Glosario Inspeccion Ocular
Enviado por NMarian • 13 de Diciembre de 2018 • Apuntes • 432 Palabras (2 Páginas) • 657 Visitas
Glosario
1. Perito: es una persona experimentada, hábil o entendida en una ciencia o arte. Es el experto en una determinada materia que, gracias a sus conocimientos, que actúa como fuente de consulta para la resolución de sus conflictos.
2. Indicio: elemento, objeto, sustancia, instrumento, huella, marca, rastro, señal, vestigio u otros que se encuentre en el lugar de la investigación, en la víctima o en el indiciado, que pueda tener una relación directa con el hecho que se investiga. Los indicios también pueden ser aportados de forma directa al Ministerio Público.
3. Informe Pericial: documento elaborado por expertos en una ciencia, arte o técnica, donde se exponen los resultados y las consideraciones científicas referentes a los análisis de la materia sometida a su pericia.
4. Evidencia: elemento o rastros encontrados en el lugar y que permite esclarecer los hechos.
5. Embalar: técnica empleada para preservar y proteger en forma adecuada los indicios y/o evidencias recolectados en el lugar de los hechos o aportados a la investigación, con el objetivo de mantener su integridad, autenticidad y mismidad, para su posterior análisis.
6. Rotular: es un registro de la información detallada de tiempo, modo, lugar y descripción del elemento contenido en un recipiente, permitiendo su posterior identificación (autoridad solicitante, numero acta del caso, fecha y hora de los hechos, delitos, sindicato, occiso u ofendido, tomada por, descripción del elemento, lugar donde fue recolectada, estudio solicitado, nombre, firma y cargo del solicitante). El rótulo se pega en el empaque donde está el contenido de elemento a estudiar, no debe llevar tachones ni enmendaduras.
7. Cadena de Custodia: es un proceso documentado y sin interrupción que permite preservar y demostrar la autenticidad del elemento probatorio en el estrado judicial (EMP y EF: indican la evidencia que se recolecta para un fin). Comienza en el lugar donde se encuentre, obtenga o recolecte la evidencia física (EF) o elemento material de prueba (EMP) y finaliza por orden de autoridad competente. Normalmente comienza con el servidor público y continúa con todo aquel que tenga con tacto con ella.
8. Almacén Transitorio de Evidencia: lugar del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses donde se reciben, almacenan, preservan, custodian y trasladan los indicios y/o evidencias de forma temporal, en condiciones mínimas necesarias que garanticen su conservación y seguridad.
9. Almacén de Evidencia del Ministerio Público: lugar del Ministerio Público donde se guardan y custodian los indicios y/o evidencias en condiciones mínimas necesarias que garanticen su conservación y seguridad, hasta que sean requeridos o hasta su disposición final.
10. Acordonamiento: aislamiento o protección del lugar en el que presumiblemente se ha cometido un hecho punible.
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