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: CALSIFICACION DE LAS SOCIEDADES.

Enviado por   •  17 de Diciembre de 2017  •  3.487 Palabras (14 Páginas)  •  387 Visitas

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Históricamente en materia constitucional en el país es a partir de 1950, luego la Constitución de 1962, hasta llegar a la actual de 1983, donde han existido disposiciones de control o vigilancia, aunque sean éstas de manera formal, sobre la actividad particular, especialmente en materia mercantil.

El tratadista mejicano Gabino Fraga expresa: “mientras que la doctrina liberal sólo tolera restricciones a la libertad; en tanto que sean absolutamente necesarias para preservar el orden y tranquilidad pública, los seguidores de las doctrinas estatistas estiman que además de esos intereses hay otros como con los de orden económico para cuyo respecto es también indispensable establecer limitaciones a la actividad individual y crear medios con los que el Estado pueda controlarla.

JUSTIFICACION

Frente a la imposibilidad del empresario individual de ejercer aisladamente determinadas empresas, aparece el empresario colectivo, el cual requiere que varias personas aporten su colaboración para formar el elemento patrimonial, ya que esa unión permite el desarrollo empresarial, constituyendo diversos tipos de sociedades mercantiles para lograr ese objetivo. Este fenómeno es cada vez más relevante, tanto así, que junto a las actividades empresariales, están presentes otros intereses que persiguen como objetivo fundamental, la constitución de sociedades mercantiles.

Por tal razón esta información hace referencia al interés especial debido a la importancia que para nuestro país tiene el comercio en general, liderado precisamente por los comerciantes sociales; ya que al observar nuestra realidad Económica constantemente se observan alianzas estratégicas de comerciantes sociales con otras sociedades ya sean nacionales o internacionales de tal forma que las relaciones comerciales generadas por estos se vuelcan en un diario progreso a nivel general.

CONTENIDO

Clasificación de las sociedades mercantiles en el salvador

La sociedad mercantil se puede definir de la siguiente manera: “es sociedad mercantil la que existe bajo una denominación o razón social, mediante el acuerdo de voluntades de un grupo de personas llamadas socios, que unen sus esfuerzos y capitales para la realización de un fin común de carácter económico con propósito de lucro”.

Son dos o más personas que crean relaciones de obligación y patrimoniales mediante un trato unitario para la consecuencia de un fin común.

Clasificación

El Código de Comercio Salvadoreño, reconoce los siguientes tipos de sociedades:

- Sociedades en nombre colectivo o sociedades Colectivas

- Sociedades en comandita simple o sociedades comanditarias simples

- Sociedades de Responsabilidad limitada

- Sociedades Anónimas

- Sociedades en Comandita por Acciones o sociedades comanditarias por acciones

Sociedades de personas

- Sociedades colectivas

- Sociedades comandita simple

- Sociedades de responsabilidad limitada

Sociedades de capital

- Sociedades anónimas

- Sociedades en comandita por acciones

- Sociedad en nombre colectivo o sociedades colectivas

Es aquella que se constituye bajo razón social la cual se formará con el nombre de uno o más socios, y cuando en ella no figuren los de todos, se añadirán las palabras “y compañía” u otras equivalentes. Todos los socios responden ilimitada y solidariamente por las obligaciones sociales, por ello, todos los socios tienen derecho a participar en la administración de los negocios de la sociedad, pudiendo delegar sus facultades administrativas en uno o varios administradores, que sería el que representará legalmente a la sociedad.

Su capital se integra por cuotas o participaciones de capital, que pueden ser desiguales.

No existe monto mínimo de capital señalado por la ley.

Base legal: Art. 73 al 92 Código de Comercio

Características

- Se constituyen siempre bajo razón social, es decir un nombre derivado de la combinación de los nombres de los socios, en nuestro medio se trata de los socios comanditados, art. 73 código de comercio.

- Para su constitución se toma en cuenta la confianza de sus socios art.44

- Se permite la participación que pueden hacer los socios industriales, es decir que pueden aportar trabajo en concepto de sus aportaciones sociales art. 31. Cód. comercio

- La responsabilidad de los socios es solidaria e ilimitada, art 45 com

- Sociedad en comandita simple o sociedades comanditas simples

Es aquella que se constituye bajo razón social, el cual se formará con el nombre de uno o más comanditados y cuando en ella no figuren los de todos éstos, se le añadirán las palabras “y compañía” u otras equivalentes.

A la razón social se le agregarán siempre las palabras “Sociedad en Comandita” o su abreviatura “S. en C”, si se omite esto último, la sociedad se considerará como sociedad colectiva.

Tipos de socios

socios comanditados: son los que responden de manera ilimitada y solidariamente por las obligaciones sociales y tienen derecho exclusivo a administrar la sociedad, pudiendo delegar sus facultades administrativas en uno o varios administradores, que sería el que representará legalmente a la sociedad. Sólo son sus nombres los que figuran en la razón social.

Socios comanditarios: son los que solamente responden frente a los acreedores sociales con el valor de sus aportes, no pudiendo intervenir en la administración social, salvo el derecho de examinar los documentos de la sociedad en los momentos fijados en la Escritura de Constitución, pudiendo así solicitar el rendimiento de cuentas a la administración de la sociedad. Sus nombres no figuran en la razón social.

En la escritura

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