UNIDAD I: EL DERECHO MERCANTIL EN VENEZUELA
Enviado por poland6525 • 23 de Junio de 2018 • 5.599 Palabras (23 Páginas) • 1.012 Visitas
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En Venezuela, el Derecho mercantil se entiende como el conjunto de normas del derecho privado que regula en nuestro país la realización de una serie de actos calificados por la ley como “de comercio” y establece obligaciones para quienes los ejecutan de una manera profesional. También se define como el conjunto de normas que rigen los actos de comercio aunque sean ejecutados por no comerciantes, y las operaciones mercantiles efectuadas por los comerciantes.
Es el Derecho que regula los actos de comercio pertenecientes a la explotación de industrias mercantiles organizadas (actos de comercio propio) y los realizados ocasionalmente por comerciantes y no comerciantes (actos de comercio impropios), y que el legislador considera mercantiles, así como el estatuto del comerciante individual y social y los estados de anormalidad en el cumplimiento de sus obligaciones.
Como se observa, es una disciplina que regula muchos de los actos más comunes de la vida ordinaria y las grandes operaciones de la economía capitalista (banca, bolsa, seguros, etc.)
En resumen, es el conjunto de normas jurídicas que controlan el comercio, protegen los intereses de los comerciantes, rigen sus obligaciones y regulan las relaciones de estos entre sí y de ellos con los no comerciantes.
El artículo 1 del Código de Comercio dicta, que el Código de Comercio rige las obligaciones de los comerciantes en sus operaciones mercantiles y los actos de comercio, aunque sean ejecutados por no comerciantes.
La importancia del Derecho mercantil radica en que prácticamente es el derecho regulador de la organización y actividad económica del empresario en el mercado.
En resumen, el Derecho Mercantil se define como una ciencia que estudia, y regula el comercio, los comerciantes y el mercado, entendiéndose éste como el lugar donde se realiza el comercio. Este puede ser tangible o vivencial o intangible, actualmente conocido como electrónico.
Otras denominaciones del Derecho Mercantil
- Derecho Comercial
- Derecho de los Negocios (Francia- Droit des affaires)
- Derecho ordenador de la organización de la actividad profesional de los empresarios (España)
- Ordenamiento Privado propio de los empresarios (Argentina)
- Derecho de las empresas (Brasil)
- Derecho de los negocios (Países anglosajones- Commercial Law; Business Law)
Características del Derecho Mercantil
- Es un derecho privado: distinto al derecho civil, en cuanto regula una relación particular (el comercio). A pesar de que son normas de derecho Público, no se pueden relajar y son de obligatorio cumplimiento. Ej: Materia Registral, se encuentra descrita en el Código de Comercio.
- Es un derecho de circulación de bienes.
- La materia mercantil no es únicamente la contenida en el Código de Comercio.
- La materia mercantil recoge en su código una serie de instituciones que tradicionalmente han formado parte de ella (Instituciones Marítimas, Letra de Cambio, Cheque, etc.)
- La materia mercantil unifica tanto el acto profesional del comercio y del acto aislado.
- La materia mercantil regula los actos realizados por personas no comerciantes.
- La materia mercantil regula todo lo referido a las obligaciones de los comerciantes (Registro de Comercio, Contabilidad, etc.)
- Es un Derecho Capitalista. Porque se sirve del capital y las divisas para producir más capital. La condición específica de éste es el capital.
- Es un Derecho contractualista. Se basa en acuerdos de voluntades materializadas en contratos.
- Es un Derecho Económico. Se basa en la oferta y la demanda.
- Es universal, porque las actividades comerciales tienen un carácter universal, por cuanto el tráfico comercial es un fenómeno universal. La Universalidad conlleva que sea también internacional. Se refleja esta característica en los tratados y acuerdos internacionales dirigidos a uniformar algunos principios e instituciones comerciales. Es una rama del Derecho que, a pesar de su autonomía, presenta cierta subordinación respecto del Derecho civil, siendo dicha influencia reciproca, hasta el punto de hablarse hoy de una comercialización del Derecho civil.
- Flexibilidad, tipicidad y rapidez en la contratación.
- Tendencia socializadora mediante la intervención estatal, que se manifiesta en distintas instituciones.
- Es consuetudinario, porque el Derecho Comercial debe su origen fundamentalmente a las costumbres de los mercaderes, que recogidas en los estatutos fueron progresivamente formando un cuerpo de leyes de obligatorio cumplimiento entre los comerciantes.. Este carácter se ha mantenido así hasta nuestros días por lo que la costumbre continúa siendo fuente del derecho comercial, no sólo por imponérselo así la naturaleza misma de la materia (Art. 9 Comercio); ya que toda vez que la ley no puede surgir con la perentoriedad que reclama la actividad comercial, el sentido práctico del comerciante suple el silencio de la ley y da paso de esta manera al nacimiento de una nueva norma que cubrirá en su oportunidad la laguna de la ley. Es una rama del Derecho en la que el elemento consuetudinario tiene una gran importancia, habiendo constituido los usos mercantiles una de sus principales fuentes.
- Es equitativo, porque la buena fe es considerada como un elemento decisivo en las actividades comerciales, y como tal es amparada y recogida jurídicamente por el derecho mercantil. Es este sentido, la palabra comprometida tiene en el comercio una extraordinaria importancia; por eso el compromiso, el pacto celebrado entre comerciantes sobre un negocio determinado está protegido por la ley, porque es así como las actividades comerciales se pueden desarrollar sin mayores complicaciones. Se precisa entonces, un comportamiento equitativo, digno, justo, que dignifique el comercio, evitando transitar por los peligrosos caminos denominado mercado negro.
- Es rápido, porque las operaciones mercantiles generalmente tiene menos formalidades o requisitos que cumplir con respeto a la parsimonia que caracteriza a las civiles. Exigen tales operaciones, la liberación de esos formulismos para poderlas llevar a cabo, pues de lo contrario se
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