TRAMITACIÓN ESPECIAL DIVORCIO INCAUSADO
Enviado por Esme1486 • 8 de Agosto de 2018 • Práctica o problema • 469 Palabras (2 Páginas) • 664 Visitas
TRAMITACIÓN ESPECIAL
DIVORCIO INCAUSADO
JUAN RAMÓN TORRES MARTÍNEZ
VS
DIANA MEDINA CHÁVEZ
EXPEDIENTE NÚMERO 1694/2017
JUZGADO TERCERO EL RAMO FAMILIAR
P R E S E N T E.-
C. JUAN RAMÓN TORRES MARTÍNEZ, con la personalidad que tengo acreditada dentro de los autos del expediente 1694/2017, señalando como domicilio el ubicado en PLAN DE SAN LUIS BARRIO DE SANTIAGO así mismo autorizando para tales efectos a los C. Licenciados en derecho ______en los términos del artículo 107 y 118 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el estado, con el debido respeto comparezco y expongo :
Por medio del presente ocurso con fundamento en los numerales 775, 776, 777 y 778 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado vengo a promover INCIDENTE DE CONVIVENCIAS Y VISITAS FAMILIARES, para el efecto de que por sentencia interlocutoria fijen los días y horas en que deben llevarse a cabo la convivencia y visita familiar del suscrito con la menor hija de nombre KENIA YAMILETH TORRES MEDINA, me fundo para ello en los siguientes:
HECHOS
- Como se desprende en los autos del presente juicio una vez que en la audiencia fijada el día de la fecha en auto 13 trece de diciembre del 2017 dos mil diecisiete ninguna de las partes comparecimos a la misma y por lo tanto no llegamos a ningún acuerdo respecto de la pretensión sobre las convivencias y visitas familiares del suscrito con mi menor hija de nombre KENIA YAMILETH TORRES MEDINA.
- Hago notar a su señoría que mi contraparte la señora DIANA MEDINA CHAVEZ se opone terminantemente que yo conviva con mi menor hija KENIA YAMILETH TORRES MEDINA lo que se observa claramente en los autos del presente juicio y existe la imposibilidad de llegar a un acuerdo con la ahora demandada.
- El hecho de que mi hija sea menor de edad no impide a que la C. DIANA MEDINA CHAVEZ me impida verla y visitarla conforme a los días más apropiados para las visitas y convivencias que esta autoridad crea aptas.
DERECHO
En cuanto al fondo son aplicables los artículos 775, 776, 777 y 778 del Código de Procedimientos civiles vigente en el Estado y demás relativos a la Ley Adjetiva en comento.
POR LO ANTERIOR EXPUESTO Y FUNDADO. A USTED C. JUEZ TERCERO DE LO FAMILIAR. ATENTAMENTE SOLICITO:
ÚNICO; SÍRVASE DE ACORDAR CON LO SOLICITADO
PROTESTO LO NECESARIO
A FECHA DE SU PRESENTACIÓN
SAN LUIS POTOSÍ S.L.P.
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C. JUAN RAMÓN TORRES MARTÍNEZ
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