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Reconstruccion normativa

Enviado por   •  20 de Abril de 2018  •  6.837 Palabras (28 Páginas)  •  280 Visitas

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b) No obstante es posible que un principio jurídico no necesariamente exprese un valor, pero que sí responda a uno o más valores. En estos casos el deber ser del valor viene supuesto por el principio o amparado normativamente de manera indirecta. El principio de legalidad en materia penal, que señala la necesidad de que una ley escrita, precisa y previa constituya exactamente la posibilidad de la coacción penal por parte del juez. Precisamente, la legalidad lo que está protegiendo es el valor de la certeza y seguridad jurídica de los ciudadanos imputados o condenados por delitos, más el valor de la objetividad de la aplicación del Derecho. Estos valores que insuflan el principio de legalidad, son capaces de desarrollarse y justificar las consecuencias jurídicas técnicas del principio, y con ello nos permite reconocer dichos valores.

− El principio generalmente viene expresado en una frase muy corta y suelta que dice muy poco sobre de lo que se está hablando y, consecuencialmente, deja mucho espacio para justificar casi cualquier solución (lo mismo corre para los valores, en que su carta de presentación es el nombre, con uno o dos términos fuera de cualquier contexto). Para servir a los valores metodológicos de la precisión, control e inteligibilidad de la teoría, se debe definir de qué se trata de lo que estamos hablando. Para ello es necesario atribuir un esquema conceptual a la designación del principio comprometido. Tal esquema debe tener la virtualidad de ser susceptible de ser desarrollado coherentemente en diversas consecuencias que definan, entre otras cosas, su conceptualización, características y sus diversas condiciones de extensión o de aplicación, así como ser capaz de deslindar con precisión las cosas que no se siguen de él. Esas precisiones permearán el tejido teórico a construir, configurando el holismo.

Usualmente se afirma que, por la característica expresiva de los principios o valores se pueden deducir diversas y aún contradictorias consecuencias, particularmente respecto de los modelos de mayor nivel de generalidad como, p. ej., los constitucionales. Sin embargo, según lo que hemos visto, el específico sentido que tengan los principios, llamado “tecnicidad”, se determinará en el particular modelo que se presente, pues un determinado modelo tendrá determinadas consecuencias y no permitirá otras en una cierta teoría, mientras que otra teoría tendrá otros desarrollos. De esta manera, dicha tecnicidad, puede implicar también diversos niveles de generalidad, en especial, intermedios, como de subprincipios derivados de la hipótesis inicial. P.ej., el principio de legalidad en materia penal, que como dijimos significa la necesidad de una ley que constituya exactamente la posibilidad de la coacción penal bajo ciertas condiciones, tiene como desarrollos técnicos, según el clásico seguido desde L. Feuerbach, cuatro subprincipios: i) lex scripta, se necesita una ley escrita, ii) lex praevia, que no sea retroactiva, iii) lex certa, que sea precisa en su supuesto operativo y en las consecuencias que impone, iv) lex stricta, que no se admita la analogía[3]. Otro ejemplo es el Principio de autonomía de la voluntad que se abre en el subprincipio de libertad contractual, éste, a su vez, en los subsubrpincipios de la libertad de conclusión y la libertad de configuración contractual. En suma, lo que pretendo concluir es que cuando trabajamos con principios y valores no es que trabajemos con frases cortas y sueltas o bien con un mero término que pretendemos interpretar, sino que lo hacemos con un esquema conceptual teórico, de tipo técnico, usualmente fructífero en consecuencias.

iii.- La red de enunciados. La red de enunciados alude a que el sentido atribuido a las oraciones normativas no se determina de forma aislada, como si cada artículo fuese una norma autónoma. Por el contrario, se trata de que el sentido normativo se encuentra imbricado en una red de enunciados interpretativos donde un determinado sentido depende de otro, como eslabones interconectados.

La cuestión de la red de enunciados está configurada por dos cosas: el carácter técnico de la teoría y las relaciones lógicas. El carácter técnico no se agota en el tema de los principios, sino que se proyecta en toda la teoría, pues ésta pretende una presentación técnica específica sobre una materia; en otras palabras la teoría se despliega para presentar la tecnicidad de una institución o figura. El desarrollo técnico de la especificidad teórica se da mediante el despliegue de las redes lógicas dentro de este segundo nivel.

-Los poderes lógicos de la teoría, por supuesto que no se detiene en el primer nivel. Las relaciones lógicas son potenciales, por lo que “están ahí” aunque no se expliciten. Según hemos visto, la extensión por consecuencia necesaria de las relaciones lógicas de los enunciados de una teoría con otros enunciados de la misma, viene determinada por los cánones lógicos, según la definición teórica que se dé en los enunciados de los niveles superiores de la teoría. De ahí que la extensión del esquema conceptual del valor definido en términos jurídicos, se proyecte en una red de enunciados teóricos, que este nivel despliega en toda su amplia extensión en diversas consecuencias jurídicas.

Las consecuencias, en este nivel, no se tratan de cuestiones de aplicación. Más bien es de un desarrollo de la conceptualización técnico-teórica del esquema −ciertamente que con un objetivo práctico−, en un contenido que sea capaz de ordenar y/o replicar ciertos conjuntos normativos o materias jurídicas.

- Las direcciones en las que se expande la red. El material al cual se aboca el destinatario del Derecho, es un discurso potestativo que presenta diversos niveles lógicos como cualquier discurso, que es necesario reconstruir[4]. En términos figurativos puede verse como una construcción con un orden vertical, que se expande también horizontalmente. Reconstruir ese discurso, mediante enunciados con sus propios poderes lógicos, implica también desenvolverse en términos horizontales, y precisamente dada la necesidad de que la reconstrucción capte, comprenda o de cuenta del discurso normativo en su plenitud (criterio de potencialidad comprensiva o explicativa diferente al lógico), el discurso reconstructivo de este nivel debe también desenvolverse lógicamente en líneas horizontales (o diagonales) en términos figurativos. Todo ello hace que se construya un entramado teórico, reconstructivo de la normativa de bastante complejidad. Paradigma de lo cual pueden verse las grandes construcciones civilistas del mundo contemporáneo codificado, donde vemos el principio de buena fe contractual, de nivel más alto y de mayor generalidad, que se proyecta en diversas

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