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Concepto de representación y único campo en que se puede aplicar

Enviado por   •  17 de Julio de 2018  •  1.179 Palabras (5 Páginas)  •  445 Visitas

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El segundo es que un representante celebre un contrato en el que interviene por si y como representante de la otra parte aquí es cuando se realiza el contrato consigo mismo.

- Naturaleza jurídica del “contrato consigo mismo”

Es el que celebra una persona representante de dos o más en su calidad de representante de ambas o todas o cuando actúa en su propio nombre y al mismo tiempo en el de su o de sus representados celebrando el acto.

Se requieren dos voluntades jurídicas de dos personas y es por lo mismo que se i8ntegra un consentimiento para dar lugar al contrato en donde el representante expresa dos voluntades que corresponden jurídicamente a las ideas estudiadas de policitación y aceptación.

- Campo de aplicación del “contrato consigo mismo”

Puede presentarse para situaciones ilícitas por parte del mandatario que los celebra.

Se puede celebrar solo cuando la ley lo autoriza o se puede celebrar siempre que la ley no lo prohíba, de ahí que la persona puede celebrar este tipo de operaciones siempre que lo desee.

- Cuando prohíbe la ley el “contrato consigo mismo”

En aquellas ocasiones en que se presenta un oposición entre los intereses del representante y los del representado o

Cuando la oposición se presenta entre los intereses de los representados por un representante común.

- 1°. Caso de oposición de intereses entre representante y representado

En este caso la ley prohíbe en protección al representado que se otorgue el contrato por el solo representante porque él puede en un arrendamiento cobrarse una renta inferior de la que quería si representado.

En el código civil del D.F. Artículo 59. Dice que ni con licencia ni en almoneda o fuera de ella puede el tutor comprar o arrendar los bienes del incapacitado, ni hacer contrato alguno respecto de ellos y si lo hiciera este sería nulo.

- 2°. Caso de oposición de intereses entre los representados

Esto lo regula el artículo.457 del código civil federal que dice cuando los intereses de alguno o algunos de los incapaces sujetos a la misma tutela, fueren opuestos, el tutor lo podrá en conocimiento del juez, quien nombrara un tutor especial que defienda los intereses de los incapaces, que el mismo designe mientras se decide el punto de oposición.

- Representación y acto de administración y de dominio.

En materia de representación ya sea de capaces o de incapaces o voluntaria emplea los términos de administración, acto administrativo y dominio.

En el mandato se puede celebrar para actos de administración o para actos de dominio se dice también que los tutores administran los bienes de los pupilos.

Para atender cuales son las facultades que tienen los administradores y cuales son actos de administración es preciso atender al tipo de patrimonio en donde se realice este tipo de actos pues varía según a lo que este destinado un determinado conjunto de bienes, derechos y obligaciones.

El concepto de acto de administración no es unitario y se debe analizar en diversos patrimonios:

- En el patrimonio de derecho común

- En el llamado patrimonio de exploración y

- En el patrimonio de liquidación.}

En el código civil de Tlaxcala nos mencionan del art. 2879 al 2886 sobre los que es la representación tratándose de la sucesión legítima.

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