PROYECCIÓN DEL IMPACTO ECONÓMICO DE LA REFORMA TRIBUTARIA EN LAS EMPRESAS DE PRODUCTOS LÁCTEOS DE LA REGIÓN SABANA CENTRO NORTE
Enviado por Jillian • 15 de Noviembre de 2018 • 5.648 Palabras (23 Páginas) • 492 Visitas
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SEGUNDA ETAPA:
La segunda etapa, entre 1991 y 2002, está marcada por la expedición de la Constitución de 1991, no solo por las innovaciones en materia tributaria, sino, especialmente por la expresa prohibición de las facultades extraordinarias del Ejecutivo para adoptar reformas tributarias a través de Decreto, instrumento preferido del Gobierno durante la década del ochenta, hizo necesario que en los noventa se acudiera al Congreso de manera reiterada para la aprobación de las reformas tributarias que no tuvieron un enfoque definido, pues en realidad pretendían cubrir el déficit originado por las mayores responsabilidades del Estado, transferencias territoriales, ampliación de la seguridad social y los costos del conflicto armado. En cuanto a la seguridad social, estas funciones, que en la Constitución anterior eran privativas del sector público, cambiaron sustancialmente a partir de la posibilidad que se abrió para que pudieran prestarse por particulares, conforme al nuevo marco contenido en la ley 100 de 1993 (Por la cual se crea el sistema de seguridad social en Colombia y se dictan otras disposiciones). Por último,
TERCERA ETAPA:
La tercera etapa, (2002-2010) comenzó con la expectativa de una reforma tributaria estructural que no se concretó, y la utilización del sistema tributario para instrumentar financieramente políticas reconocidas como la seguridad democrática y la confianza inversionista, sin embargo el 26 de Diciembre de 2012 fue sancionada la ley 1607, reforma tributaria que llegó durante la actual administración del Presidente Juan Manuel Santos. En el artículo 20 ibídem, se crea el Impuesto sobre la Renta para la Equidad (CREE) como el aporte con el que contribuyen las sociedades y personas jurídicas y asimiladas, contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios, en beneficio de los trabajadores, la generación de empleo, y la inversión social. La síntesis de los últimos 29 años en Colombia ha consistido en la vivencia y aplicación de infinidad de pequeñas y grandes reformas tributarias, como se menciona inicialmente, han surgido para subsanar el déficit fiscal del Gobierno, sin embargo, esto no sería posible, si los contribuyentes, tanto personas naturales como jurídicas y en especial éste último grupo, no cumplieran con el deber formal de tributar, es gracias a las empresas que gran parte de los tributos llegan a las arcas del estado. Con cada reforma tributaria que comienza a regir, el sector privado se favorece o se desfavorece con la eliminación de tributos, la imposición de nuevos, el aumento del universo de contribuyentes o elementos gravados entre otros motivos, sin embargo, para las compañías es importante identificar el impacto financiero de estas leyes porque de ellas se derivan la toma de decisiones por parte de los directivos, conocer la situación financiera permite predecir futuros contratiempos y por ende proyectar adecuadamente los objetivos a corto y largo plazo. De acuerdo a lo anterior y a la importancia que las empresas de lácteos tienen en la economía del país, se hace necesario estudiar los cambios financieros originados en la reforma tributaria, Ley 1607 del 26 de Diciembre de 2012.
2.3 Marco Documental
Según abecé reforma tributaria del 2017, sintua los siguientes como los aspectos más importantes de la reforma tributaria.
REFORMA TRIBUTARIA
La reforma simplificó el sistema tributario, para que entender y pagar los impuestos sea más fácil. Para ello, se eliminaron tributos, se simplificaron los trámites y las declaraciones, y se acercó la contabilidad a los impuestos. Además, la reforma le apostó a la progresividad, para asegurar que quienes ganan más, paguen más. De la mano de este esfuerzo la reforma mejoró la equidad, protegiendo la capacidad de pago de los colombianos más necesitados y promoviendo igualdad en las reglas del juego para todos los contribuyentes.
MECANISMOS PARA CONTROLAR LA EVASIÓN
a) Fortalecimiento de la Dian Se incluyeron normas que aseguran una modernización tecnológica de la administración de impuestos, enriquecen la carrera administrativa y fortalecen los mecanismos de provisión de empleos. Esto permitirá vincular los mejores profesionales y ejercer una fiscalización más efectiva.
b) Penalización de la evasión de impuestos Colombia era uno de los pocos países del mundo que no tenía un delito específico para quienes evadan impuestos. La reforma creó un tipo penal para la evasión del IVA y uno para el impuesto de renta, que pueden dar hasta 9 años de cárcel.
c) Controles al uso del efectivo, que suele usarse para restringir la trazabilidad de las operaciones y para evadir la vigilancia de la Dian Para ser deducibles en el impuesto de renta, las transacciones individuales en efectivo no podrán ser superiores de $3 millones de pesos. Los pagos en efectivo tendrán además límites relacionados con los gastos totales del contribuyentes, que disminuirán progresivamente hasta quedar restringidos en 2021 al menor valor entre el 35% de los costos y deducciones totales, y el 40% de lo pagado, que en todo caso no podrá superar de cuarenta mil (40.000) UVT. d) Mecanismos de lucha contra la evasión tributaria internacional La reforma incluye normas para evitar el desvío de utilidades hacia jurisdicciones de baja tributación, robustece la capacidad de la Dian de solicitar información a los contribuyentes y mejora las herramientas para el intercambio de información con otros países.
IMPUESTO DE RENTA EN LAS SOCIEDADES
Con el objetivo de tener empresas más estables y competitivas, capaces de generar empleo formal, la reforma redujo significativamente las tarifas del impuesto de renta y simplificó las obligaciones tributarias.
a) Unificación de los impuestos: a partir del 2019 solo existirá el impuesto de renta. Se eliminó el CREE, la sobretasa al CREE y el impuesto a la riqueza.
b) La reforma armoniza el sistema tributario con las nuevas normas contables aplicables a todas las empresas (Normas Internacionales de Información Financiera - NIIF). Así, la ley actualiza el lenguaje contable del Estatuto Tributario, que ahora se referirá a las NIIF. Las empresas pasarán entonces de 4 sistemas contables (Decreto 2649 de 1993, NIIF, Conciliación Fiscal y libro tributario) a un sistema que realiza la conciliación fiscal directamente a partir de la contabilidad NIIF.
c) Las sociedades tendrán a partir de 2019 una
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