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Mercantilismo el cual fue muy importante en la Historia del Derecho

Enviado por   •  24 de Febrero de 2018  •  1.995 Palabras (8 Páginas)  •  313 Visitas

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El Instrumento Privado “No tendrá ningún valor si no se dan las condiciones del artículo 1.704 del Código Civil”, “Es todo testimonio material que deja constancia de un hecho”. Normalmente toman la forma de escritos, para ser privado debe estar firmado por las partes o personas correspondientes.

“El Código de Comercio ha variado esta regla del Código Civil, al estatuir el artículo 35 que dice, las anotaciones que hagan los comerciantes en sus libros de contabilidad cuando estos sean llevados en conformidad al artículo 31, hacen fe en su favor y también en su contra”

Los libros de contabilidad hacen causa de las causas mercantiles.

Pueden estar a favor o en contra del comerciante que los lleva en una causa mercantil. Siempre y cuando estén llenados de acuerdo a la Ley.

“De acuerdo al artículo 127 Código de Comercio, los documentos privados hacen fe respecto de terceros en cuanto a su fecha”

La determinación de quienes son comerciantes es importante por las obligaciones a que están sujetos, tales como:

- Inscripción de ciertos documentos en el registro de Comercio.

- Llevar libros de Contabilidad.

- Para efectos de la apertura de la Quiebra: para saber si una persona puede o no ser declarada en Quiebra.

Quiebra: “El artículo 41 de la misma ley, presume la Quiebra Culpable si el deudor que cesa en el pago de una obligación mercantil NO solicita la declaración de su propia Quiebra dentro de los 15 días siguientes a la fecha de la cesación de pagos”. Esto quiere decir que la persona no posee el dinero suficiente para poder cubrir los gastos necesarios, ya que estos son sueriores a sus recursos disponibles.

La Contabilidad Mercantil: “Aporta a los comerciantes medios de prueba privilegiados, en particular si se trata de causa entre comerciantes”. Todo comerciante tiene que llevar un registro de las operaciones que realice, así se podrán saber los impuestos que deberá pagar al Fisco.

Ley de Protección al consumidor (Ley Nº 19.496 nº2): “Esta ley se aplica en materia civil para el cliente o consumidor y en materia mercantil para el vendedor o proveedor”. Esta ley establece los derechos y obligaciones delos consumidores.

Obligación de hacer inscripciones: “Sólo los comerciantes tienen obligación de hacer las inscripciones del art. 22 del Código de Comercio”.

Costumbre: Restringida como regla general que civil.

En materia de contratos:

- Código Civil acepta sin restricción la aplicación de la Costumbre. Admite a la costumbre como fuente de Derecho.

- El Código del comercio solo admite la costumbre mercantil. Siendo la costumbre para el Derecho Comercial una fuente de Derecho

¿Quién debe acreditar la mercantilidad o civilidad del acto?

“La regla general la da el artículo 1.698 Código Civil que indica que corresponde probar las obligaciones a quien lo alega.”

El Derecho comercia es un derecho de excepción esto quiere decir Derecho Civil es Derecho General, todo acto se presume civil a no ser que sea mercantil.

Fuentes del Derecho Comercial

¿Qué se entiende por fuente del Derecho Comercial?

“Son los hechos generadores de las normas que han de regular los actos mercantiles.”

El código del comercio cumple un doble objetivo:

1.- Determinar el campo de aplicación de derecho Comercial.

2.- Establece las reglas que regulan el Derecho Comercial.

Las fuentes del derecho comercial son:

A.- El Código del Comercio y sus leyes complementarias

B.- El Código Civil

C.- La Costumbre

“De faltar la ley comercial, lo cual es frecuente, por la incesante evolución del Derecho Comercial, rige la costumbre mercantil, siempre que ésta exista”.

A.- Código de Comercio

“Empezó a regir el 1 de Enero de 1867 quedando derogadas todas las leyes preexistentes sobre la materia, aún en lo que no fueren contrarias. Se produjo una derogación orgánica.”

“El código chileno constituyó un gran avance respecto de los anteriores, fue el primero en regular el contrato de cuenta corriente mercantil y el Seguro Terrestre. (En Francia recién se reguló a principios del siglo XX)”

El código de comercio es un conjunto unitario, ordenado y sintetizado. Tiene por objeto regular las relaciones mercantiles.

El comercio empezó a partir de la ilustración.

En la actualidad el derecho mercantil se encuentra regulado por varias leyes debido al proceso denominado Descodificador.

B.- Código Civil

“El Código Civil se aplica en los casos que no estén especialmente resueltos por el Código de Comercio de acuerdo a lo que establece el artículo 2 de dicho Código”.

Según la Catedra: “El artículo 2 nos dice que los casos que no estén ESPECIALMENTE resueltos por el Código de Comercio regirán las disposiciones del Código Civil”.

El Código Civil es un conjunto unitario, ordenado y sistematico de normas de Derecho Privado. Tiene por objeto regular las relaciones civiles de las personas.

C.- Costumbre

“Repetición constante y uniforme de ciertos hechos con la convicción de que obedece a un imperativo jurídico”

El Derecho comercial da valor a la costumbre ya que a medida que va evolucionando se va adaptando a los Tiempos.

1.- Valor de la Costumbre

- Para el Derecho Civil cuando la ley se dirije de ella y requiere de un llamado especial.

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