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Antecedente de la Clasificación - Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación

Enviado por   •  28 de Junio de 2018  •  2.458 Palabras (10 Páginas)  •  490 Visitas

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La Tarifa del artículo 1º de esta Ley del Impuesto General de Importación y de Exportación de acuerdo a la Regla Complementaria 2a. está dividida en 22 secciones que se distinguen con números romanos, ordenados en forma progresiva, sin que dicha numeración afecte las claves numéricas de las fracciones arancelarias. La codificación de las fracciones, que dentro de la subpartida aplicable, son las que definen la mercancía y el impuesto aplicable a la misma, estará compuesta de la siguiente forma:

- El capítulo se identifica por los dos primeros números , ordenados en forma progresiva del 01 al 98, a excepción del 77 que ha sido reservado para usos ulteriores de la Organización Mundial de Aduanas;

- Las partidas quedan constituidas por los dos números correspondientes al Capítulo seguidos del tercer y cuarto dígitos de la codificación.

- Las subpartidas se significan por adicionar a los de la Partida, un quinto y sexto dígito. Estas pueden ser de primer o segundo nivel, que se distinguen con uno o dos guiones respectivamente, excepto aquellas cuyo numérico de subpartida se representa con dos ceros (00).

Son de primer nivel, aquellas en las que el sexto digito es cero (0).

Son de segundo nivel, aquéllas en las que el sexto dígito es distinto de cero.

Para los efectos de la Regla General 6, las subpartidas de primer nivel a que se refiere este inciso, se presentarán en la Tarifa de la siguiente manera:

i) Con 6 dígitos, siendo el último “0”, adicionados de su texto precedido de un guión.

ii) Sin codificación, citándose únicamente su texto, precedido de un guión.

Las subpartidas de segundo nivel son el resultado de desglosar el texto de las de primer nivel mencionadas en el inciso anterior. En este caso el sexto dígito será distinto de cero y el texto de la subpartida aparecerá precedido de dos guiones, y

- Las fracciones se identificarán adicionado al código de las subpartidas un séptimo y octavo dígito, las cuales estarán ordenadas del 01 al 98, reservando el 99 para clasificar a las mercancías que no se cubren en las fracciones específicas.

Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación

22 Secciones en números romanos, con sus Notas y Notas Explicativas

98 Capítulos con sus Notas y Notas Explicativas

Partidas con sus Notas Explicativas

Subpartidas algunas con Notas

Fracciones agrega dos dígitos más a las subpartidas para formarlas

Las Notas Legales han permitido redactar resumidamente los textos de las partidas y subpartidas sin perjudicar la precisión ni la exactitud de interpretación que es esencial salvaguardar para subsanar las dudas y evitar las discusiones e impugnaciones.

Su cometido conforme el caso es, ya sea indicando de una manera general el contenido de la partida o la definición de ciertos términos, procediendo por vía de enumeración de ejemplos característicos o de una lista limitativa de productos comprendidos en una partida o grupo de partidas, o por vía de exclusiones de artículos que no deben incluirse en una Subpartida, Partida, Capítulo o Sección.

Las fracciones arancelarias tienen las siguientes finalidades:

- Gravar con aranceles

- Indicar las regulaciones y restricciones no arancelarias (permisos, autorizaciones, cupos máximos, marcado de país de origen, certificaciones, cuotas compensatorias)

- Cumplimiento de Normas Oficiales Mexicanas

- Señalar las mercancías que están sujetas al Padrón de Importadores

- Indicar las mercancías que están sujetas a Padrones Especiales (calzado, textil, electrodomésticos, papel, etc.)

- Mercancías con tasa 0% del Impuesto al valor agregado

- Mercancías sujetas a información técnica a que se tenga que proporcionar a la autoridad en el momento de su despacho.

- Las mercancías sujetas a precios estimados

- Que las mercancías importadas bajo programas de promoción sectorial, programas de fomento a la Exportación (Maquila de Exportación, Programa de Importación Temporal para Producir Artículos de Exportación), correspondan con los autorizados

- Otorgar tasas preferencias arancelarias a que están sujetas las mercancías de acuerdo a los Tratados de Libre Comercio Celebrados por nuestro país

- Si es posible que se despachen o no en determinadas aduanas

- Si están sujetas al Padrón Sectorial o bien a información técnica que se tenga que proporcionar a la autoridad en el momento de su despacho

Si la clasificación arancelaria es incorrecta se puede estar omitiendo impuestos o bien pagando de más, si se omite existe la posibilidad de ser descubiertos y tener que pagar la omisión del impuesto más la multa, con la posibilidad que la mercancía sea embargada por la autoridad y pase a propiedad del fisco federal.

Si se esta pagando con un arancel más alto la empresa no pueda ser competitiva al salir del mercado por precio.

No únicamente es la omisión de contribuciones sino dejar de cumplir con las regulaciones y restricciones no arancelarias, por lo cual quien realice esto será sancionado e igualmente corre el riesgo de perder su mercancía al tener que ser embargada por la autoridad aduanera.

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IV.- Artículo 2º de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación

ARTICULO 2. Las Reglas Generales y las Complementarias para la aplicación de la Tarifa de la Ley del Impuesto General de Importación y de Exportación, son las siguientes:

- Reglas Generales.

La clasificación de las mercancías en la nomenclatura se regirá por los principios estipulados en las 6 reglas generales acordes a este propósito, empleadas en todos los países que se rigen por el Convenio del

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