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Administración Local de Recaudación de Aguascalientes

Enviado por   •  2 de Marzo de 2018  •  1.457 Palabras (6 Páginas)  •  462 Visitas

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#209, OJO CALIENTE 1, C.P. 20190, en la ciudad de AGUASCALIENTES, señalando correo electrónico malo_9@hotmail.com, mismo que señalo para oír y recibir toda clase de notificaciones que a mi se dirijan, ante usted con el debido respeto comparezco para exponer:

Que por medio del presente ocurso, vengo a interponer, EN TIEMPO Y FORMA EL RECURSO DE REVOCACIÒN en los términos previstos por los artículos 116, 117, 118, 119, 120, 121, 122, 129, y demás relativos y aplicables del Código Fiscal de la Federación en vigor, y con apoyo en lo que disponen los artículos 14, 16, 8 de nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en contra del crédito fiscal siguiente:

ACTO IMPUGNADO

La resolución contenida en el oficio con número SAT-ALRA-SADI-00345/2016 de fe­cha 22 de ABRIL de 2016 emitida por la Administración Local de Recaudación de Aguascalientes, a través de la Sub Administración de Devolución de Impuestos, por la que se determina la por la cantidad de $76,560.00 (SETENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SESENTA 00/100 M.N) correspondientes al ejercicio fisca­l del año 2015.

El presente recurso se fundan en las siguientes, considera­ciones de hecho y de derecho.

H E C H O S

1. Que con fecha 2 de junio del presente año se notificó la resolución contenida en el oficio numero SAT-ALRA-SADI-00345/2016 que ha sido mencionado en párrafos anteriores.

2. Por no estar de acuerdo con dicha resolución es que promuevo el pre­sente recurso de revocación.

A G R A V I O S

UNICO AGRAVIO.- En la supuesta resolución con oficio numero SAT-ALRA-SADI-00345/2016, emitido por la Administración Local de Recaudación de Aguascalientes, a través de la Sub Administración de Devolución de Impuestos, del cual se deriva la devolución del impuesto sobre la renta que por este medio se impugna, se viola en mi perjuicio el artículo 38 fracción IV del Código Fiscal de la Federación en vigor, con la siguiente actuación de la autoridad responsable: dicho requerimiento no ostenta el fundamento correcto toda vez que la autoridad expresa que por motivo de no acreditar correctamente el por que los gastos se efectuaron en Guadalajara siendo que el accidente automovilístico fue en el municipio de lagos de moreno, se me niega la devolución del pago total del impuesto sobre la renta correspondiente al ejercicio fiscal del 2015. Fundamentando la autoridad el argumento anterior en el articulo 151 de la ley de impuestos sobre la renta en vigor, dentro del cual en ningún apartado se menciona se debe de argumentar el lugar en el cual se efectuaron los gastos, ademas de carecer de toda lógica jurídica respecto al acto reclamado.

Ademas cabe mencionar que las facturas emitidas cumplen con los requisitos de los articulos 29, 29-A Y 29-C del Código Fiscal de la Federación.

Por lo tanto el requerimiento en cuestión no está debidamente requisitado y en consecuencia se viola en mi perjuicio el artículo 38 fracción IV del Código Fiscal de la Federación en vigor. Ya que éste artículo nos señala los requisitos que por lo menos deben de contener los actos administrativos, y en su fracción IV establece el requisito de deber estar fundada, a si también se viola el articulo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en virtud de que la demandada omite cumplir con los requisitos de fundamentación y motivación correctos, aplicables a todo acto de autoridad como el de la especie; circunstancia que actúa en detrimento de los principios de legalidad y seguridad jurídica consagrados en los citados dispositivos, y que debe de contener todo acto de autoridad encaminado a incidir en la esfera de los particulares.

P R U E B A S

I. DOCUMENTAL PUBLICA: Oficio numero SAT-ALRA-SADI-00345/2016 de 22 de abril del 2016, emitido por la Administración Local de Recaudación de Aguascalientes, a través de la Sub Administración de Devolución de Impuestos, que se relaciona con todos los hechos y agravios es­grimidos.

II. LA INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES, consistente en todo lo actuado y por actuarse, en cuanto favorezca a mis intereses.

III. PRESUNCIONAL: En su doble aspecto a todo lo que beneficie a los intereses del suscrito.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, pido se sirva:

PRIMERO. Proceder al análisis de los hechos y agravios que se hacen valer en contra de la resolución impugnada.

SEGUNDO. Tenerme por presentado en los términos del presente escrito y anexos y correo electrónico que acompaño, en tiempo y forma legales, interpo­niendo el recurso de revocación.

TERCERO. En su momento, dejar sin efectos la resolución combatida.

PROTESTO CONFORME A DERECHO.

Aguascalientes, Ags. 7 de junio del 2016.

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FIRMA

Octavio Ulises

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