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La Ley general del servicio profesional docente.

Enviado por   •  31 de Diciembre de 2017  •  1.392 Palabras (6 Páginas)  •  689 Visitas

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De los puntos más relevantes de los cuales considero mencionar con más profundidad es el ingreso, permanencia y promoción al servicio docente y a los cargos de dirección y supervisión que serán mediante concurso de oposición, lo nuevo que se marca es la evaluación para las promociones ya que son cargos de mucha relevancia dentro del servicio educativo. Por lo tanto, esto representa un paso hacia la mejora de las escuelas, ya que los directivos deben ser personas que cuenten con los conocimientos y habilidades necesarias para desempeñar su labor.

Por lo estipulado en esta Ley los directivos que tengan resultados suficientes de acuerdo a su evaluación tendrán un periodo de dos años de inducción durante los cuales deberá asistir a los programas de liderazgo y gestión escolar, además será evaluado para determinar su idoneidad en el puesto y así adquirir un nombramiento definitivo. Estos cursos son necesarios para las personas que quieren tener la responsabilidad de estar al frente de una escuela.

Las evaluaciones en los docentes efectúa la misma función, ya que al determinar los puntos fuertes y debilidades que se tienen en el desempeño de su labor podrán trabajar en sus debilidades para lograr superarlas. Además como está escrito en el artículo 20 de la Ley General del Servicio Profesional Docente, estas evaluaciones internas deberán dar lugar al establecimiento de mejora. En ningún momento podrán ser causal de procedimientos de sanción ni tener consecuencias administrativas o laborales. Sin embargo las evaluaciones externas, las cuales deberán realizarse mínimo cada cuatro años, tendrán un impacto diferente, ya que si no se obtiene un resultado suficiente según los criterios que establezca el INEE se deberá ingresar a programas de regularización mediante el cual deberá superar las debilidades que haya tenido en su evaluación, a continuación y antes de que transcurra un año deberá realizar otra evaluación, si obtiene nuevamente un resultado insuficiente tendrá que incorporarse nuevamente a los programas de regularización para obtener una última oportunidad de evaluación, de la cual si obtiene otro resultado insuficiente se darán por terminados los efectos del Nombramiento según el artículo 53 de la Ley General del Servicio Profesional Docente. No obstante, esta consecuencia se aplicará para las docentes que ingresen después de la publicación de la Ley, ya que los docentes que ya cuentan con un nombramiento definitivo y no obtengan un resultado suficiente en su tercera evaluación no serán separado de la función pública y será re-adscrito para realizar otras tareas dentro de dicho servicio. Un beneficio que trae esta Ley es que los docentes podrán concursas por las plazas con funciones de dirección y supervisión, y a pesar de que se obtenga un puntaje suficiente deberán tomar cursos de liderazgo y gestión escolar, con esto se podrá contar en las escuelas con directivos que cuenten con las herramientas y habilidades necesarias para desempeñarse en ese puesto y que sean capaces de motivar a su grupo de docentes y así mejorar las escuelas mexicanas.

También para informarnos es importante mencionar que el Programa de Carrera Magisterial dejara de existir, y habrá otro programa de incentivos adicionales, en el cual, la participación será voluntaria e individual y se podrá ingresar e ir avanzando de nivel, de acuerdo a las evaluaciones que se realicen, sin embargo los beneficios serán solamente hasta de 4 años, y para continuar con ellos o avanzar al siguiente nivel se deberán obtener en la evaluación un resultado igual o mayor al que determine el INEE.

Concluyendo que la ley general del servicio profesional docente solamente normaliza lo referente al ingreso, permanencia, promoción, y reconocimiento de la actividad docente y con funciones de dirección y supervisión, considerando así que los maestros de ahora estarán mejor preparado y calificado para poder estar frente a grupo, las plazas se otorgaran por el esfuerzo y dedicación de cada docente, no por la ayuda o la relación que tengan con autoridades educativas (palanca), de esta forma aseguran que los integrantes del Servicio Profesional Docente tengan los conocimientos y perfil requerido para las funciones de docencia, dirección y supervisión en la educación básica y media superior. Me parece justo que ahora el nivel en el que estará el docente será por méritos que ha realizado para mejorar su función, espero que este escrito se lleve a la vida real, que se respete lo estipulado, que no se haga a medias y que lleve una continuidad, ya que esto

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