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Ensayo sobre el Cardenismo (1934-1940)

Enviado por   •  29 de Agosto de 2018  •  7.721 Palabras (31 Páginas)  •  412 Visitas

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La matriz de la superestructura político-administrativa que fundamente el dinamismo del gobierno de Cárdenas es a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, votada por los constituyentes en 1917. Esta constitución confiere al gobierno instrumentos políticos, jurídicos y administrativos básicos para formular políticas, adoptar decisiones ya actuar directa e indirectamente en las relaciones político-económicas internas y externas. Pero, para que podamos apreciar a las posibilidades excepcionales conferidas por la constitución mexicana debemos pasar por sus artículos más importantes.

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La Constitución fue formulada en una época en que la guerra civil debilito bastante a las fuerzas oligárquicas, así como debilito y dividió a las fuerzas político-económicas ascendentes: campesinos, clase media, obreros y grupos burgueses

contrarios al poder oligárquico simbolizado en la dictadura del General Porfirio Díaz (1876-1911). En 1910-20 el aparato estatal a tal punto debilitado por luchas y controversias, caudillismos civiles y militares que el Estado mexicano, en cuánto al poder político-administrativo nacional prácticamente deja de existir. El poder político se halla diseminado por el país, en núcleos relativamente aislados, autónomos divergentes o antagónicos, según las bases sociales, las posiciones y los programas de los ejércitos y divisiones de Zapata, Villa, Carranza, Obregón y Gonzales.

Principalmente a partir de 1920, con el gobierno de Álvaro Obregón, fue cuando el poder político del país comenzó a instituirse como un nuevo poder emergente. Pero desde Venustiano Carranza y Adolfo de la Huerta, pasando por Álvaro Obregón, Plutarco Elías Calles y su Maximato (Emilio Portes Gil, Pascual Ortiz Rubio y Abelardo Rodríguez) el poder político estuvo ampliamente apoyado en la fuerza militar y en la acción de hombres provenientes dentro y fuera de los gobiernos.

Las posibilidades que la constitución política del país abre a ese gobierno son reforzadas y especificadas por las leyes especiales. Las leyes relativas a la tierra, a la nacionalización de propiedades y empresas extranjeras y al trabajador amplían los poderes del gobierno en cuanto a la orientación, reglamentación y dinamización de las relaciones de producción. Las principales son: Ley Agraria (1915), Ley Federal del Trabajo (1931), Ley de Expropiación (1936); además de la legislación que disciplina y dinamiza al sistema bancario, los recursos para financiamiento públicos y privados, las organizaciones patronales en la industria y el comercio, el mercado interno, la exportación, etc.; e inclusive los actos del poder público que nacionalizan las empresas ferroviarias y petroleras de los años 1937 y 1938, respectivamente.

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Artículos presentes de mayor relevancia en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:

Art.89: La constitución mexicana estable un poder ejecutivo bastante fuerte, de cuño presidencialista, las facultades conferidas al presidente de los Estados Unidos Mexicanos convierten al ejecutivo en responsable directo de toda ejecución de las leyes, normas y políticas. Al mismo tiempo, el presidente es jefe de las fuerzas armadas responsables de la defensa nacional y seguridad interna. La facultad de nombrar ministros, secretarios, funcionarios y representantes convierte al presidente en señor de toda la burocracia civil, que maneja todo el aparato administrativo federal. Además de esto, como el presidente es un hombre del partido de la revolución, e general gobierna con el apoyo más o menos amplio de ese sector.

El presidencialismo de la constitución mexicana y la integración del aparato estatal con el partido de la revolución hacen al poder ejecutivo particularmente fuerte bajo el gobierno de Cárdenas. Nótese además que las leyes especiales, votadas o no por el Congreso de la Unión, ponen en manos del presidente otros nuevos instrumentos de poder. Las leyes relativas a la posesión y uso de la tierra, a las relaciones de trabajo en la industria, agricultura y comercio y concernientes a la nacionalización de tierras y recursos minerales, confieren al gobierno de Cárdenas poderes aún más amplios que los establecidos constitucionalmente.

Art. 27: Con base en este artículo, el gobierno de Cárdenas expropia y redistribuye las tierras del país, según las razones políticas y económicas del Estado, o consideradas por su gobierno como razones de Estado, este puede intervenir en la propiedad y uso económico y social de las tierras agrícolas, de las aguas de los mares, ríos y lagos, de los yacimientos y depósitos minerales. Según este artículo, la nación tiene todo el tiempo, el derecho de imponer a la propiedad privada, nacional o extranjera, las modalidades de propiedad y uso dictadas por el interés público.

De esa manera, así como se limita el poder de los latifundistas se constituyen nuevas bases económicas y políticas del campesinado. Combinado con la ley expropiación de 1936, permite al gobierno de Cárdenas realizar la nacionalización de las empresas petroleras norteamericanas y holandesas en 1938. Este es el primer y más audaz enfrentamiento encontrado por el capital norteamericano en México.

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De cualquier forma el gobierno usa los medios constitucionales y las leyes complementarias para reformular las relaciones de dependencia del país, También en los asuntos económicos externos se revela un acentuado intervencionismo del poder estatal mexicano. Al nacionalizar las empresas petroleras extranjeras, liquida el enclave petrolero y crea otras posibilidades del país. Al mismo tiempo, fortalece las bases políticas de la creciente participación estatal en la economía.

La constitución mexicana confiere al Estado poderes especiales y amplios a propósito de la organización y disciplina de la fuerza de trabajo, en todos los sectores de la economía.

Art. 5: Del capítulo constitucional relativo a las garantías individuales, da al ciudadano el derecho a trabajar bajo las condiciones de contrato, bajo la supervisión del Estado y niega al empleador, sea este del poder público, la empresa privada o una orden religiosa cualquier derecho a limitar la libertad del trabajador.

Art. 123: En el capítulo sobre le trabajo y la previsión social, establece: la duración de la jornada de trabajo diurno (8 horas) y nocturno (7 horas); las condiciones del trabajo del adolescente (a partir de los 12 años de edad) y de la mujer; el salario mínimo, como aquel que debe atender a las necesidades normales de

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