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Reingeniería Administrativa y Operacional en los Órganos Desconcentrados del Instituto Electoral del Estado de México

Enviado por   •  26 de Julio de 2017  •  6.727 Palabras (27 Páginas)  •  625 Visitas

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...

ESTADO DE MEXICO

(Número de Ciudadanos)

Padrón Electoral

Lista Nominal

11,168,239

10,847,578

Información al 21 de agosto de 2015, Instituto Nacional Electoral (INE)

Antecedentes históricos

La actividad electoral, tal como la conocemos hoy en el Estado de México ha sufrido transformaciones importantes con el paso del tiempo. Las condiciones políticas, sociales o económicas han orillado a la clase gobernante y a la misma sociedad a reestructurar los métodos de elección de candidatos a cargos públicos, con el fin de diseñarlos y adaptarlos a las necesidades prevalecientes de momentos coyunturales específicos.

Hoy, en el Estado de México, contamos con un Organismo Público Local Electoral, de características distintas a la figura de la Comisión Estatal Electoral que fue creada en el Estado de México hace más de medio siglo.

Con la reforma integral hecha por el Congreso Mexiquense a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México en 1996, se dio paso a la conformación del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), Organismo Público Autónomo que por mandato constitucional fue creado para ser el responsable de llevar a cabo la organización, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales locales.

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INSTRUMENTACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO

Marco Legal

El proceso electoral se integra por varias etapas que a su vez están subdivididas, donde se detalla la manera de llevar a cabo las acciones correspondientes para el logro de los objetivos institucionales. De acuerdo a lo establecido en el Código Electoral del Estado de México en su artículo 234, el proceso electoral se define como “el conjunto de actos ordenados por la Constitución Federal, la Constitución Particular y este Código, realizados por las autoridades electorales, los partidos políticos y los ciudadanos, que tienen por objeto la renovación periódica de los integrantes del Poder Legislativo, del titular del Poder Ejecutivo y de los miembros de los Ayuntamientos del Estado”. Es en este mismo ordenamiento, el artículo 236 establece que “…el proceso electoral comprende las siguientes etapas.

- Preparación de la elección;

- Jornada electoral

- Resultados y declaración de validez de las elecciones de diputados y ayuntamientos;

- Resultados y declaración de validez de la elección de Gobernador electo.”

Basado en esta misma normatividad, el artículo 237 indica que “la etapa de preparación de las elecciones se inicia con la primera sesión que el Consejo General del Instituto celebre en la primera semana del mes de septiembre del año anterior al de la elección correspondiente y concluye al iniciarse la jornada electoral”.

Es en esta etapa de preparación donde la planeación previa verá reflejados sus resultados en la consecución de actividades encaminadas a poner en marcha una serie de acciones que de forma integral buscan la interrelación directa de elementos particulares y acciones multifactoriales que configuran el camino para llegar oportunamente, y en las mejores condiciones a la jornada electoral.

El marco jurídico electoral en nuestro país ha sufrido cambios importantes durante los últimos 24 años, principalmente a partir de la creación del Instituto Federal Electoral en 1990. Sus implicaciones en el ámbito local del Estado de México, se tradujeron en la reforma integral de la Constitución Política local del año 1996.

A partir de ese momento, hubo una serie de modificaciones o reformas constitucionales posteriores, como la de 1998, cuyo impacto fue nuevamente otra reforma al Código Electoral de la entidad, el que había sido creado apenas dos años antes; en septiembre de ese mismo año cuando se elige un nuevo Consejo General del Instituto Electoral del Estado en cuya integración se destacaba la característica de ciudadanización en este órgano de dirección institucional.

Más recientemente, el 10 de febrero de 2014, se dieron a conocer los aspectos generales sobre la reforma político-electoral hecha a diversos artículos de la Constitución Federal de México.

La Reforma Político Electoral implicó, por disposición constitucional, una nueva obligación a los Estados de garantizar que las elecciones se realicen ahora el primer domingo de junio del año que corresponda, lo que significa para el caso del Estado de México que, las elecciones locales más recientes (2015) ya no serían en el mes de julio como tradicionalmente se venían celebrando.

Para el caso del Estado de México, el 28 de junio de 2014 fue publicado en la Gaceta de Gobierno el nuevo Código Electoral que regirá en adelante la realización de los comicios locales. El Código Electoral 2015 establece las nuevas disposiciones que en materia de organización general ha de cumplir el Órgano Público Electoral Local (OPLE).

Al interior del Órgano Electoral Estatal hoy se cuenta con una reglamentación propia aplicable a cada una de las áreas sustantivas de su estructura; sin embargo, muchos de esos reglamentos y manuales han sido rebasados, primero por las reformas electorales expuestas, y en seguida por los nuevos tiempos que implican ajustes a los mecanismos de desarrollo administrativo y operacional tradicionalmente aplicados.

Los documentos legales y normativos que impactan en el ámbito electoral estatal son:

Ley, Norma o Reglamentación

Año de creación

Ultima Reforma o modificación en Materia Electoral

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

5 de febrero de 1917

07 de julio de 2014

Constitución Política del estado Libre y Soberano de México

20 de Noviembre de 1917

08 de agosto de 2014

Código

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