El Tigre- Estado Anzoátegui
Enviado por monto2435 • 2 de Mayo de 2018 • 3.014 Palabras (13 Páginas) • 397 Visitas
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Derecho entre 1810 y 1830
La invasión de Napoleón a España, abrió las puertas a la independencia de Venezuela y de las demás provincias americanas, causando las apetencias del movimiento de los mantuanos que se venía gestando desde mediados del siglo XVIII.
En las provincias venezolanas no podía existir propiamente una organización municipal en los primeros períodos de su existencia. Era necesario esperar que con el desarrollo de la vida económica surgieran células sociales con vida propia, lo cual no se podía lograr hasta que los indios comenzaran a pagar tributos, en pocas palabras, que se formaran agrupaciones humanas basadas en la cultura europea que se deseaba implantar, no hubo para la época del Descubrimiento, sino muy contados Caciques que ejercieran autoridad soberana sobre una población numerosa y compacta; y del escaso número que se encontró muchos desaparecieron por la oposición que hicieron a la Conquista y a la colonización.
En lo político, con el fin de terminar con la hegemonía de los blancos peninsulares en la conducción de los asuntos públicos, de modo que: bajo los pretextos de brindar protección a los intereses del Rey de España Fernando VII, una alianza táctica de los mantuanos de la época con los blancos de orilla y pardos conspiran y disponen el jueves 19 de abril de 1810 al entonces Capitán General de la provincia de Venezuela, Vicente Emparan y se constituyen en “Junta Suprema Conservadora de los Derechos de Fernando VII”, la cual convoco a los diputados que decidieron la emancipación política de Venezuela. El día 02 de marzo de 1811, se instaló el Primer Congreso de Venezuela, con la asistencia de los diputados de Caracas, Barinas, Cumana, Margarita, Trujillo, Mérida y Barcelona; y se procedió a la organización provisional del gobierno y aprobó por mayoría el proyecto de “Declaración de Independencia de Venezuela “el 5 de julio. El 21 de diciembre de 1811, el congreso sanciono nuestra primera constitución de carácter federal, este proceso tuvo una dura oposición de grupos adversos lo que dificultaba la gobernabilidad y el sistema federal hacia la coordinación de las actividades de la provincia con las del gobierno central ubicado en Caracas. El 06 de abril de 1812, se disolvió el congreso y se la confirieron facultades especiales al poder ejecutivo para enfrentar la crisis económica, política y social de la recién creada república. La fuerte oposición de los realistas obligo a la guerra y el territorio venezolano regreso a las manos de los españoles en julio de 1812, pero fue recuperado por Bolívar con su “Campaña Admirable “en 1813 y se perdió nuevamente el 05 de diciembre de 1814, en la batalla de “Úrica” en la que resultó vencedor José Tomas Boves. La lucha por la independencia continuó con empeño y después de recuperar y asegurar el oriente, controlar los llanos apureños y ocupar Guayana, Bolívar convocó al segundo congreso de Venezuela con representantes de las provincias de Venezuela y de la provincia de Casanare de la Nueva Granada. El congreso se instaló el 15 de febrero de 1819 y en agosto promulgó una nueva constitución llamada “Constitución de Angostura”. Después que Bolívar regresó triunfante de la campaña de liberación de la Nueva Granada, el congreso le aprobó su solicitud de dictar la Ley Fundamental de la República de Colombia, que consagró jurídicamente la conformación de una sola nación con los territorios de Venezuela. El Congreso se instaló en la ciudad de Cúcuta el 06 de mayo de 1821 con los representantes de las provincias de la Gran Colombia y después de tres meses de sesiones, aprobó la llamada constitución de Cúcuta el 30 de agosto de 1821 que bolívar refrendo el 06 de octubre de ese mismo año.
En 1825, El General José Antonio Páez, Jefe Superior Militar y Civil de Venezuela, realizo por la fuerza el reclutamiento en la ciudad de Caracas, lo que provocó la protesta del Cabildo, incidente que se convirtió en una crisis que pone en riesgo la unión colombiana, en 1826, Páez fue suspendido temporalmente de su cargo y llamado a Bogotá para que rindiera cuentas por los presuntos abusos cometidos por la recluta, Simón Bolívar arribó a Puerto Cabello el 1º de enero de 1827 con poderes extraordinarios. El 4 de enero se entrevistó con Páez en Naguanagua y ambos se dirigieron hacia Valencia y Caracas Bolívar decretó una amnistía que perdonaba los actos separatistas que desde 1826 se venían produciendo en esta provincia, y ratifico a Páez como Jefe Supremo Civil y Militar de Venezuela y ofreció convocar una convención nacional que decidiera la suerte de la Republica. Simón Bolívar el 27 de agosto de 1828 dicto el decreto orgánico con el cual asumió el poder supremo como Libertador Presidente. El 13 de enero de 1830, el general Páez convoco la elección de los diputados para formar el Congreso Constituyente y declaro la autonomía de Venezuela, también promulgo la constitución de 1830 y eligió a las autoridades nacionales.
Humanismo
El humanismo es una actitud filosófica y ética que hace hincapié en el valor y la agencia de los seres humanos, individual y colectivamente, y que por lo general prefiere el pensamiento crítico y las pruebas (racionalismo, empirismo) sobre la doctrina establecida o la fe (fideísmo).
Corrientes Humanistas: Es una corriente filosófica, educativa, artística e intelectual surgida en Italia en el siglo XIV, ya que los preceptos espirituales y sociales fueron cambiados debido a las revoluciones sociales e ideológicas.
Corrientes Iusnaturalistas: Es una corriente que se aproxima a un enfoque filosófico del derecho que postula la existencia de un cuerpo de derecho del hombre, universales, anteriores y superiores (o independientes) al ordenamiento jurídico positivo, fundado la naturaleza humana.
Durante la elaboración de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 se produjeron debates acerca de estas cuestiones, optándose finalmente por no mencionar el tema: en lo que se estaba de acuerdo era en la necesidad de proteger los derechos de las personas, y entonces no era imprescindible justificar la fundamentación de esta protección, sino sencillamente proclamarla.
Positivismo jurídico
(normas escritas vigentes). Viene a responder a la concepción iusnaturalista del Derecho, existiendo tres grandes tipos de positivismo:
Positivismo jurídico naturalista. Sostiene que el factor determinante del Derecho, son las realidades sociales. Dentro de esta corriente, cabe diferenciar:
a.
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