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Bases jurídicas y Constitución de Apatzingán

Enviado por   •  21 de Noviembre de 2018  •  2.604 Palabras (11 Páginas)  •  359 Visitas

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Bases jurídicas de la independencia.

El plan de iguala

El Plan de Iguala o Plan de Independencia de la América Septentrional también conocido como el Plan de las Tres Garantías (Plan Trigarante), en ​​la etapa final de la Guerra de la Independencia de México, fue un documento político proclamado por Agustín de Iturbide y Vicente Guerrero el 24 de febrero de 1821 en la ciudad de Iguala de la Independencia, Guerrero; en el cual se declaraba a México como país soberano e independiente. El plan fue un intento para establecer una base constitucional para un Imperio mexicano independiente.

Sus tres principios fundamentales fueron:

- Definición del catolicismo como la religión nacional de México.

- Una declaración de la independencia de México del Imperio Español.

- Igualdad social de todos los grupos étnicos y sociales en el nuevo país.

Más tarde, estos tres principios (Religión, Independencia y Unión) se convertirían en las Tres Garantías que promovió el ejército que sustentaría al gobierno, al que, por la misma causa, se le llamó Ejército Trigarante.

El Plan de Iguala contiene una extensión de diecisiete artículos conocidos como Tratados de Córdoba en los cuales se estipulaba que el gobierno que adoptaría México como nación independiente sería el de una monarquía moderada, cuya corona sería otorgada a Fernando VII.

El plan suprimía, además, las distinciones étnicas entre los habitantes de la hasta entonces Nueva España; declaraba la igualdad de todos los individuos y, por lo tanto, en adelante todos tendrían los mismos derechos.

Para gobernar al nuevo país en lo que llegaba un príncipe a ocupar la corona, el plan proponía la creación de una "Junta Gubernativa" y, posteriormente, una Regencia que se encargaría de gobernar en lo que se elegía al nuevo emperador. Además convocaría a las Cortes para elaborar una Constitución.

Las dos principales figuras detrás del Plan de Iguala fueron Agustín de Iturbide y Vicente Guerrero, líder insurgente y más tarde presidente de la República de México. Fue formado el Ejército de las Tres Garantías, como garante de los ideales establecidos en el plan de Iguala, se origino en la fusión de las fuerzas militares lideradas por estos dos hombres. El 24 de agosto de 1821, Agustín Iturbide y el virrey español Juan O'Donojú firmaron el Tratado de Córdoba, ratificando el Plan de Iguala, confirmando así la independencia de México.

Los tratados de córdoba.

El Tratado de Córdoba es un documento en el que se acuerda la independencia de México, firmado en la ciudad de Córdoba, Veracruz, el 24 de agosto de 1821, por Agustín de Iturbide, (comandante del Ejército Trigarante) y por Juan O'Donojú (jefe político superior de la Provincia de Nueva España) pero que no contaba con poderes ni autorización del gobierno español. El texto está compuesto por diecisiete artículos que representan una extensión al Plan de Iguala. Dicho acuerdo fue rechazado por el gobierno de España.

El 27 de septiembre del año 1821, el Ejército de las Tres Garantías entró triunfalmente en la ciudad de México y al día siguiente la Declaración de Independencia del Imperio Mexicano fue promulgado. Las Cortes Españolas no aceptaron la validez del Plan de Iguala, ni el Tratado de Córdoba. Por lo tanto, el Congreso mexicano eligió a un monarca mexicano el año siguiente. Por tanto, Agustín de Iturbide fue proclamado emperador de México el 18 de mayo de 1822. La monarquía en México fue de corta duración, y después de la Revolución del Plan de Casa Mata, de tendencia republicana, fue establecida la república como forma de gobierno.

Consecuencias del plan de iguala y del trato de Córdova

Las Cortes Españolas, en reunión el 13 de febrero de 1822 en Madrid, declararon el Tratado de Córdoba "ilegal, nula y sin efecto, en lo que respecta al gobierno español". Sin embargo, el nuevo gobierno mexicano, proclamaba que después de la aceptación del plan por O'Donojú el país era ahora independiente. Este hecho llevaría al Imperio Español a intentar reconquistar su antigua colonia sin éxito, en los años siguientes.

Esto llevaría al establecimiento del Primer Imperio Mexicano, dirigido por Agustin de Iturbide, pero después de la caída del imperio de Iturbide, el Congreso mexicano dejaría de aceptar tanto el Plan de Iguala y Tratado de Córdoba como bases para el gobierno el 8 de abril de 1823. Fue convocada una nueva convención constitucional que llevaría a la adopción de la Constitución Mexicana de 1824, de corte republicano, el 4 de octubre de 1824.

El acta de independencia del imperio Mexicano

El Acta de Independencia del Imperio Mexicano es el documento mediante el cual el Imperio Mexicano declaró su independencia del Imperio español. El documento fundador del Estado Mexicano fue redactado en el Palacio Nacional de la Ciudad de México, el 28 de septiembre de 1821 por Juan José Espinosa de los Monteros, secretario de la Suprema Junta Provisional Gubernativa.

Redacción y Firma

La tarde del 28 de septiembre, los miembros de la Junta se reunieron en el Palacio Nacional para redactar el Acta de Independencia de la nueva nación independiente. Los dos documentos o actas resultantes fueron entonces redactados en su forma final por Juan José Espinosa de los Monteros, el secretario vocal de la Junta. Las actas fueron firmadas por 33 de los 38 miembros de la Junta junto con Iturbide en su calidad de presidente de la Regencia. Juan O'Donoju, último Jefe Político Superior de Nueva España, Francisco Severo Maldonado, el licenciado Don José Domingo Rus, José Mariano de Almanza y Miguel Sánchez Enciso no firmaron los documentos sino 'in absentia', aunque en el acta se escribió: Lugar de la firma de Juan O'Donoju y posteriormente su firma fue agregada en las copias impresas del acta, mas no fueron agregadas las firmas de los otros tres miembros faltantes que se creen ausentes por motivos de salud. Juan José Espinoza de los Monteros firmó dos veces en cada acta, una vez como miembro de la Junta y la segunda como vocal secretario, por lo que las actas contienen 35 firmas y el párrafo designado para O'Donoju. Una copia del acta fue para el gobierno y la otra para la junta, que fue la que posteriormente fue enviada

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