LEY ESTATUTARIA DE LA SALUD
Enviado por klimbo3445 • 14 de Enero de 2018 • 1.565 Palabras (7 Páginas) • 499 Visitas
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La autonomía médica en donde se convierte obligatoria para los médicos, el control de precio en los medicamentos deberá estar sujeta a los recursos de los clientes.
Para concluir la ley estatutaria es una limitación, no obstante las modulaciones que son limitadas pueden permitir unas exigencias y responsabilidad al estado de integridad y protección por parte del estado. Mientras que no cambie la estructura del sistema y apropiación de los recursos públicos por agentes privados. Los problemas continúan. El ministerio puede avanzar mediante decretos para mejorar el sistema de salud y buscar los intereses de las personas en salud y bienestar para sus descendientes. (dr. mario hernandez, 1 de julio del 2014 )
El segundo ponente es la Dra. CAROLINA CORCHO, quien expresa que una ley es un producto de fuerzas estatutarias, es obligatoria, es constitucional. La ley estatutaria nunca fue idea del gobierno, fue la sociedad civil quien pedía una ley capas de garantizar la salud.
La corte defiende la tutela por lo tanto el gobierno no gano lo que pretendían ya que por medio de la tutela se valen los derechos de la persona y por ende ordena a las EPS a garantizar la salud mediante medicamentos y tratamientos de la persona.
La salud es un derecho para todos, no un servicio publico desligado de sus dimensiones como derecho fundamental. Sin embargo la Dra. Señala que hay dos iniciativas que pretenden restringir el derecho al contenido de un paquete de beneficios costo efectivo, lo cual va a superar la crisis financiera por que el problema es el no pos (plan obligatorio de salud). Donde debe haber una ampliación del contenido esencial del derecho a la salud. Quien de acuerdo con el bloque constitucional también debe incluir los aspectos de las condiciones de vida saludable, la participación social y ciudadana, la autónoma y la libertad individual, que además de la atención mediática.
En este sentido, la atención medica va ser considerada un bien transable, esas dos iniciativas dicen que se debería cambiar la estructura del sistema, recuperar el papel del estado, así con el carácter de recursos públicos y universalizar. Para concluir la Dra. Expresa que puede ser un punto de partida que si se cree y dar un mensaje que si nos encontramos perdidos con el estado ya que se benefician ellos mismos y no benefician a los colombianos a tener una vida digna y el derecho fundamental a la salud y hacer valer la obligatoriedad de la ley estatutaria. (dr. mario hernandez, 1 de julio del 2014 )
Por ultimo es el Dr. GERMAN FERNANDEZ quien enfocara otros aspectos y una dimensión global de dicha ley.
La ley estatutaria es una cadena del proceso social en el tema de la salud es un eslabón social de lo que se esta viviendo en muchos años. En donde es un proceso que ha tenido avances y retrocesos. La constitución estableció principios de salud con el gobierno del presidente Gaviria.
La mayor privatización de recursos públicos privados surgió con la unión soviética que la puso con la condición de privatizarla, así surge en 1993 la ley 100 con el propósito de privatizar el capital social de los colombianos pero además surgió el tema de los riesgos profesionales fueran privatizados y pasaron parte de ser privatizados.
Todas las normas como el 1295 del 94 riesgos laborales en donde las ALR se apropian de los recursos y los aportes que pagan los colombianos para atender el accidente de trabajo profesional pero no los atienden y si se quedan con los recursos que pagan los empleadores que carecen los recursos de producción como los son los recursos de origen fiscal y los recursos de origen parafiscal que son los que pagamos o los que damos algunos ingresos que corresponde de plan obligatorio de salud, que se conforman, se integran con otros recursos como las armas y se acumula en una fosiga de fiducias que en este año presenta cuarenta billones de pesos en salud.
La seguridad social no es un derecho, la salud si, la seguridad social es un conjunto de instituciones que tiene como propósito fundamental de atender a esas personas invalidez, de vejez, fallecimiento prematuro, accidente de trabajo. Lo que hay es un concepto de solidaridad y no esta concebida para que alguien obtenga beneficios sobre esa utilidad.
Las normas existentes confirman que los recursos públicos son de destinación publica y por en de no se pueden gastar los gerentes, fiscales revisores quieran. (dr. mario hernandez, 1 de julio del 2014 )
Bibliografía
dr. mario hernandez, d. g. (Dirección). (1 de julio del 2014 ). analisis de la nueva ley estatutaria [Película].
TRIANA, J. A. (17 FEBRERO 2015). COSAS QUE DEBEN SABER DE LA LEY ESTATUTARIA DE LA SALUD . EL ESPECTADOR.
http://www.minsalud.gov.co/Ministerio/Paginas/objetivosFunciones.aspx
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