UNIDAD 3 MODALIDAD DE CAPITAL VARIABLE
Enviado por Kate • 17 de Diciembre de 2018 • 3.106 Palabras (13 Páginas) • 534 Visitas
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reservan la aplicación del domicilio societario al domicilio efectivo y no al estatutario y agrega que el efectivo es el lugar en donde se toman las decisiones relativas a la actuación de la sociedad.
• Las sociedades extranjera aquellas que se constituyen de acuerdo con la leyes del país del que provienen e interesan a nuestro derecho en la medida en que realicen actos de comercio en territorio nacional.
RELACIONES SOCIALES Y RESPONSABILIDADES ENTRE LA SOCIEDAD, LOS SOCIOS Y TERCEROS ACREEDORES
La poetad de socio provoca la necesaria interrelación con la sociedad y con los terceros con los que el ente de que forman parte establecer relaciones de diversa naturaleza. En el caso de la sociedades de personas ello resulta evidente por la responsabilidad solidaria de los socios ante los terceros acreedores por las deudas sociales, no es así en metería de sociedades con responsabilidad limitada a la aportación porque salvo en los supuestos de que cumplan funciones de administración, los socios podrán ser ajenos a los negocios cotidianos de la sociedad hasta que en la asamblea deban revisar el estado de tales operaciones , además debe ser considerada la responsabilidad fiscal y subsidiaria que solos socio tiene respecto de las obligaciones fiscales de la sociedad en ciertos supuestos.
RESPONSABILIDAD FISCAL
Los socios tienen responsabilidad fiscal, solidaria, y subsidiaria respecto a los gravámenes fiscales de la sociedad de conformidad con la fracción X del artículo 26 del código fiscal de la federación.
DERECHOS DE LOS SOCIOS
En todas las sociedades mercantiles encontramos dos grupos de derechos:
1.- Se encuentran los derechos de carácter patrimonial que son ir los que se traduce en el derecho que tiene los socios para participar proporcionalmente a su inversión.
2.- En segundo lugar se encuentran los derechos administrativos o de índole corporativo en los que destacan desde luego el ejercicio del derecho al voto y el de participación en la gestión social o bien de vigilancia.
La ley reconoce diversos supuestos en los que se conceden a las minorías que representan determinados porcentajes del capital social, ciertos derechos como referimos a continuación:
1.- el derecho que tiene los socios que representen el 25% del capital social para designar un miembro dentro del consejo de administración, cuando tenga tres años o más miembros y en aquellas sociedades que cotice la bolsa el porcentaje será del 10% así como para designar un comisario.
2.-el derecho que tiene los socios que representan el 25% del capital social para solicitar emplazamiento para la celebración de las asambleas generales ordinarias, extraordinarias y especiales sin necesidad de nueva convocatoria.
3.- los socios que representan el 25% del capital social para oponerse judicialmente a las decisiones de las asambleas generales.
4.- los socios que representen el 33% del capital social para solicitar a la administración o bien a la vigilancia que convoquen a los socios a la celebración de las asambleas.
5.-los socios que representan el 25% del capital social para ejercitar la acción de responsabilidad civil en contra de los administradores o bien de los comisionistas.
6.- los socio que representen el 20% del capital social para oponerse judicialmente a que se ejecute e acuerdo de escisión (admitir los actos).
• Para JOAQUÍN GARRIGUES: los derechos de los socios son:
1.-por su contenido: patrimoniales (derecho al dividiendo, cuota de liquidación, de preferencia a suscribirse nuevas acciones, a transmitir su cualidad de socio.
Derechos administrativos (derecho de colaboración, y voto en las juntas, derecho de impugnación de los acuerdos, derecho de información.
2.- por su forma de ejercicio: los que ejercen aisladamente (derecho al dividendo, derecho de información, impugnación) o derechos que ejercen colectivamente.
3.- por su revocabilidad: derechos generales o derechos individuales sustraídos a la soberanía de la junta ya que pueden ser modificables.
PATRIMONIALES
Son todos los de participar en proporción al monto que tengan invertido en la sociedad
PARTICIPACIÓN EN LAS UTILIDADES
En los derechos patrimoniales los socios tiene lo que se conoce como la vocación a las ganancias y a las pérdidas de tal manera que solamente percibirá utilidades y tendrán el derecho a exigirlas al cierra del ejercicio y una vez aprobado por la asamblea el estado de resultados del mismo resulte efectivamente utilidades a ser repartidas en el término establecido por la ley y deberán participar en proporción a su haber social
Las ganancias y pérdida es la nota distintiva del contrato o negocio social que pueden conceptuarse como la condición en todo integrante de una entidad jurídica mercantil como titular de un interés jurídico.
• VAZQUEZ DEL MERCADO: el socio no tiene un derecho sobre los beneficios que el balance arroje hasta en tanto la asamblea lo apruebe y e fije efectivamente la utilidad obtenida.
• En el reparto de las ganancias o perdida se observara, salvo pacto en contrario, la siguientes reglas:
1.- distribucuion de las ganancia o perdida entre los socios capitalista se hara proporcionalmente a sus aportacione.
2.- al socio industrial corresponderá la motan de las ganancias y si fueran varios, esa mitad se dividirá entre ellos
3.- el socio o socio industriales no reportara las perdidas(art16).
CORPORATIVAS.
Son los derechos de carácter corporativos; es el derecho de tomar parte en las decisiones de la sociedad mediante el voto y el derecho que tiene los socios ; administración y vigilancia.
DERECHO AL VOTO
Los derechos corporativos destacan el que tiene los socios para participar en las deliberaciones sociales adoptando así las decisiones pretendientes a las asambleas relativas
UNIDAD 4 obligaciones de los socios
MARTILLA MOLINA
La obligación de los socios consiste en aportar los medios necesarios para la realización del fin común y que las aportaciones del capital se cubren en numerario y aportación de industria.
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