30 días hábiles a partir del otorgamiento de la escritura en la consejería de Hacienda de la CC.AA. correspondiente.

- Dado el NIF y una copia de la escritura de constitución, el banco ya deja disponer del capital. Ya se tiene la sociedad operativa, es decir, se puede empezar a operar con ella.

- Llevar la escritura de constitución de la sociedad al RM (Registro Mercantil) para su inscripción.

La escritura de la sociedad limitada debe presentarse para la inscripción de ésta en el RM en el plazo de dos meses desde el otorgamiento de dicha escritura por el notario. El RM será el que corresponde al domicilio social fijado en los Estatutos.

- Después de unos 20 días, el RM devolverá la escritura de la sociedad y ésta ya estaría inscrita en el RM.

Tras la inscripción de la sociedad en el RM ésta adquiere personalidad jurídica.

- Solicitud del CIF definitivo, del IAE (Impuesto de Actividades Económicas) y de la Declaración Censal.

El CIF definitivo, explicado con anterioridad, se solicita en Hacienda correspondiente al domicilio fiscal de la sociedad. Al principio se otorga un CIF provisional el cual se tiene que canjear por el definitivo en 6 meses.

El IAE es un tributo de carácter local obligatorio para toda sociedad, empresario o profesional. Se solicita en el mismo lugar que el CIF, en un plazo máximo de un mes desde el inicio de la actividad.

La Declaración Censal es la declaración de comienzo, modificación o cese de actividad, que tienen que presentar a efectos fiscales los empresarios, los profesionales y otros tributarios en Hacienda correspondiente al domicilio fiscal de la empresa antes del inicio de la actividad.

- Alta en el Régimen de Autónomos y/o General de socios y trabajadores.

Es un régimen especial de la Seguridad Social obligatorio que dependiendo de los casos deben darse de alta en un Régimen u otro. El alta se realiza en la Tesorería General de la Seguridad Social correspondiente en un plazo de 30 días naturales siguientes al inicio de la actividad.

- Solicitud del libro de Visitas.

Esta solicitud se realizará en la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social antes de empezar la actividad. Este libro es obligatorio y debe presentarse ante una inspección de trabajo.

- ¿Queda obligada la sociedad por la deuda adquirida con MEDIAMARKT por la compra de los ordenadores? es decir ¿contra quién podría ir MEDIAMARKT en caso de impago, contra el administrador, contra los tres socios o contra la sociedad? Responde a la pregunta exponiendo las razones.

Se trata de una sociedad en formación ya que se ha constituido en escritura pública pero todavía no está inscrita en el RM. Esto es un periodo transitorio por lo que se le dota a la sociedad de cierta personalidad jurídica con un régimen aplicable.

En caso de impago a Mediamarkt por la compra de ordenadores, respondería la sociedad en formación con el patrimonio que tuviere y complementariamente los socios hasta el límite de lo que se hubieran obligado a aportar ya que el acto de comprar ordenadores ha sido realizado por el administrador dentro de las facultades que le confiere la escritura para la fase anterior a la inscripción.

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