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Acta inmobiliaria

Enviado por   •  20 de Junio de 2018  •  20.207 Palabras (81 Páginas)  •  363 Visitas

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18. Obtener, otorgar y, en general, usar y explotar, por cuenta propia o de terceros, toda clase de concesiones, franquicias, permisos, licencias, sublicencias y autorizaciones respecto de toda clase de bienes muebles (incluyendo derechos) o inmuebles y de propiedad intelectual o industrial, incluyendo de manera enunciativa y no limitativa, para servicios tecnología, asistencia técnica, patentes de invención, modelos industriales, dibujos, modelos de utilidad, diseños, marcas registradas, marcas de servicio, nombres comerciales, anuncios, ingeniería y derechos de autor y derechos relacionados o similares, según sea necesario o conveniente para el desarrollo del objeto de la Sociedad.

19. Proveer y prestar todo tipo de servicios profesionales y comerciales a terceros, incluyendo, sin limitación, la prestación de servicios de personal, administración, operación, construcción, planeación, desarrollo, ingeniería, investigación, capacitación, contabilidad, gerencia, asistencia, consultoría y supervisión a personas físicas y morales, afiliadas o no afiliadas, nacionales o extranjeras, en México o en el extranjero, así como contratar la prestación de todo tipo de servicios profesionales y comerciales, incluyendo los mencionados en este inciso.

20. Emitir acciones no suscritas, para su colocación entre el público, en los términos del Artículo 53 (cincuenta y tres) de la Ley del Mercado de Valores o de cualquier disposición que la sustituya, conforme al procedimiento establecido en estos Estatutos Sociales y en la legislación aplicable.

21. Realizar cualquier acto y contar con cualquier Comité que fuere requerido o permitido por la legislación aplicable, incluyendo la Ley del Mercado de Valores.

22. En general, llevar a cabo toda clase de actos y celebrar todo tipo de convenios, contratos, instrumentos y documentos, incluyendo aquellos de naturaleza civil o mercantil, permitidos por la legislación aplicable, en México o en cualquier otra jurisdicción.

TERCERA. Duración. La duración de la Sociedad será indefinida.

CUARTA. Domicilio. El domicilio de la Sociedad es la ciudad de México, Distrito Federal, México. La Sociedad podrá establecer oficinas, bodegas, centros de distribución y venta, centros de operación, agencias, sucursales o cualquier tipo de establecimiento necesario para sus operaciones, y estipular domicilios convencionales en cualquier lugar dentro o fuera de México, sin que por ello se considere modificado su domicilio social.

QUINTA. Nacionalidad. La Sociedad es de nacionalidad mexicana. Los extranjeros que en el acto de la constitución o en cualquier tiempo ulterior adquieran acciones de la Sociedad, se obligan ante la Secretaría de Relaciones Exteriores a considerarse como mexicanos respecto de (a) las acciones o derechos que adquieran de la Sociedad, (b) los bienes, derechos, concesiones, participaciones o intereses de que sea titular la Sociedad, y (c) los derechos y obligaciones que deriven de los contratos en los que sea parte la Sociedad, y se entenderá que renuncian a invocar la protección de su gobierno, bajo la pena, en caso contrario, de perder en beneficio de la Nación Mexicana los derechos y bienes que hubieren adquirido.

CAPITULO SEGUNDO CAPITAL SOCIAL Y ACCIONES

SEXTA. Capital Social y Acciones. El capital de la Sociedad es variable. El capital mínimo fijo sin derecho a retiro, totalmente suscrito y pagado es de $50,000.00 (cincuenta mil pesos 00/100 M.N.), representado por 5,000 (cinco mil) acciones. El capital social estará representado por acciones serie única, ordinarias, nominativas, sin expresión de valor nominal. Las acciones del capital social conformarán una sola serie de acciones. La totalidad de las acciones en que se divide el capital social será de libre suscripción, en los términos de la Ley de Inversión Extranjera, su Reglamento y demás disposiciones legales aplicables. Cada acción conferirá iguales derechos y obligaciones a sus tenedores. Cada acción otorgará a sus tenedores los mismos derechos patrimoniales, por lo que todas las acciones participarán por igual, sin distinción alguna, en cualquier dividendo, reembolso, amortización o distribución de cualquier naturaleza en los términos de estos Estatutos Sociales, salvo por lo que se refiere al derecho de separación contemplado por la Cláusula Décima Tercera de estos Estatutos Sociales. Sin embargo, para evitar distinciones en el precio de cotización de las acciones, los certificados provisionales o títulos definitivos de las acciones no diferenciarán entre las acciones representativas del capital mínimo fijo y las de la parte variable. Cada acción conferirá derecho a un voto en las Asambleas Generales de Accionistas. Conforme al Artículo 54 (cincuenta y cuatro) de la Ley del Mercado de Valores, previa autorización de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Sociedad podrá emitir acciones sin derecho a voto, al igual que con la limitante de otros derechos corporativos, así como acciones de voto restringido distintas o conforme a lo que prevén los Artículos 112 (ciento doce) y 113 (ciento trece) de la Ley General de Sociedades Mercantiles. Las acciones distintas a las ordinarias, sin derecho de voto o con derecho de voto limitado o restringido, no podrán exceder del veinticinco por ciento (25%) del capital social que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores considere como colocado entre el público inversionista, en la fecha de la oferta pública. La Comisión Nacional Bancaria y de Valores podrá ampliar el límite señalado, siempre que se trate de esquemas que contemplen la emisión de cualquier tipo de acciones forzosamente convertibles en ordinarias en un plazo no mayor a cinco (5) años, contados a partir de su colocación o se trate de acciones o esquemas de inversión que limiten los derechos de voto en función de la nacionalidad del titular. Las acciones sin derecho a voto no contarán para efectos de determinar el quórum de las Asambleas Generales de Accionistas, en tanto que las acciones de voto limitado o restringido únicamente se computarán para sesionar legalmente en las Asambleas de Accionistas a las que deban ser convocados sus tenedores para ejercer su derecho de voto. Al momento de emisión de acciones sin derecho de voto o de voto limitado o restringido, la Asamblea General de Accionistas que acuerde su emisión determinará los derechos que les correspondan. En su caso, las acciones que se emitan al amparo del párrafo anterior, serán de una serie distinta a las demás acciones que representen el capital de la Sociedad.

SÉPTIMA. Acciones de Tesorería; Colocación. La Sociedad podrá emitir acciones no suscritas, las cuales se

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