CAPÍTULO II DE LOS INGRESOS POR ACTIVIDADES EMPRESARIALES Y PROFESIONALES
Enviado por tomas • 16 de Noviembre de 2018 • 1.898 Palabras (8 Páginas) • 563 Visitas
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Al resultado que obtengamos de lo anterior se le aplicara una tarifa de acuerdo a una tabla en la cual se checa el límite superior, inferior una tasa, un excedente y lo que se obtenga de dichas operaciones será el impuesto a pagar.
Art.107: quienes obtengan durante el ejercicio ingresos de forma esporádica, que se deriven de los servicios profesionales y no obtengan ingresos gravados, deberán cubrir como pago provisional a cuenta del impuesto anual, el monto que dé como resultado el aplicarles una tasa del 20% sobre sus ingresos sin deducciones. Su pago provisional se hará por medio de una declaración que se presentara a los 15 días siguientes a la obtención de dicho ingreso. Tendrán la obligación de llevar su contabilidad en libros y registros y presentar sus declaraciones provisionales.
Presentaran su declaración anual y solo deducirán aquellos gastos que correspondan o estén relacionados con su actividad o servicio profesional.
Art.108: este artículo nos habla de la realización de actividades empresariales a través de una copropiedad, en el que el representante designado, determinara la utilidad fiscal o perdida de sus actividades y cumplirá por su cuenta la totalidad de los copropietarios las obligaciones que señala la ley e incluso la de los pagos provisionales, para efectos del impuesto los copropietarios consideran la utilidad o perdida en parte proporcional que todos acreditaran, el pago provisional realizado por el representante.
Art.109: los contribuyentes deberán calcular el impuesto del ejercicio a su cargo, la utilidad fiscal se determinara, cuando se disminuya la totalidad de los ingresos acumulables obtenidos por sus actividades, una vez que se haya obtenida la utilidad se disminuirá a la PTU que las empresas paguen a sus trabajadores y si el resultado son perdidas estas será utilidad gravable, y se irá disminuyendo hasta agotarla, si el contribuyente no resto dicha perdida en el ejercicio correspondiente perderá el derecho de disminuirlo en un ejercicio posterior.
Art.110: las personas físicas que están sujetos al régimen que mencionamos tendrán la obligación de:
- Solicitar su RFC en las oficinas del SAT o por medio de su portal de internet.
- Llevar su contabilidad, y sus ingresos no deberán de exceder de 2,000,000.00
- Expedir comprobantes como el CFDI, que ampare los ingresos obtenidos.
- Conservar la contabilidad para futuras aclaraciones, deberá ser la documentación como mínimo de 5 años de actividades y se ira eliminando los años anteriores conforme al termino del ejercicio.
- Deberán elaborar un estado de posición financiera año con año de igual forma en el momento que se deje de realizar actividades. y tener un inventario que se actualice cada año (31 diciembre).
- Mantener y presentar la información cuando sea requerida por las autoridades fiscales.
- Expedir constancias y comprobantes de los pagos que constituyan ingresos de fuente de riqueza ubicada en México.
- Presentar y tener soportada la declaración de cada ejercicio y/o cuando sea solicitada por las autoridades fiscales.
- Obtener y conservar la documentación siempre y cuando no se haya excedido de los
- 13, 000,000.00 en el ejercicio anterior.
CORRELACION
El art. 1 del CFF y el art. 100 de LISR hablan sobre las contribuciones, ya que son aquellos impuestos que las personas físicas están obligados a pagar así como las aportaciones de seguridad en caso de contar con trabajadores a su cargo.
El art. 4ª del CFF nos habla también de los impuestos cobrados a los extranjeros y que la SHCP tendrán la obligación de recaudar dichos impuestos de acuerdo con los tratados internacionales acordados.
El art. 9 del CFF nos habla acerca de las personas que hayan establecido su casa habitación en México. Cuando las personas físicas de que se trate también tengan casa habitación en otro país, se considerarán residentes en México, si en territorio nacional se encuentra su centro de intereses vitales
CONCLUSION
En esta investigación se hablo del régimen de personas físicas con actividad empresarial y profesional, es muy importante que investiguemos no solo de este régimen sino de los demás que conforman en el SAT, actualmente muchas personas no conocen los beneficios o más bien las ventajas y desventajas que tiene el régimen que se describe anteriormente.
Muchas personas prefieren evadir impuestos para pagar menos, pero a veces por querer evadirlos cometen actos ilícitos que después salen más caros que el haber pagado lo que en realidad era de impuestos.
También es importante que los estudiantes conozcamos las cifras que tiene el SAT de los contribuyentes que están inscritos, ya que por el simple hecho de no leer, vivimos siempre en la ignorancia y en la falta del saber.
Es por eso que luego muchas personas abusan de que no sabemos ya sea calcular impuestos, saber que gastos puedo deducir, saber a qué régimen pertenecen dependiendo su actividad y los ingresos que el mismo maneje.
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