La Gran Causa 2405.
Enviado por monto2435 • 18 de Febrero de 2018 • 1.749 Palabras (7 Páginas) • 433 Visitas
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Declaraciones:
El “Comitente” declara:
- Esta es una sociedad de orden mercantil que se constituyó conforme a la legislación correspondiente vigente en (México D.F.), acto visible en “Escritura Pública” No. 56832 del 12 de enero de 1999, que consta y da fe el Lic. Antonio Machado López notario público número 265 de la ciudad de México Distrito federal.
- Se acredita la personalidad del representante de la parte contratada por medio del acta notarial número 6589 celebrado el 31 de octubre de 2010 en México D.F., realizada por el notario público número 896 de la ciudad de México. Encontrándose en pleno uso de sus facultades legales.
- El domicilio en que se celebra el presente contrato es (Avenida México Número 759 despacho 23)
El Comisionista declara:
- Ser una empresa mexicana y que tiene su domicilio en Avenida México Número 759 despacho 23
- Declara tener registro federal de contribuyentes
- Declara tener la capacidad para realizar el trabajo comisionado.
Declaran las partes lo siguiente:
Para regir el presente contrato, ambas partes se someten a:
- Las leyes y códigos que emanen de la constitución y código de comercio del distrito federal.
- Las cláusulas del presente contrato.
Conforme a lo anteriormente expuesto, y reconociendo el valor del presente contrato, ambas partes se someten a las siguientes:
CLÁUSULAS:
PRIMERA.- Se reconoce la personalidad de ambas partes en forma mutua y quedando plenamente conformes del valor y obligaciones del presente contrato.
SEGUNDA.- Las partes quedan conformes en disecarse en forma ordinaria al comercio asumiéndose a la legislación vigente en especial a los artículos.
TERCERA.- Este contrato tendrá validez durante el tiempo que dure la comisión encomendada y no tiene carácter de indefinido y renovable conforme previo acuerdo de las partes.
CUARTA.- La parte comisionista y comisionada, se encuentran en libertad de contratarse en forma independiente, pero comprometiéndose a no tener competencia desleal y en caso de hacerlo será sometido a la legislación correspondiente.
QUINTA.- La parte comisionista acepta con fundamento en el artículo 512° de la Ley Federal del Trabajo a realizar las comisiones le sean indicadas conforme a este contrato, sin rehusar su realización salvo causas de fuerza mayor.
SEXTA.- La comisión contratada consiste en lo establecido en las siguientes estipulaciones
Venderá componentes en todas las tiendas y con todos sus asociados.
Prospectar nuevas asociadas, conducir reuniones semanales, asesorar en la creación de empresas a las asociadas, entregar catálogos trimestralmente a las asociadas, recoger pedidos y comprobantes de pago, entregar paquetes a las asociadas, firmar contratos, detectar centros de reunión de amas de casa.
SEPTIMA.- La comisionista contratada, se abstendrá de contratar o subcontratar a otras empresas, para realizar la función comisionada
OCTAVA.- La empresa comisionada, realizará la comisión en nombre y cuenta del comitente, amenos que exista estipulación realizada por este.
NOVENA.- Con fundamento en el artículo 512° de la Ley Federal del Trabajo la comisión contratada se realizará bajo las instrucciones del comitente y no está facultado para contradecirlas y en caso de no cumplirlas, el comisionista se acoplará a no hacer o producir daño a la empresa contratante.
DÉCIMA.- En caso de existir conflictos, problemas o deficiencias ''LA COMISIONISTA'' responderá ante ''EL COMITENTE'' de las operaciones hechas con violación, exceso o defecto de
DÉCIMA PRIMERA.- En caso de robos, daños o discordancias, la empresa contratada se compromete a informar y responder al contratante y en caso de no hacerlo se someterá a este contrato y a las leyes correspondientes.
DÉCIMA SEGUNDA.- ''LA COMISIONISTA'' entregará informes en tiempo y forma establecidos a la empresa contratante.
DÉCIMA TERCERA.- La comisionista se abstendrá de realizar actos comerciales que no se encuentren ligados al presente contrato.
DÉCIMA CUARTA.- la parte contratante y la contratada, quedan conformes a que las partes a que los pagos y transacciones se realizarán el día 30 de cada mes y comenzará su vigor al día siguiente de firmado.
DÉCIMA QUINTA.- En términos del artículo 307 de ''LA LEY'', ''EL COMITENTE'', podrá en cualquier tiempo revocar la Comisión que aquí se confiere a ''LA COMISIONISTA'', sin más responsabilidad que estar a las resultas comerciales de las gestiones o parte de las mismas que de modo fehaciente acredite ''LA COMISIONISTA'' ya haber realizado.
DÉCIMA SEXTA.- La empresa contratada, puede en caso de ser requerido, presentar una fianza que avale el costo del trabajo realizado; esto en caso de haber sido requerido.
DÉCIMA SÉPTIMA.- En caso de ser requerido, la empresa contratante, extenderá una guía o manual de operaciones, que deberá ser entregado en tiempo y forma.
DÉCIMA OCTAVA.- La empresa contratada, tendrá facultades para otorgar facturas o documentos similares correspondientes, siempre conforme a la ley y a lo estipulado en el contrato.
Después de haberse leído el presente contrato, y después de quedar enteradas las partes de su contenido será firmado por los representantes.
México D.F. a 02 de junio de 2016
Representante Representante
comitente comisionista
Firma Firma
DIRECCIÓN
Características de los líderes.
- Del corporativo.
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