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DERECHO BURSATIL: AUXILIAR DEL ACTO DE COMERCIO

Enviado por   •  8 de Enero de 2018  •  6.008 Palabras (25 Páginas)  •  521 Visitas

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Asimismo, el Perú no era la excepción de este fenómeno; no obstante la data de la Bolsa de Valores[6] de Lima tiene antecedentes en el Tribunal del Consulado que fue en el siglo XIX el más alto tribunal de comercio y tuvo un papel decisivo en el nacimiento de la Bolsa de Comercio de la Capital. En Lima, la multiplicación de las transacciones y la estrecha relación con importantes plazas europeas hicieron necesario encontrar un punto fijo, a una hora precisa, para la realización de las operaciones. Desde sus orígenes la Bolsa tuvo como uno de sus principales gestores al Estado Peruano, al lado de los comerciantes más representativos de la época.

Si bien en las tres décadas iniciales la Bolsa no llegó a negociar acciones de ningún tipo, a través de la Comisión de Cotización logró registrar las cotizaciones nominales de las principales plazas comerciales. Durante estos primeros tiempos la crisis inflacionaria, que el Perú soportó entre los años 1872 y 1880, contribuyó al opacamiento del mercado. La Bolsa resurgió vigorosamente impulsada por el presidente Nicolás de Piérola con el nombre de Bolsa Comercial de Lima en 1898. Se aprobó el reglamento que creaba la Cámara Sindical compuesta por tres comerciantes y tres Agentes de Cambio.

Fue en 1898 que se editó el primer número del Boletín de la Bolsa Comercial de Lima, el mismo que se publica hasta nuestros días. En 1901 se elaboró la primera Memoria de la Bolsa Comercial de Lima, documento que la Cámara Sindical presentara ininterrumpidamente a la Junta de Socios en lo sucesivo. En la Bolsa Comercial de Lima reorganizada se negociaron acciones, bonos y cédulas, destacando las de Bancos y Aseguradoras y la deuda peruana. La cotización de valores fue la actividad primordial tanto por parte de la Cámara Sindical como de la Comisión del Interior. La incertidumbre y enorme fluctuación de los valores entre 1929 y 1932 así como los cambios durante y después de la Segunda Guerra Mundial; indujeron a nuevos cambios institucionales. Las reformas iniciadas en 1945 desembocaron en la creación de la nueva Bolsa de Comercio de Lima en 1951. En el primer centenario una de sus grandes inquietudes fue educar para negociar en Rueda de Bolsa y la creación de un verdadero mercado de valores. En 1971, las condiciones estaban maduras para la fundación de la actual Bolsa de Valores de Lima. Los sucesos históricos que nos señala la bolsa de valores ha servido para que las instituciones participes de este fenómeno sea abastecida de más armadura. El comercio en el Perú es la principal actividad de abastecimiento, no así la de liquidez. Por eso es que el derecho bursátil colabora con la función de satisfacción de necesidades a través del tráfico de bienes y servicios que no es otra cosa que el comercio.

Finalmente, cabe señalar que a lo largo del siglo XX se han dado saltos importantes hasta llegar al actual sistema electrónico de negociación y al moderno CAVALI, entre otros servicios de información; asimismo, mediante Asamblea General Extraordinaria de Asociados, de 19 de Noviembre de 2002, se acordó la transformación de la Bolsa de Valores de Lima a sociedad anónima, a partir del 01 de enero de 2003. Andrés Oppenhaimer llama la era del conocimiento y es más, dice, incluso, que aquel ya casi está desfasado y es la era conceptual. Pues lo dicho anteriormente, demuestra que para el Perú la información es vital para tomar decisiones en el mundo comercial o mejor aún en el mundo mercantil. Es por eso la creación del CAVALI.

1.2.-DEFINICIÓN

Lo cierto es que el en el derecho reinan los términos ambiguos y vagos, y así lo demuestra la definición del derecho bursátil[7] que dice:

“El derecho bursátil es la rama del derecho privado, derecho comercial, derecho empresarial y derecho corporativo que regula y estudia la bolsa de valores y el mercado”[8]

Lo que nos señala es que el derecho bursátil se encuentra dentro del derecho privado[9]; es decir se rige por el principio de autonomía privada. Segunda premisa de este concepto es que a su vez forma parte de tres disciplinas jurídicas. En palabras de otros no tiene autonomía o soberanía ya que su existencia es condicionada. Así como todas aquellas sin el comercio, y este sin la necesidad y está sin el ser humano… por otro lado, menciona a la bolsa de valores también conocida como el mercado secundario.

Resulta interesante la definición a la que arribo Domingo en su tesis diciendo:

“Es el conjunto de normas complementarias del Derecho Mercantil que regulan los derechos de propiedad y los derechos de prenda, que tenga un tenedor indirecto llamado también corredor con respecto a activos financieros que son cotizados en la bolsa de valores.”[10]

Lo que señala es que el derecho comercial quedo relegado ya que las operaciones derivadas de esta tienen contacto con otras relaciones jurídicas y a esto se llama derecho mercantil. Por lo cual Domingo indirectamente nos dice que el derecho bursátil que es un auxiliar del primitivo derecho comercial. Y hace énfasis en la actividad que los intermediarios hacen estas operaciones.

Asimismo no falta quien da vital importancia a las instituciones que participan en él, a este tipo de concepto se le conoce como strictu sensu, así lo testifica este concepto:

“Es la rama del derecho que regula el manejo de las normas relativas a los valores y a las operaciones que con ellos se realizan en la Bolsa de Valores o en el mercado fuera de la bolsa mediante agentes intermediarios, así como las autoridades y los servicios sobre esos valores financiero.[11]”

1.3.-NATURALEZA JURÍDICA

El derecho bursátil se ubica en el derecho privado, derecho comercial, derecho empresarial y derecho corporativo. Dada su ubicación doctrinaria el ser de esta disciplina nos indica que es bastante dependiente de la existencia de otras disciplinas. ¿Por qué ser llama derecho bursátil? Esta pregunta nos va ayudar a aclararnos sobre su denominación y sobre su ser. Resulta que la palabra bursátil tiene como sinónimos bancario, financiero, cotizable, crediticio, especulable. En el mercado de valores lo que se hace son negociaciones de valores con la finalidad de obtener por un lado recursos y por otro invertir. Por eso lo de bancario, financiero. Es más el mercado de valores forma parte del mercado financiero. Pero todas estas operaciones son cotizables, cambian, son volubles en cuestión de segundos. Pero esto es más una características de la variación de las cotizaciones de los valores. Por lo tanto, el derecho bursátil, es medio de financiación

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