TÍTULO I PRINCIPIOS Y VALORES ETICOS DE LA TERAPIA RESPIRATORIA
Enviado por mondoro • 4 de Marzo de 2018 • 4.478 Palabras (18 Páginas) • 639 Visitas
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Artículo 7. El profesional de Terapia Respiratoria solo responderá por el cuidado directo de Terapia Respiratoria o por la administración del cuidado de Terapia Respiratoria, cuando el número de personas asignadas para que sean cuidadas por el profesional de Terapia Respiratoria tenga en cuenta su complejidad de salud y que sea tal que disminuya posibles riesgos y permita cumplir con los estándares de calidad y oportunidad del cuidado.
Artículo 8. El profesional de terapia respiratoria con base en los análisis de tiempo, modo y lugar podrá delegar los actos de cuidado cuando de acuerdo con su juicio no ponga en riesgo la integridad física o mental de la persona o grupos de personas que cuida y siempre y cuando pueda ejercer supervisión.
TITULO III
RESPONSABILIDAD DEL PROFESIONAL DE TERAPIA RESPIRATORIA
CAPITULO 1
RESPONSABILIDAD DEL PROFESIONAL DE TERAPIA RESPIRATORIA EN LA PRÁCTICA CLINICA
Artículo 9. El profesional de terapia respiratoria dentro de la práctica del cuidado debe procurar el respeto de los derechos de los seres humanos, especialmente de grupos vulnerables o que estén limitados en el ejercicio de su autonomía.
Artículo 10. El profesional de Terapia Respiratoria debe garantizar cuidados de calidad a quien realice sus servicios con la Terapia Respiratoria
Artículo 11. El profesional de Terapia Respiratoria no debe participar en tratos crueles e inhumanos, en respeto a los principios de respeto a la dignidad de los seres humanos y de sus derechos a la integridad espiritual, física y síquica. En lo relacionado con los medicamentos de Terapia Respiratoria, el profesional los administrará mediante protocolos establecidos y previa fórmula médica correcta, legible y actualizada.
Artículo 12. La actitud del profesional de terapia respiratoria estará sujeta al cuidado y será de apoyo teniendo prudencia y adecuada comunicación en su formación.
Artículo 13. El profesional de Terapia Respiratoria no hará a los usuarios o familiares pronósticos de las intervenciones y tratamientos prescritos por otros profesionales.
Parágrafo Entiéndase por secreto o sigilo profesional la reserva que debe guardar el terapeuta respiratorio para garantizar el derecho de la intimidad del sujeto.
CAPITULO 2
RESPONSABILIDAD DEL PROFESIONAL DE TERAPIA RESPIRATORIA Y OTROS MIEMBROS DE RECURSO HUMANO EN SALUD
Artículo 14. La relación del terapeuta respiratorio con los demás miembros del recurso humano en salud o del orden administrativo deberá fundamentarse en el respeto mutuo e independencia del nivel jerárquico.
CAPITULO 3
RESPONSABILIDAD DEL PROFESIONAL EN TERAPIA RESPIRATORIA CON LAS INSTITUCIONES Y LA SOCIEDAD
Artículo 15. Es deber del profesional de terapia respiratoria conocer la entidad en donde preste sus servicios e informarse de sus derechos y deberes para trabajar con lealtad y contribuir al fortalecimiento de la calidad del terapeuta respiratorio, de la imagen profesional y de la institución.
Artículo 16. El profesional de terapia respiratoria en desarrollo de la actividad académica contribuirá a la formación integral del estudiante como persona, como ciudadano responsable y como futuro profesional idóneo, estimulando el pensamiento critico, la creatividad, el interés por la investigación científica y la educación permanente para fundamentar la toma de decisiones a la luz de la ciencia, de la ética y de la ley en todas las actividades responsables y profesionales.
Artículo 17. El profesional de terapia respiratoria deberá respetar la dignidad del estudiante y sus derechos a recibir la enseñanza acorde con las premisas del proceso educativo en el nivel académico correspondiente, basadas en estudios de investigación relacionados con el avance científico y tecnológico.
El profesional de terapia respetará la propiedad intelectual de los estudiantes, colegas y demás profesionales que compartan sus funciones de investigación y de docencia.
CAPITULO 4
RESPONSABILIDAD DEL PROFESIONAL DE TERAPIA RESPIRATORIA FRENTE AL REGISTRO DE TERAPIA RESPIRATORIA
Artículo 18. Entiéndase por registro los documentos específicos que hacen parte de la historia clínica en los cuales se describen cronológicamente la situación, evolución y seguimiento del estado de salud e intervenciones de promoción de la vida y prevención de la enfermedad, tratamiento y rehabilitación que el profesional de terapia brinda.
Artículo 19. Historia clínica. La historia clínica es un documento privado sometido a reserva, por lo tanto puede ser conocido como el propio paciente o usuario por el equipo humano de salud vinculados a situaciones en particular, por terceros previa autorización del sujeto de cuidado o su representante legal.
El profesional de terapia exigirá y adoptará los formatos y medios de registro que respondan a las necesidades de información.
El profesional de terapia diligenciará los registros de historia clínica en forma veraz, secuencial, coherente, legible, clara, sin tachaduras, enmendaduras, intercalaciones o espacios en blanco y sin utilizar siglas distintas a las internacionalmente aprobadas, tiene que guardar la debida secuencia.
Cada anotación debe llevar la fecha y la hora de realización, el nombre completo, la firma y el registro profesional de responsable.
TITULO IV
DE LOS TRIBUNALES DE ETICA DE TERAPIA
CAPITULO 1
OBJETO Y COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES DE ETICA DE TERAPIA
Artículo 20. El tribunal de ética de terapia respiratoria y los tribunales de departamento de ética de terapia respiratoria están instituidos como autoridad para conocer los procesos disciplinarios éticos profesionales que se presentan en la práctica de quienes ejercen la profesión de terapia respiratoria en Colombia, sancionar las faltas de deontológicas establecidas en la presente ley y dictar sus propios reglamentos.
El tribunal nacional de terapia actuará como órgano de segunda instancia en los procesos disciplinarios éticos profesionales
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