Origen de las Corporaciones Transnacionales
Enviado por tomas • 2 de Enero de 2018 • 5.094 Palabras (21 Páginas) • 368 Visitas
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Su desmesurado poder económico y el tipo de negocios “estratégicos” que manejan hacen de ellas factores de dominación sobre los países pequeños y aun sobre los grandes. Suelen presionar sobre los legisladores para obtener leyes convenientes, someten a las autoridades, esquilman los recursos naturales, imponen los precios, avasallan la competencia, contaminan el medio ambiente, burlan las legislaciones “anti-trust”, erigen monopolios u oligopolios y reducen a su mínima expresión la capacidad de los gobiernos para controlar sus actividades.
De ninguna manera resulta exagerado decir que ellas son en la actualidad uno de los más importantes instrumentos, si no el más importante, del imperialismo, si hemos de entender el concepto en términos económicos concretos y no en la concepción abstracta e “ideologizada” de los tiempos de Lenin. Estos gigantescos conglomerados responden a una clara estrategia de dominación política y económica. Están eficazmente articulados entre sí a lo largo del planeta. Son portadores de una ideología. Se han convertido en los principales protagonistas de la economía mundial. Su dominación se extiende al campo político. Apuntan con buena precisión y mejores resultados a los centros de poder.
Los altos ejecutivos de las corporaciones transnacionales
Con la gran corporación aparece un nuevo grupo social que tendrá a su cargo el funcionamiento de este nuevo tipo de empresa capitalista. Este nuevo grupo, the managerial class como se le conoce en inglés, está constituido por los directivos y ejecutivos de alto nivel de estas grandes corporaciones (Burnham, 1960:98; Kanter, 1977:19; Mills, 1959:119). El grupo de altos ejecutivos surgió y se desarrolló al interior de las nacientes corporaciones y ha sido considerado como creador y resultado de la revolución corporativa que transformó el sistema de propiedad privada en las primeras décadas del siglo XX (Mills, 1959:119 y 126; Burnham, 1960). Los ejecutivos que tienen a su cargo el funcionamiento de la gran corporación no son los dueños de la empresa en la que trabajan, son empleados que reciben una remuneración por su trabajo.29 Sin embargo, como menciona C. Wright Mills (1959:119), “sin ser los dueños del capital, ellos dirigen el espectáculo corporativo”, y están asumiendo en todo el mundo las funciones de guía, administración, dirección y organización del proceso productivo (Burnham, 1960:104). Este grupo de ejecutivos ocupa los más altos puestos en la jerarquía corporativa, está en las posiciones de control y tiene bajo su responsabilidad la toma de decisiones. Las funciones de los ejecutivos corporativos no se limitan a la administración de la organización, sino que asumen también la responsabilidad de desarrollar la corporación de acuerdo con los criterios capitalistas. En otras palabras, sus funciones en la corporación son tanto gerenciales como empresariales (Kelly de Escobar, 1988:322).30 De esta manera, los ejecutivos desempeñan en las corporaciones algunas de las tareas que el empresario asume en su propia empresa. Sin embargo, a diferencia del empresario que es dueño de la empresa y asume personalmente los riesgos de su inversión, los ejecutivos corporativos no arriesgan con sus decisiones su capital (Mills, 1959:129). En este caso, los riesgos de la inversión se encuentran limitados y controlados por las complejas estructuras de la propiedad corporativa contemporánea.
EMPRESAS TRANSNACIONALES VERSUS SOBERANIA ESTATAL: Modificaciones jurídico-políticas.
La hipótesis central de este epígrafe incide en el poder jurídico-político que tutela los derechos de las empresas transnacionales, vinculados a las relaciones de poder. El fortalecimiento de las nuevas instituciones que surgen en el marco de la globalización neoliberal, contrasta con la crisis –o, al menos, las modificaciones y reinterpretaciones sustanciales– de otras instituciones ya consolidadas. La soberanía estatal es una de ellas. El papel del Estado y la consolidación del pluralismo jurídico, la crisis de la soberanía y la extraterritorialidad normativa, junto con el surgimiento de nuevos agentes supraestatales y la territorialidad, permitirán abordar con cautela las relaciones entre los Estados, las empresas transnacionales y las organizaciones económicas internacionales (Tandon, 2001, pág. 5). Las redes de poder, formales e informales, tejidas entre los sujetos mencionados, generan pautas sustanciales para delimitar los ordenamientos jurídicos en los que se desenvuelven con plena fortaleza las empresas multinacionales y a sensu contrario, los derechos de las mayorías sociales, que quedan subordinados, por medio de la bilateralidad, a sus intereses políticos y económicos.
Antecedentes y Orden Internacional
El concepto de Estado como estructura compleja, vinculada a una forma de ordenamiento político, adquirió fuerza a partir del siglo XVIII[5]. Fue considerado fuente de soberanía cuando opera como poder independiente, supremo, y sobre todo, exclusivo (Faria, 2001, pág.179).
De acuerdo con Luigi Ferrajoli (2004, págs. 125-158), la soberanía, en su dimensión interna y externa, ha transitado por dos vías diferentes. En relación a esta última, la doctrina elaborada por Francisco de Vitoria respecto a la teoría de la guerra justa, en la que se contempla una sociedad internacional formada por Estados iguales y soberanos, sometidos a Derecho y la existencia de derechos naturales de los que son titulares, ha contribuido a la consolidación del Derecho Internacional. Son principios básicos, con todas sus contradicciones, del incipiente orden internacional (López Ayllón, 1999, págs. 8-15).
En los siglos XVII[6] y XVIII[7], quiebran los límites a la soberanía exterior. El sometimiento de los Estados al Derecho desaparece. A su vez, Hobbes y Bodin teorizan sobre el carácter absoluto de la soberanía estatal (Ferrajoli, 2004, pág. 134).
Por otra parte, el Estado de Derecho[8] y la democracia liberal son, desde la Revolución Francesa, las instituciones que limitan la soberanía interna y absolutizan la soberanía externa de los Estados. La separación de poderes, el principio de legalidad, la igualdad formal, el pluralismo político, los derechos fundamentales, el respeto a las mayorías y minorías, son restricciones al ejercicio ilimitado de la soberanía interna. Como afirma Heller (1995) la soberanía transforma las normas jurídicas fundamentales en normas de la comunidad. La soberanía externa se refuerza con las extrapolaciones de la soberanía popular y nacional. Las guerras coloniales y mundiales son la expresión más nítida de la plenitud incontrolada y con
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