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C. AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO DE PROTECCION A LA FAMILIA INVESTIGADOR DE AVERIGUACIONES PREVIAS EN EL ESTADO EN TURNO..

Enviado por   •  27 de Febrero de 2018  •  1.160 Palabras (5 Páginas)  •  528 Visitas

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P R U E B A S:

Por lo que me permito anexar como Pruebas Documentales, así como nombrar Testigos presenciales al hecho que denuncio, al presente escrito a fin de que sean valoradas y en su oportunidad se les dé el valor probatorio correspondiente, para que sirvan como indicio para la debida integración de la presente querella, los siguientes:

1.-Documental Pública: Consistente en Copia simple para su cotejo de mi identificación con la finalidad de acreditar fehacientemente mi personalidad.

2.-Documental Pública: Consistentes en el acta de nacimiento de mi menor hija DANNA AYLIN RAMIREZ DAMIAN, expedida por el Oficial Segundo del Registro Civil de esta Ciudad de Nuevo Laredo Tamaulipas, dicha acta la acompaño a este escrito como anexo número uno

D E R E C H O.

FONDO.-. Lo establece el artículo 295, 296 y demás relativos del Código Penal Vigente en el Estado.

PROCEDIMIENTO.- Los expuestos en el Artículo 8, 16 y 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 131 del Código Penal Vigente en el Estado, los artículos 1, 2, 3 Fracciones I, II, VIII, 9, 25, 103, 105, 106, 193, 246, 247, 248 y 250 y demás relativos al Código de Procedimientos Penales Vigente en el Estado.

Por lo antes expuesto y fundado atentamente solicito:

PRIMERO.- Tenerme por presentando en tiempo y forma el presente escrito de FORMAL QUERELLA en contra del C. GUILLERMO RAMIREZ GERARDO, con domicilio en SANTA JULIA 1035 ENTRE SAN ROMAN Y SANTA CLARA EN EL FRACIONAMIENTO VILLAS DE SAN MIGUEL de esta Ciudad por el delito de ABANDONO DE OBLIGACIONES ALIMENTICIAS Y LOS QUE PUEDIERAN RESULTAR que sanciona y tipifica el 295, 296 y demás relativos del Código Penal Vigente en el Estado.

SEGUNDO.- Con fundamento en el artículo 9 del Código de Procedimientos Penales vigente en el Estado de Tamaulipas, nombro como asesor Legal a la Licenciado en Derecho SERGIO ALEJANDRO DE LEON GARCIA, con domicilio en MINA 3117 EN EL CENTRO DE ESTA CIUDAD, a quien autorizo para oír y recibir notificaciones aun las de carácter personal, e intervenir en la Averiguación Previa, con las facultades que le otorga la disposición que menciono en este párrafo, así mismo autorizo para que tomen apuntes y revisen la Averiguación a los ESTUDIANTE DE 8º SEMESTRE. DE LA CARRERA DE DERECHO LAS CIUDADANA YRAIS JOSEFINA CORDOBA AGUIRRE Y A LA C. PASANTE EN DERECHO BRENDA EDITH RAMIREZ RENDON.

TERCERO.- Se sirva fijar fecha y momento para su Ratificación del presente escrito en los términos del Artículo 25 del Código Procedimientos Penales vigente en el Estado.

CUARTO.- En su oportuno momento procesal se Ejercite Acción Penal en contra del indiciado de referencia, por el delito expuesto o los que pudieran resultar, en base a lo dispuesto en los artículos 16 y 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículos 1 fracción I, inciso a), 2, 3 fracción VIII y demás relativos al Código de Procedimientos Penales vigente en el Estado.

P R O T E S T O L O N E C E S A R I O

Nuevo Laredo, Tamaulipas a 31 de Agosto del 2015

DIANA ARACELI DAMIAN HERNANDEZ

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