La forma de la extinción de la obligación tributaria es el pago, no siendo esta la única forma, se ve reflejada como una acción de dar, buscando como fin satisfacer un interés publico
Enviado por Christopher • 30 de Octubre de 2018 • 1.992 Palabras (8 Páginas) • 513 Visitas
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El sujeto pasivo
Esta legitimado para hacer el pago el realizador del hecho imponible Qué es propiamente del contribuyente dos también está legitimada para realizar el pago aquellos a quienes la ley les impone la obligación de efectuar como es el caso de los retenedores los sustitutos responsables representantes que cómo se señaló el código fiscal Federal trata como responsables solidarios en su Artículo 26 3 puede hacer el pago también cualquier persona es decir un tercero ya sea que lo conozca y lo apruebe el deudor o que le ignoré
C. Elementos de Tiempo
La época del pagos de plazo es un momento establecido en la ley para complementar la obligación tributaria principal, se computa a partir de la apertura del plazo legal transcurrido el período de pago voluntario en los plazos señalados por la ley se inicia la posibilidad de cobro por vía ejecutiva mediante la aplicación del procedimiento administrativo de ejecución.
Es natural que el hecho previsto en la norma jurídica de forma hipotética y te provoca el surgimiento de la obligación impositiva se realizan en un tiempo o espacio para determinado este elemento es muy importante para saber cuándo se crea la obligación fiscal En consecuencia en qué momento surge su exigibilidad y en función de su acontecimiento determinar Cuál es la ley aplicable. En razón de su estructura temporal los hechos imponibles se clasifican en:
a) Instantáneos ocurre en determinado momento y cada vez que se presenten se dan al surgimiento de la obligación tributaria por ejemplo la adquisición de un bien.
b) periódicos o conjuntivos en esto se requiere un tiempo una suma de circunstancias acontecimientos o hechos globalmente considerados por ejemplo el impuesto sobre la renta ya que su periodo de causación es anual
D. Elementos de Lugar
Ya establecido como regla el centro de transferencias electrónicas como el pago directo instituciones financieras autorizadas preferentemente los bancos de manera excepcional en algunos casos se puede pagar en las oficinas recaudadoras u organismo fiscal autónomo
7.3.3 Formas de Pago
Es fundamental señalar que las contribuciones pueden pagarse en dinero o en especie siguiendo la legislación aplicable para cada caso, en México Generalmente el entero respectivo se hace en efectivo en moneda de curso legal siguiendo las modalidades jurídicas y conducentes con las acepciones que en algunos casos se permiten en este Sí Dentro de esa forma se incluye la presentación de la declaración manifestación o aviso por el contribuyente o representante legal utilizan las los formatos autorizados por las autoridades Fiscales competentes ante las oficinas de dependencias o instituciones que se proceda.
Sabiendo que lo que es la contribución su clasificación y sus elementos podemos determinar Cuál es la forma de pago la forma de pago de las contribuciones y aspectos generales los encontramos regulados en el código fiscal de la federación en su Artículo 20
7.3.4 Devolución
Respecto de este apartado cabe mencionar que las autoridades Fiscales están obligadas a devolver las cantidades pagadas indebidamente y las que procedan de conformidad con las leyes Fiscales en este sentido la devolución podrá hacerse de este oficio de petición del interesado mediante cheque nominativo para abono en cuenta del contribuyente o certificados expedidos a nombre de este último los que se podrían utilizar para cubrir cualquier contribución que se paga mediante declaración ya sea su cargo o que debe enterar en su carácter de retenedor Para tener una perspectiva más amplia es oportuno citar lo siguiente Artículo 22 del código fiscal de la federación comenzaremos puntualizando las distintas figuras que regula este artículo
• Saldo a favor
• derecho a la devolución
• plazo para aclaración de errores en los datos
• plazo para solicitar la devolución de cantidades menores a las solicitadas
• Plazo para efectuar la devolución
• el fisco federal pagará la devolución actualizada
• cuando se entenderá de esta debidamente efectuada en la devolución
• plazo para entrega del monto de la devolución
• recargos por devolución improcedente
• prescripción de la devolución
• formulación de los requerimientos en documentos digitales Devolución de pago de lo indebido
Devolución del pago de lo Indebido
Artículo 22 código fiscal de la Federación
Las autoridades Fiscales de Volverán las cantidades pagadas indebidamente y las que procedan conforme a las leyes Fiscales en el caso de contribuciones que subieron retenido la devolución se efectuará a los contribuyentes A quiénes se les hubiera venido la contribución de que se trate tratándose de los impuestos indirectos la devolución por pago de lo indebido se efectuará a las personas que hubieran pagado el impuesto traslado A quién lo que usó siempre que no lo hayan acreditado por lo tanto ,quien trasladó el impuesto ya sea en forma expresa y por separado o incluido en el precio no tendrá derecho a solicitar su devolución tratándose los impuestos indirectos pagados en la importación proceder a la devolución al contribuyente siempre y cuando la cantidad pagada no se hubiera acreditado.
Saldo a favor
Cuando la contribución se calcula por ejercicios Únicamente se podrá solicitar la devolución del saldo a favor cuando se haya presentado la declaración del ejercicio salvo que se trate del cumplimiento de una resolución o sentencia firme y autoridad competente en cuyo caso podrá solicitarse la devolución independientemente de la presentación de la declaración
Derecho a la devolución
Si el pago de lo indebido se hubiera efectuado en cumplimiento del acto de autoridad el derecho a la devolución en los términos de este artículo nace cuando dicho acto se anule lo dispuesto en este párrafo no es aplicable a la determinación de diferencias por errores
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