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Ética y revisoria fiscal en Colombia-caso Interbolsa

Enviado por   •  30 de Marzo de 2023  •  Ensayo  •  1.669 Palabras (7 Páginas)  •  275 Visitas

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ETICA Y REVISORIA FISCAL EN COLOMBIA-CASO INTERBOLSA

por JIMBOR01 | buenastareas.com


ETICA Y REVISORIA FISCAL EN COLOMBIA – CASO INTERBOLSA COMISIONISTA DE BOLSA

ENSAYO

JIMY ALEXANDER BORDA NIÑO

PROFESORA: MYRIAM EDITH VARGAS

FUNDACION UNIVERSITARIA DEL AREA ANDINA

ESPECIALIZACION EN REVISORIA FISCAL Y AUDITORIA FORENSE

BOGOTA

2014

La ley 43, código de ética profesional de 1990 en el artículo 37 y su numeral 10 expresa sobre conducta ética que debe tener el contador público “El contador público deberá abstenerse de realizar cualquier acto que pueda afectar negativamente la buena reputación o repercutir de alguna forma en descrédito de la profesión, teniendo en cuenta que, por la función social que implica el ejercicio de su profesión, está obligado a sujetar su conducta pública y privada a los más elevados preceptos de la moral universal” es en este aparte del código de ética profesional en lo relacionado al contador público, donde encontramos en resumen el lineamiento ético y moral de las actuaciones públicas y privadas del profesional incluyendo evidentemente al revisor fiscal como contador público que es; si realizamos un detallado análisis de lo que nos pretende dictar, vamos a darnos cuenta que al no realizar ningún acto que afecte negativamente la reputación personal y de la profesión, y al sujetar mi conducta a elevados preceptos de la moral; voy a actuar siempre con integridad; tendré una postura objetiva e imparcial en mi accionar; seré independiente al pensar y actuar; cumpliré responsablemente con las obligaciones asignadas; guardare plena confidencialidad sobre la información manejada hasta que esta no esté relacionada a un delito, momento en el cual será reportada al ente correspondiente; regiré mi proceder a las disposiciones y normas del estado y los entes de control; mantendré mis conocimiento actualizados para ofrecer servicios competentes; como profesional contribuiré al desarrollo y dignificación de la profesión y en la situación en que me corresponda la enseñanza, me someteré a las normas legales y reglamentarias sobre la materia; y, mantendré un ambiente de cooperación y respeto por mis colegas en todas las acciones de mi labor. En conclusión al dar pleno cumplimiento de este numeral, estaré cumpliendo con los demás principios éticos que determina la ley 43 de 1990 en su artículo 37.

En un país en el que la corrupción es la orden del día y en el que la ética y la moral no son los valores más respetados por los profesionales en las diferentes áreas; vemos como son más fuertes la ambición por el dinero y la sed de poder, razones que llevan a muchas organizaciones a enfrentar escandalosos fraudes y desviaciones de dinero que dejan al descubierto la colaboración e incluso, la asociación en el delito en que incurren los responsables del control dentro de la organización; lo cual suprime cualquier tipo de alerta interna pues el responsable se une al delito entorpeciendo también las acciones que desarrollan los entes de control externo ya que reciben información modificada y acomodada. Es sin duda un escenario grave; para la economía, para la profesión, y en general para todos los grupos de interés; pero hay un hecho agravante y aún más desconsolador en este tipo de casos; y es cuando esa corrupción también logra permear las entidades de control externo, lo que obstaculiza la atención oportuna y la detección a tiempo de irregularidades que con el paso del tiempo terminan financieramente con una empresa y defraudan a socios, proveedores, cliente y todos los demás grupos de interés; situación que explica el hecho de que en muchas ocasiones ningún fraude sea descubierto sino hasta que quiebra la organización debido al beneplácito con que contaron los hechos por parte de todos los entes de control, incluidos los externos.

En medio de estas circunstancias y antes este panorama, en Colombia resulta muy difícil hablar de ética en la revisoría fiscal, más aun ante la falta de cátedra en este sentido; la formación de profesionales en cuanto a su ética parecieran quedarse en el papel de las leyes que la determinan, esta opinión se ve reflejada al analizar los casos en los que la falta de ética y los tentáculos de la corrupción alcanzan altos niveles de control externo, y es que no hay una explicación razonable a eso sino la de proponer que se trata de un problema de pensamiento colectivo y atracción hacia el dinero fácil, han sido débiles las bases de ética y moral profesional, no solo en uno, sino en mucho profesionales que se prestan para esconder estos fraudes abriendo la puerta al soborno y poniendo por encima de los principios el beneficio propio.

 

En la observación y análisis del tema que hoy nos ocupa encontramos un caso preciso y adecuado para exponer todos los puntos que hemos tratado acerca de la falta de ética y moral que provoca la corrupción y el facilismo dentro de la organización y aún más grave si se da fuera de ella; es el tan mencionado caso INTERBOLSA, la comisionista de bolsa que debió ser liquidada por los malos manejos que venía presentando mucho tiempo atrás y que la llevaron a la insolvencia. En el caso INTERBOLSA se han descubierto causas de la quiebra como la triangulación de la cartera, la realización de millonarias operaciones repos, que fueron imposibles de pagar (según artículo de la revista dinero); todo esto ocurrió y los actores y testigos tratan de dar explicaciones al hecho de que nadie se dio cuenta de lo que pasaba mientras tal vez todos cogían un pedazo de la torta; la junta directiva por ejemplo según un artículo de la página web gerencie, presentó su renuncia y culpo a la revisoría fiscal de no informarle la situación que se estaba presentando; en parte el argumento resulta valido, sin quitarle responsabilidad a la junta y no deja de ser sospechoso que durante todo el tiempo en que se efectuaron estas maniobras nunca nada pareció raro como para solicitarle una explicación a la revisoría fiscal.

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