TALLER PRINCIPIOS DE LOS TITULOS DE VALORES
Enviado por ASEISA CLINICA CES • 28 de Febrero de 2022 • Ensayo • 704 Palabras (3 Páginas) • 368 Visitas
TALLER PRINCIPOS DE LOS TITULOS VALORES
Taller Principios de los Títulos Valores
Principio de necesidad: Este principio nos habla sobre la importancia de tener un título varlor, para reconocer o autenticar el ejercicio del derecho, y que luego de consignar este titulo valor se debe hacer su respectiva exhibición y desde luego su devolución siempre y cuando este sea pagado.
Principio de legitimación: Este principio nos habla de que la persona que se hace titular de la obligación es quien debe hacer respetar su derecho y reclamar sobre estos, para ello se hace el respectivo titulo valor, para poder disponer de el y hacer efectivo el pago de su deudor. Cuando se habla de la buena fe, este hace referencia tanto al acreedor como al deudor ya que la buena fe debe estar presente en el momento de adquirir la obligación, es decir que deben actuar conforme al derecho ya que se presume que al momento de realizar este título valor se cumplirá con lo allí estipulado, y se pagará el valor en la fecha y tiempo estipulado. De este se deriva dos clases de legitimación:
Legitimación activa: Es la capacidad que tiene el tenedor legítimo, de tal título valor, de mostrar y hacer cumplir todos los derechos que este incluye.
Legitimación pasiva: Este hace referencia a los que deben cumplir o pagar, ósea aquellos a los que se les debe exigir los derechos consagrados que este título valor incorpora, ya que por su firma la ley autoriza, para que el tenedor legitimo haga cumplir sus derechos, los cuales están estipula en este título.
Según su modelo de circulación y legitimación son los siguientes:
Título a la portador: Es quien solo indica la cláusula al portador, es cuál es el legítimo dueño, la ley del título valor es la única que indica que es impredecible la identificación del ultimo tenedor para que exija la prestación.
Título a la orden: Debe figurar el nombre a personas determinadas, en los cuales se agregue la cláusula a la orden, o se exprese que son transferibles por endoso, o se diga que son negociables o se indique su denominación específica de título valor, son a la orden y se transmiten por endoso y entrega.
Título normativo: Son los cuales la norma que rige su creación, exige la inscripción del tenedor en un registro que debe llevar el creador del título, y la transmisión se realiza por cesión de derechos.
Principio de literalidad: Es de saber que todo titulo valor debe traer por escrito su obligación adquirida, por tal motivo para que se haga su respectivo cumplimiento de la obligación solo es necesario presentar tal título, es de aclarar que solo se debe hacer su ejecución sobre lo estipulado en este título valor, siendo así no se puede alegar sobre lo que no esté expresamente incorporado en este título valor. Este principio hace también referencia a la protección de los terceros involucrados, los cuales han obtenido por medio de negocio este titulo valor, ya que la le ley los favorece para no entrar en disputa por algún proceso que tenga que ver con el título valor adquirido.
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