Derecho. Etapas evolutivas del comercio
Enviado por Jillian • 6 de Diciembre de 2018 • 1.509 Palabras (7 Páginas) • 660 Visitas
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4) otra circunstancia histórica del crédito vigente consiste en el que el comerciante acepta que el ser humano es mas bueno que malo y determina que la falta de pago es la excepción que la inclinación a la licitud y a la anti sociabilidad no es la regla general.
El crédito mercantil de surgimiento puramente espontaneo y utilitario, permite que el comercio aumente y se fortalezca, a tal grado que se convierte en uno de los apoyos mas consistentes y confiables del desarrollo civil.
5) compraventa internacional en compensación:
Es una estapa diferente, que no surge como una consecuencia de las anteriores y, por el contrario puede verse como la evidencia científica del reenvió a experiencias superadas, denominadas péndulo histórico, en el sentido de que esta etapa implica elementalmente , un claro regreso al trueque, cuyo mecanismo consistía en cambiar excedentes propios por los de otro, como la mejor manera de satisfacer una necesidad.
FUNCIONES ELEMENTALES DE LA MONEDA Y DEL CREDITO
1)función comercial de la moneda:
En la tercera etapa de la historia del crédito se distingue por el surgimiento de la necesidad .esta utilidad de cambio permanece hasta nuestros días, cuando un sujeto adquiere un satisfactor, el termino más utilizado para denominar esta operación es el de compra, lo que en realidad sucedió fue q intercambio una cosa por otra ( monedas por bienes y servicios), el comerciante hace lo mismo pero en sentido contrario.
La operación es tan simple como cambiar las monedas que se tienen por lo que no se tiene y se necesita, es la esencia el acto de comercio desplazado al de la operación elemental ya no se llamó cambio sino compra.
2) formas de préstamo:
El derecho de crédito establece las reglas para realizar estos cruzamientos temporales de bienes y dinero , para ello no ofrece una sola solución, si no tantas como variadas sean las necesidades de cada negocio.
Los créditos pueden ser públicos y privados según se trate de la personalidad administrativa o privada de la entidad participante , pueden ser para la producción o el consumo, de acuerdo con la finalidad que se dé al dinero prestado pueden ser reales o personales, de conformidad con la garantía personal o real ofrecida al prestador. Pueden ser bancarios o privados, según intervenga o no un banco como prestador. Pueden ser nacionales o internacionales, de acuerdo con la nacionalidad de las partes. Son variados como las necesidades, no obstante pertenece la misma operación de intereses y aprovechamientos temporales que se cometa.
3)el crédito mayor la circulación de la moneda:
El crédito implica un intercambio en el tiempo y no en el espacio, y no altera la función ni la utilidad de la moneda sino por el contrario obtiene de ella sus mejores posibilidades porque permite y propicia un numero de cambios compras con moneda mayor al que existirá si los cambios solo se pudieran hacer de contado.
VENTAJAS UTILIARIAS DEL TITULO DE CREDITO
- Instrumentos para transportar y almacenar dinero:
Si esta operaciones se efectuaran en efectivo implicarían un peligro de robo, pérdida de tiempo para contarlo y dificultades para recibirlo y guardarlo, son molestias y riesgos que superan con el uso de un papel, en el que se transportan y almacenan esas cantidades, incluso cuando sumen millones el título de crédito.
- Instrumentos para agilizar de obligaciones liquidas:
La regla (art. 70. De la LGTOC) según la cual los títulos de crédito dados en pago se presumen recibidos con la condición salvo buen cobro, se aplicara a los títulos cuya naturaleza es pagar y no solo instrumentar un crédito, pues solo estos se pueden entender dados en pago, porque son los únicos que están destinados a pagar.
Esta regla significa que el pago realizado con un título esta hecho porque se presume el cumplimiento de la obligación de haber efectuado la provisión respectiva. Si esta no existe o el titulo no puede cobrarse, el pago no se entenderá hecho y la obligación que aparentemente se había pagado, renace. Esta regla constituye una protección legal adicional.
Algunos títulos permiten no solo otorgar créditos directa o indirectamente si no también el pago y la consecuente liberación de deudas liquidas y vencidas respecto a estas la ley obliga a construir una provisión de fondos previa, o sea, para ellos se garantiza como protección adicional la regla salvo buen cobro.
- Instrumentos para facilitar la transferencia electrónica de fondos:
La telecomunicación hizo más rápido lo que siempre se ha hecho; es decir, el adelanto no implico ninguna innovación en la creación del título si no en su operación acreditando y pago, que es la aportación más conspicua de la transferencia electrónica de fondos.
La naturaleza del título le permitió recibir sin dificultad importantes innovaciones tecnológicas y con ellas se obtuvo mayor fluidez para su función económica tradicional. El caso excepcional y privativo de ese medio es la desmaterialización bursátil.
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