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Tlc chile canada

Enviado por   •  12 de Abril de 2018  •  3.134 Palabras (13 Páginas)  •  366 Visitas

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Beneficios del TLC para Chile:

- Rebajas arancelarias

- Eliminación de impuestos aduaneros

- Ingreso de industrias nacionales a los mercados canadienses

- Accesos a nuevas tecnologías.

Objetivos del TLC para Chile y Canadá (EENI- Escuela de Negocios, 2015):

- Eliminar los obstáculos al comercio exterior para facilitar la circulación transfronteriza de productos y servicios.

- Aumentar las oportunidades de inversión extranjera directa entre ambos países.

- Dar condiciones para una competencia leal en la zona de libre comercio.

Reglas de Origen: (Camara Chileno Canadiense)

Este tratado establece Reglas de Origen que certifican la aplicación de un trato preferencial a una amplia gama de productos de manufactura chilena y canadiense. Las Reglas de Origen del TLC han utilizan como referencia las del NAFTA, pero estas son más liberales.

- Las Reglas de Origen determinan según este tratado, si es que un bien califica para el tratamiento preferencial.

- El propósito de las Reglas de Origen es evitar que los bienes de terceros países obtengan un acceso preferencial, ya sea a Canadá o Chile.

- Las Reglas de Origen generales se aplican, a menos que existan excepciones específicas, a todos los productos. Las excepciones se aplican a pequeñas cantidades de material no originario que pueden estar contenidos en otro producto catalogado como originario, incluso si la regla de origen para ese producto no se satisfaga de otra manera.

- Algunas Reglas de Origen específicas se detallan para ciertos productos en particular, según sus números de categoría HS.

- En cada caso, la regla especifica el cambio en la clasificación tarifaria que los materiales no-originarios, utilizados en la fabricación de un producto, deben experimentar dentro de la región de libre comercio, con el objeto de que el producto pueda ser considerado "originario".

- En ciertos casos, la regla determina niveles mínimos de contenido regional que debe incluir el producto y existen dos métodos para evaluarlo, el método de transacción del valor y el método del costo neto.

- El capítulo D del Tratado constituye las Reglas de Origen Generales.

- El anexo D-01 establece las Reglas de Origen específicas.

Reglas de Origen Generales

- Se refiere a bienes originados en el área de libre comercio si es que son producidos en cualquiera de ambos países, o fabricados completamente con materiales originarios.

- Los Bienes son considerados originarios cuando contienen materiales no-originarios que han sufrido cambios específicos de glosa aduanera en la clasificación del HS.

- En el caso de ser especificado en la regla para un producto en particular, los bienes deben también incluir un contenido mínimo regional.

- Si los bienes son importados sin ensamblar y el producto ensamblado se encuentra en la misma glosa de la clasificación HS que sus partes, se clasifican como "de origen" si es que contienen el 35% de valor contenido regional, bajo el método de valor de la transacción, o un 25% bajo el método del costo neto.

- El Acuerdo establece un 9% de nivel de minimis. Esto se compara con un 7% del NAFTA. La regla de minimis no se aplica a ciertos productos entre los cuales está la leche y tableros de circuitos integrados en equipos de telecomunicaciones.

Reglas de Origen Específicas

- El anexo D-01 del Acuerdo identifica los cambios específicos de glosa en la clasificación HS que experimenta cada bien en Canadá o Chile en caso que éstos sean considerados originarios.

- En algunos casos la regla detalla el tipo de cambio especifico de glosa que debe realizarse.

- Comúnmente el cambio a una clasificación HS particular puede venir de cualquier otra "glosa”, y en algunos casos de otro capítulo de HS.

- Si los bienes fabricados en Chile o Canadá contienen cualquier material de terceros países, es vital que el exportador consulte el anexo D-01 para determinar si el bien tiene derecho a un trato preferencial bajo el TLC.

Contenido Regional

En muchos casos, las Reglas de Origen específicas para un producto contienen, además del cambio específico de glosa en la nomenclatura HS, niveles mínimos regionales.

- Para muchos productos, el contenido regional requerido es el mismo que en el NAFTA, generalmente el 60% si se aplica el método de valor de transacción y 50% si se aplica el método de costo neto. Pero para muchos otros productos, el contenido requerido es de un 35% o 25% respectivamente. &Bull; Los productos textiles están sujetos a Reglas de Origen especiales, incluyendo un requerimiento que establece que el contenido regional debe ser calculado por peso.

- Certificados de Origen:

El Certificado de Origen es un documento solicitado por las autoridades aduaneras de ambos países para determinar si la mercancía en particular, desde Chile o desde Canadá tiene derecho a trato preferencial bajo el TLC. Este certificado se encuentra en las correspondientes oficinas nacionales y se puede descargar del sitio web de la Cámara Chileno Canadiense.

Si el exportador no solicita el tratamiento preferencial bajo el TLC,un certificado de origen general es igual requerido para evitar posibles medidas de seguro que se cobran a terceros países.

Los exportadores que completen los certificados de origen del TLC deberán justificar el origen de los bienes en el caso de ser contactado por oficiales aduaneros.

Materias tarifarias

El programa de desgravación arancelaria el cual comenzó en el año 1997 se estableció en 12 categorías, los que quedan libres de aranceles aduaneros en 1, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 11, 16, 17, 18 etapas anuales desde que entra en vigor el tratado, y una lista de exclusiones. Lo anterior se aplica a los productos originarios de Chile y Canadá.

Categoría A+ y A*:Estas categorías

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