Capacidad de ejercicio formal de actos de comercio
Enviado por Karina18 • 20 de Marzo de 2023 • Ensayo • 702 Palabras (3 Páginas) • 247 Visitas
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Nombre del estudiante:
Keren Vanessa Ulloa Gómez
Nombre del estudiante:
Sede de estudio:
Docente:
Sección:
Derecho Empresarial V5078
Fecha de entrega:
Introducción
En este presente informe detallaremos los requisitos que se amparan legalmente para que una persona ejerza funciones de comercio, compra y venta en Honduras. La finalidad es comprender, captar y analizarlos, ayudándonos a tomarlos en cuenta al momento de querer emprender una razón social. Dentro de artículo 4 del código del comercio, para poder ser comerciante debemos haber cumplido 21 años y ser legalmente independiente para poder disponer de bienes, y actividades comerciales.
Capacidad de ejercicio formal de actos de comercio
Capacidad Jurídica:
Habilidad para participar en actividades comerciales; las personas naturales o jurídicas deben establecer sus propias instituciones para llevarlas a cabo. a capacidad de reclutar empleados en función del apoyo y la cooperación de los demás.
Las personas realizan actividades comerciales legalmente consideradas y realizan actividades comerciales. De manera profesional o habitual, para que la persona pueda participar en asuntos oficiales legalmente, debe tener licencia para operar y pagar impuestos al Distrito, y llevar registros de libros y documentos contables. Capacidad para realizar actividades comerciales, son los que han alcanzado la mayoría de edad y son considerados por la ley los mayores de 21 años como lo define la misma. Podrán realizar actividades comerciales:
I.- Personas competentes ejercicio de derecho civil
II.- Menores mayores de dieciocho años por exención o permiso.
III.- Autorizados mayores de 18 años que no estén exentos, alguien que tiene padres o tutela sobre ellos. La autorización puede otorgarse sin un sujeto cualquier acción legal y es irrevocable; pero siempre debe aparecer de un acto público, e inscribirse en el registro público de comercio. (Legislación, 1950, p. 1). Según el artículo 6, los menores independientes tienen la capacidad de actuar y cumplir con las obligaciones, realizar negocios y otros más allá de los 18 años. Los independientes pueden hacer negocios, pero en ausencia de un embargo, deben al mismo tiempo, obtenga el permiso de los padres o tutores para realizar actividades rentables. Bajo la sección 4 de la Ley de Comercio, se considera legalmente comercial y capaz de cumplir con el código de conducta legal.
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