LOS SUJETOS DE DERECHO Personas físicas y personas morales
Enviado por mondoro • 13 de Septiembre de 2018 • 847 Palabras (4 Páginas) • 482 Visitas
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- Voluntario: Es el que elige la persona
- Legal: El que le fija la Ley.
- Convencional: Es el que se tiene derecho a designar para el cumplimiento de determinadas acciones (pago de impuestos).
PATRIMONIO: Conjunto de bienes, derechos y obligaciones de una persona pecuniarios o morales que forman una universalidad de derecho. (Pecuniario: Apreciables de dinero)
Art.- 600 CCQROO: Patrimonio moral es el conjunto de los derechos de la personalidad.
ESTADO CIVIL: Situación jurídica que guarda una persona en relación con la familia, el matrimonio no puede ser objeto de transacción o enajenación, es intransmisible
NACIONALIDAD: Es el estado de la persona que consiste en el vínculo que política y jurídicamente le une al estado. La nacionalidad mexicana se adquiere por nacimiento o naturalización.
PERSONA MORAL.
Una persona moral, es un conjunto de personas físicas que se unen con un fin específico, por ejemplo, formar una sociedad o una empresa. Las personas Morales tienen cinco atributos: Capacidad, Nombre, Domicilio, Patrimonio y Nacionalidad. (Los mismos que las personas físicas, pero sin “Estado Civil”).
CAPACIDAD: La capacidad jurídica de las personas morales las atribuye la Ley atendiendo a la naturaleza, objeto y fines de dichas personas. La capacidad de las personas morales se distingue de las personas físicas en dos aspectos:
- En las personas morales no puede haber incapacidad de ejercicio,
- En las personas morales su capacidad de goce está limitada en razón de su objeto o naturaleza.
En el Artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se especifican ciertos aspectos de la Capacidad de las personas morales.
NOMBRE (Razón social / Denominación):
- Razón social: Cuando el nombre de la persona moral tiene que ver con los socios. Ejemplo: Grupo Natalia Arce y Asociados.
- Denominación: Cuando no tiene nada que ver con el nombre de la persona física.
DOMICILIO: Las personas morales tienen su Domicilio en el lugar dónde se halle establecida su administración. Para el caso de diversas administraciones en distintos lugares, deberá atenderse al domicilio en el Acta y Escritura Constitutiva de la persona moral. (Acta Constitutiva: El Acta cuando nace una persona moral o una sociedad)
NACIONALIDAD: La nacionalidad de las personas morales se define de acuerdo con el Artículo 5 de la vigente Ley de Nacionalidad y Naturalización, tomando en cuenta dos factores:
- Que se haya constituido conforme a las Leyes mexicanas.
- Establezca su domicilio en el territorio de la República Mexicana.
PATRIMONIO: Conjunto de bienes, derechos y obligaciones de una persona, pecuniarios o morales.
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