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DEDUCCIONES PROHIBIDAS GASTOS PERSONALES

Enviado por   •  7 de Diciembre de 2018  •  1.102 Palabras (5 Páginas)  •  365 Visitas

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MULTAS Y SANCIONES

No son deducibles para la determinación de la renta imponible de tercera categoría: las multas, recargos, intereses moratorios previstos en el Código Tributario, y en general sanciones aplicadas por el Sector Público Nacional.

- Intereses Moratorios: los intereses moratorios se aplican diariamente desde el día siguiente a la fecha de vencimiento hasta la fecha de pago.

La suspensión de intereses no es aplicable a la etapa de apelación ante el Tribunal Fiscal, ni durante la tramitación de la demanda contencioso-administrativa.

Los intereses que sean generados por el acogimiento al fraccionamiento, son deducibles de la renta bruta para efectos de determinar el Impuesto a la renta de tercera categoría.

- Multas y sanciones aplicadas por el sector público nacional:

- Sector Público Nacional: se encuentran incluidos:

- El Gobierno Central

- Los Gobiernos Regionales

- Los Gobiernos Locales

- Las Instituciones públicas sectorialmente agrupadas o no.

- Sociedades de Beneficencia Pública.

- Los Organismos Descentralizados Autónomos.

Se debe señalar que en ciertos casos el pago de multas cumple con el principio de causalidad ya que el pago de estas multas es absolutamente para que la empresa pueda seguir generando ingresos de renta gravada.

- Sanciones: no son deducibles para la determinación de la renta imponible de tercera categoría por mandato expreso de la norma.

INTANGIBLES

Los intangibles son valores inmateriales; derechos y privilegios de utilidad para la empresa con respecto a su capacidad para generar ingresos futuros.

- Los Activos para ser considerados deben reunir las siguientes características

- Identificables

- No monetarios

- Sin sustancia física

- Destinados a la producción, suministro de bienes y servicios, arrendamiento a terceros o fines administrativos

Las normas del impuesto a la renta clasifican a los intangibles en dos grupos:

Activos Intangibles de duración Ilimitada

- No podrán ser deducidos para determinar el impuesto a la renta

- Dentro de estos intangibles tenemos a las llaves, marcas, patentes, procedimientos de fabricación y similares.

- Las certificaciones no son deducibles para el impuesto a la renta

- El permiso de pesca no puede ser deducible para efectos del impuesto a la renta

- Si un intangible de duración ilimitada adquirido y utilizado por la empresa es vendido. El contribuyente puede deducir la diferencia que constituya perdida. Del mismo modo si el contribuyente puede demostrar que el intangible es obsoleto puede deducirlo.

Activos Intangibles de duración Limitada

Este tipo de intangibles tiene una vida útil limitada por ley y por su naturaleza.

Según el reglamento del IR se considera activos intangibles de duración limitada a las patentes, modelos de utilidad, derechos de llaves, diseños o modelos de planos, procesos o formulas secretas y software.

Formas de Deducción

- Deducir el total del valor de adquisiciones en el ejercicio en que esta se realizo

- Amortizar el valor de adquisición en la vida útil (derecho de uso) del intangible

- Cualquier modificación en la opción seleccionada solo podrá ser autorizada por SUNAT

- Las mejoras también serán deducidas para el impuesto a la renta.

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