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ORIGEN ETIMOLÓGICO DE LA PALABRA PARLAMENTO-ARIO-RISMO-RISTA. CONCEPTO A PARTIR DE SU ETIMOLOGÍA.

Enviado por   •  8 de Febrero de 2018  •  3.753 Palabras (16 Páginas)  •  590 Visitas

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Si bien es cierto que durante el siglo XIX y parte del XX la función característica de las asambleas parlamentarias ha sido legislativa, ello no es sino consecuencia de una interpretación estricta de las separación de poderes; todo lo referente al establecimiento de normas debía corresponder al Parlamento, mientras que el Ejecutivo sólo podía llevar a cabo su aplicación.

Por una parte se hizo necesario traspasar con carácter creciente una serie de atribuciones normativas hacia el Ejecutivo, ya fuera mediante un amplio desarrollo de la potestad reglamentaria del gobierno, o bien mediante la facultad de dictar disposiciones administrativas con rango de ley, es decir, los decretos-leyes, y los decretos legislativos. Se puede decir que en la actualidad se han vuelto más numerosos los organismos públicos que disponen de facultades normativas y en consecuencia han restado parte de sus funciones al Parlamento. Otras de las competencias más típicas es la presupuestaria o aprobatoria de gastos e ingresos públicos.

A la función del control parlamentario, plantea un doble aspecto: conceptual y teórico-jurídico.

Aspecto conceptual: ésta no puede ser concretada y determinada de manera aislada y definida; sin embargo, es posible afirmar que se trata de una actividad o conjunto de actividades propias del régimen parlamentario, pero con el problema de que se mueve dentro de límites imprecisos y variables, lo que ha llevado a la pluralidad de enfoques y la falta de acuerdo. Por otra parte, según sostiene Sánchez Agesta, el término “control” es sumamente vago e impreciso, por lo que son muy variables las definiciones que se le aplican.

También se ha dicho sin ser muy concretos que el control parlamentario es una actividad de presión, una influencia en las asambleas representativas del gobierno.

Galeotti afirma que el concepto del control político debe obtenerse a través del estudio de sus elementos esenciales, y menciona como tales el fin (es el resultado objetivo y constante que ha de perseguir el Parlamento), la estructura (supone que no se le reduzca a un juicio sobre la acción controlada, sino que influya sobre ella y alcance así fines de tutela) y el objeto (fenómeno jurídico respecto al cual sea posible proponer el fin típico del control, que es el de mantener intactos ciertos valores).

Chimenti, afirma que se trata de una función que las cámaras están obligadas a efectuar mediante pronunciamientos colegiales y supone un examen crítico de la actividad reservada al gobierno, a fin de permitir la realización de la dirección política.

Concluimos que, las cámaras no pueden sustituir al gobierno hasta el punto de afectar el orden en el que se basa la administración, pero si pueden, a través del control, verificar su cumplimiento.

Aspecto teórico-jurídico: otras de las funcione que encontramos en los parlamentos es la jurisdiccional. La importancia de destacar el control parlamentario analizado desde el punto de vista jurídico, pues éste sólo puede expresar juicios de carácter estimatorio y resulta inoperante para rectificar o modificar conductas del objeto controlado. Sería erróneo adscribir al control parlamentario consecuencias sancionadoras, pues consiste en una actividad sin carácter vinculante cuyo único efecto es lograr una simple presión política.

De vuelta al análisis del control jurídico, es importante señalar, la comprobación y determinación sobre si los miembros elegidos respecto a una cámara cumplen los requisitos exigidos conforme a la legislación electoral, y si las elecciones se han desarrollado sin infracción o desviación del procedimiento legal. En lo que toca a la competencia jurisdiccional del Parlamento, otra atribución es el examen de incompatibilidades que hace cada cámara de sus propios miembros, a la vista de la legislación correspondiente, si consideramos que ya concluyó la contenida electoral y se conocen los resultados. Sin embargo, la atribución más importante de las asambleas legislativas es la que se refiere al conocimiento de los delitos cometidos, ya sea por sus miembros o por los integrantes del gobierno.

Chimenti cabe aceptar, por una parte su afirmación de que el control, el parlamentario siempre supone actos colegiales de manifestación de las cámaras, y por otras parte, su consideración de las preguntas e interpelaciones como actos individuales de conocimiento que en sí mismos no constituyen control parlamentario, aunque sin perjuicio de que sean usadas para este fin.

Según Santa Olalla, así como para Galeotti, el control parlamentario implica el ejercicio de facultades sancionatorias, por las medidas de las que puede disponer el sujeto que controla para corregir la conducta del sujeto controlado.

Creemos que la concepción del control parlamentario supone un juicio político de oportunidad sobre la conducta del gobierno o de sus miembros y una decisión que puede afectar la situación y sus actos, lo cual redunda en consecuencias sancionadoras.

6. ANÁLISIS DE LOS TIPOS DE PARLAMENTARISMO

- Parlamentarismo dualista. Se entiende como la modalidad que otorga el jefe de Estado poderes políticos importantes, cuando es el gabinete quien le pone en contacto con las cámaras y cuyos ministros deben contar tanto con la confianza del jefe de Estado como con la del Parlamento. El Parlamento influye sobre el gobierno con base en interpelaciones, mociones de censura, etc., y a su vez el gobierno influye sobre el Parlamento por medio de votos de confianza, demandas de disolución, etc.

- Parlamentarismo monistas. Se concibe como una solución política que asigna las funciones políticas más importantes a las cámaras y al gabinete. Nos encontramos con una figura del jefe de Estado que queda como una simple magistratura moral, ya que el gobierno es una emanación del Parlamento, aunque no con carácter de subcomisionado, pues ese fenómeno se da en el régimen de asamblea.

- Formalmente articulada sobre un parlamentarismo monista. Pero de hecho funciona de forma distinta. El gabinete se mueve como pieza clave del sistema y supone una representación de la mayoría de las cámaras o de la más importante de ellas.

7. ANÁLISIS DE LAS FUNCIONES PROPIAS DEL PARLAMENTO. LA FUNCIÓN DE REPRESENTACIÓN O DE EXPRESIÓN.

Resulta importante admitir la existencia de una función de representación de los parlamentos que consiste en servir de intérprete al país, esto es, un medio de expresión de las ideas del pueblo sobre todas las cuestiones que se plantean en su entorno político y social. El Parlamento se ofrece

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