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Definir la política general de solicitudes de descuento para tiquetes, beneficio otorgado a los Colaboradores de Avianca determinando en cada caso las políticas para la aplicación de la misma y la aplicación de las convenciones colectivas.

Enviado por   •  5 de Abril de 2018  •  11.679 Palabras (47 Páginas)  •  448 Visitas

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Aplica para Colaboradores Convencionados

CONDICIONES GENERALES

- Se considerará falta grave el incumplimiento de lo pactado en convenciones colectivas.

- Los criterios que a continuación se describen contemplan los lineamientos generales de esta política, sin embargo los acuerdos consignados en las convenciones se aplicarán estrictamente de acuerdo a lo estipulado.

- No constituye remuneración en especie ni tiene incidencia prestacional para ningún efecto.

- Los Tiquetes Beneficio tienen un descuento específico de acuerdo al régimen que le corresponde. El Colaborador debe asumir directamente cualquier costo que se genere con motivo del viaje, incluyendo los costos por concepto de impuestos o tasas y sobrecargos que apliquen al momento de la expedición.

- Los excesos de equipaje serán cobrados con un porcentaje de descuento de la tarifa publicada por Avianca, para tal fin.

- A partir del momento en el cual el Colaborador se retira de la Compañía, no se le otorgarán más Tiquetes por asuntos particulares.

- El beneficio de tiquetes con descuento se suspende para el Colaborador y sus beneficiarios, cuando éste sea objeto de suspensiones disciplinarias.

- El beneficio de tiquetes con descuento se suspende para el Colaborador y sus beneficiarios, cuando éste sea objeto de suspensiones disciplinarias.

- El beneficio de tiquetes con descuento se suspende cuando el Colaborador se encuentre incapacitado para laborar (excepto maternidad), a no ser que sea totalmente requerido para su tratamiento médico, en este caso el Colaborador deberá adjuntar los soportes necesarios. Los beneficiarios de los colaboradores si podrán hacer uso de los tiquetes.

- Para que la autorización de descuento en tiquetes emitida sea válida, no debe tener enmendaduras. Si se presentan situaciones donde se requiera un cambio, ésta deberá ser anulada y se tramitará una nueva. Esta anulación se hará por medio del Sistema PAX.

- Los tiquetes ya emitidos y que requieran cambio de beneficiario deberán ser reembolsados y el Colaborador solicitará la expedición de una nueva orden de descuento, esto aplica también para las órdenes de descuento sin redimir.

- Los tiquetes ya emitidos y que requieran cambio de ruta se podrán modificar en las oficinas de pasajes con el cobro adicional que esto genere, en ningún caso podrá cambiarse un tiquete en rutas nacionales por rutas internacionales o viceversa, en estos casos el Colaborador debe pedir el reembolso del tiquete y solicitar una nueva orden de descuento. Todo lo anterior también aplica para órdenes de descuento sin redimir. Máximo se podrán realizar dos (2) revisiones por tiquete, el tiquete revisado debe conservar la caducidad del pax original.

- Se respeta la norma de rutas comunes, para facilitar el embarque de los viajeros con descuento en algunas ciudades dentro y fuera del País sin necesidad de autorización alguna y de cobro adicional, se definen las siguientes zonas como puntos comunes entre sí:

ZONAS

RUTAS

COSTA 1

SMR, BAQ, CTG

COSTA 2

RCH, VUP

EJE CAFETERO

AXM, PEI, MZL

SANTANDERES

CUC, BGA

ESTADOS UNIDOS

MIA, FLL, IAD, JFK, MCO.

SUR AMERICA

BUE (EZE), SCL, GRU

EUROPA

MAD, BCN, ALC

- Los Pax provisionales son de manejo de aeropuerto en casos de calamidad doméstica en días y horarios no hábiles. Los pax provisionales se deben legalizar el siguiente día hábil presentando en el aeropuerto donde fue emitido el soporte de la calamidad y el pax definitivo emitido por el sistema con cargo al cupo del Colaborador.

- Se otorgarán hasta tres (3) tiquetes adicionales al cupo de tiquetes beneficio hasta el lugar de residencia de sus familiares, para el Colaborador y su grupo familiar cuando éste tenga una grave calamidad doméstica, la cual será avalada por Talento Humano mediante presentación del respectivo documento soporte. Estos tiquetes no pagan service charge y tienen derecho a reserva.

- Los Tiquetes Beneficio NO son endosables en ningún caso y no son transferibles con respecto al beneficiario inicial designado por el Colaborador al momento de la solicitud de descuento.

- Al momento del Check in, el Colaborador deberá presentar el carné que lo identifica como miembro de Avianca y su documento de identidad; los miembros del grupo familiar deben portar documento de identidad (cédula de ciudadanía, tarjeta de identidad o registro civil de nacimiento). Estos les serán exigidos al momento del Check in y al abordar el vuelo.

- Los tiquetes beneficio no tienen derecho a compensaciones o resarcimientos de ninguna clase, ni tampoco a hotel y desayunos de la compañía en caso de presentarse un MOTEC o cualquier otra situación por la cual el vuelo se cancele.

VIGENCIA Y DERECHO A RESERVA

- Los Tiquetes Beneficio del Colaborador no tienen derecho a reserva, esto es, son tiquetes “sujetos a cupo” o a sillas disponibles en el vuelo seleccionado. A excepción de algunos regímenes, como se aclara en los anexos.

- Los tiquetes beneficio “sujetos a cupo” están sujetos a la política de prioridad de embarque al momento de abordar el avión.

- Los colaboradores que le apliquen tiquetes con derecho a reserva, deben al momento de efectuar la solicitud de PAX elaborar la reserva a la cual tiene derecho por intermedio del Call Center o en los puntos de venta con al menos 24 horas de anticipación al viaje que sea asignado. Quien no realice dicha reserva no será atendido en el vuelo con las condiciones del mismo.

- Para efectos del abordaje, los Tiquetes Beneficio están rigurosamente sujetos al código de prioridad de embarque definido por Avianca.

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