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Personas fisicas y morales.

Enviado por   •  2 de Noviembre de 2017  •  2.382 Palabras (10 Páginas)  •  747 Visitas

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- Adquisición de la Personalidad Jurídica: Personas Físicas y Personas Morales

La capacidad jurídica de las personas físicas se adquiere por el nacimiento y se pierde por la muerte, sin embargo, cabe resaltar que desde que el individuo es concebido, este se encuentra bajo protección[13], es decir, sus derechos se encuentran en potencia: “infans conceptus projam nato habetur de quotes agitur”[14]. Una vez nacido, adquiere personalidad jurídica al nacer vivo y viable y sea presentado ante el Oficialía del Estado Civil, para de una vez ser reconocido por el Estado[15].

Han existido ciertas diferencias de opiniones en relación con la condición de “viabilidad” que ha de tener el naciturus para obtener personalidad jurídica, sin embargo, en la mayoría de las legislaciones, es uno de los requisitos para la adquisición de la personalidad, quedando asi limitado en un plazo de 24 horas mínimo[16].

En cuanto a las personas morales, se establece que la adquisición de la personalidad jurídica se da al momento de ser constituida ante el órgano competente del Estado y se extingue de acuerdo a lo que se establece en la ley[17].

1.5 Características de los derechos de la Personalidad

Entre las principales características de los derechos de la personalidad, se pueden destaca[18]r:

- Son patrimoniales, más no pecuniarios[19].

- Son oponibles[20]

- Su titular es la persona física o la persona moral.

- Son intransmisibles.

- Son personalísimos, naces y se extinguen con la persona.

- Son inembargables

- Son imprescriptibles

- Son irrenunciables[21]

1.6 Atribuciones a la Personalidad Jurídica: Persona Física y Persona Moral

- Personas Físicas:

Las atribuciones de la personalidad jurídica de la persona física son las siguientes:

- El Nombre:

Mazeaud define el nombre como el vocativo o designio de una persona[22].

El nombre es una construcción de un nombre de pila o propio que sirve para la identificación dentro del seno familiar, y un apellido o nombre de familia, que sirve para individualizarla en el seno de la sociedad, y determina su filiación y en consecuencia su vía de parentesco[23].

El nombre de la persona física es imprescriptible, indivisible e inalienable[24].

Cabe destacar, que el nombre de pila y/o el nombre pueden sufrir cambios.

- El Domicilio:

Es el lugar de permanencia del individuo. Es de carácter libre y ayuda a completar la identificación de la persona. Existen tres tipos de domicilio:

El voluntario, el convencional, que lo fijan las personas para determinadas obligaciones, y el domicilio legal, el cual es determinado por la ley o una persona para el ejercicio de sus derechos y cumplimiento de obligaciones[25].

Cabe destacar que a diferencia del domicilio, la residencia es el lugar donde la persona física habita o vive; y en los casos en que la persona física no tenga otro lugar de principal establecimiento, el domicilio y la residencia coinciden[26].

El domicilio, cuenta con ciertas características, entre las que se pueden mencionar[27]:

- Unidad: Esto quiere decir, que el domicilio es único para cada persona física, esta solo tiene uno y solamente uno.

- Mutabilidad: Esto quiere decir, que el domicilio, a pesar de ser único, puede ser cambiado.

- La Capacidad Jurídica:

Esta capacidad se vincula con la aptitud de la persona para sr sujeto de derechos de forma activa o de forma pasiva en las relaciones jurídicas[28].

La capacidad jurídica puede ser de goce, la cual se adquiere desde el nacimiento y siempre permanecerá ligada a la personalidad, es decir, una vez obtenida no se pierde, con excepción en algunos casos; y también está la capacidad de ejercicio, la cual la poseen las personas aptas con discernimiento para actuar por si mismas, ejerciendo sus derechos y cumpliendo con sus obligaciones[29].

- Estado Civil:

El estado civil es la situación jurídica en la cual se encuentra la persona frente a la familia, la sociedad y la nación[30].

El estado civil tiene las siguientes características[31]:

- Toda persona posee un estado civil, único e indivisible.

- Es permanente, no se pierde hasta que se obtenga otro, (el individuo puede pasar de soltero a casado).

- No se renuncia, no se transmite, no se transfiere.

- Nacionalidad:

La nacionalidad es el vínculo del Estado y el individuo, pudiendo este ultimo ser nacional o extranjero. De aquí, entonces se desprende la calidad del individuo de llegar a ser ciudadano o no[32].

La nacionalidad puede ser originaria o adquirida[33], mientras que la ciudadanía es solamente adquirida.

- Patrimonio:

Se considera patrimonio el conjunto de derechos y obligaciones que son susceptibles a valorarse económicamente[34].

- Personas Morales

Por otra parte, es importante señalar que las personas morales también poseen atributos de su personalidad jurídica, algunas coinciden con las atribuciones de las personas físicas y otras son distintas o simplemente no están. Estas atribuciones son las siguientes:

- Nombre:

El nombre comprende la denominación con la cual cada persona moral se distingue una de la otra. Normalmente se conoce como “Razón Social”[35].

- Domicilio:

Es el lugar

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