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Resumen America colonial

Enviado por   •  24 de Diciembre de 2018  •  22.398 Palabras (90 Páginas)  •  397 Visitas

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de PALACIO RUBIO (autor del Requerimiento en 1513): indios vivían en la edad de la inocencia (lo q Aquino había descrito como ley natural: los indios vivían en paz con el mundo) / Indios tenían algunas costumbres antinaturales (similares a pueblos bárbaros): desnudez, vida comunal, desconocimiento del verdadero matrimonio, liberalidad femenina (de ahí derivaba la descendencia materna) Conformaban una horda y no una comunidad. No tenían religión, eran idólatras. En el final de la jerarquía social, ineptos e incapaces de gobernarse a sí mismos.

Influencia en el debate de planteos de JOHN MAIR (MAJOR)

→ teólogo francés → quien toma teoría de la esclavitud natural de Aristóteles (La Política): no pueden razonar, ni participar de la virtud excepto x instrucción de otro, incapaz de libre elección, solo se distingue de la bestia x capacidad para copiar la razón, símil animal domestico/ Lo mismo mujer y niño pequeño/ Se distinguía del hombre libre x físico rudo, ya q el libre era delicado/ Relación contractual e/ esclavo y su dueño: 2 partes mismos intereses.

Mair -según Brading capitulo 4- va a influenciar a Palacios de Rubios

Para Miletich hay cierta incomodidad con la teoría de la esclavitud natural (¿?) xq si indios eran esclavos, no tendrían capacidad de auto perfeccionarse ni lograr la salvación x ½ del cristianismo.

*Pero luego REQUERIMIENTO (1513) (ver resumen teórico 4)

*No solucionó el problema de condición de indígenas / Derecho solo se justificaba por BULA PAPAL de Alejandro VII (1493)

Otro problema/ discusión: autoridad del Papa

En 1530 debate sobre legitimidad adquirió nueva urgencia y se volvió tema en las facultades de leyes y teología.→ Rol universidades en siglo XVI: larga tradición de participación consultiva (de opinión) de intelectuales de universidades en asuntos del Reino /

Según Miletich la pregunta de los “intelectuales” era por que los nativos de América no habían alcanzado mismo grado de desarrollo cultural (¡mentira!)

Uno de los intentos + poderosos q hizo para proporcionar una solución fue el discurso presentado en 1539 De Indis, Acerca de Indios, del dominico FRANCISCO DE VITORIA (profesor de teología en Salamanca, él y sus alumnos hasta llegar a generación de jesuitas: Luis de Molina –siglo XVI- y Francisco Suárez (1548-1617) pertenecen a Escuela de Salamanca ó también llamada x los italianos como Seconda Escolástica ó Escuela Española de Derecho Internacional→ incluía varias áreas, desde teología hasta física pero en común: filosofía moral racional basada en una interpretación aristotélica y tomista de la “ley natural”/entender el dominium reglum→ “dominio sobre las cosas” → reunía las 3 partes en q se dividía el mundo: dominium sobre las personas, sobre las cosas y sobre las acciones → varios significados e/ siglo XVI y XVII→ el hombre primitivo había renunciado voluntariamente a la libertad natural a cambio de seguridad y la posibilidad de entendimiento moral q solamente podía proporcionar la sociedad civil, pero el hombre retenía ciertos derechos naturales inalienables, e/ ellos el fundamental era el dominium.→ para los escolásticos españoles el hombre podía tener dominio sobre sus bienes, sus acciones y sobre su libertad y, con ciertas restricciones, sobre el cuerpo → Sostenían q los q vivían en estado natural eran hombres y no humanoides y disfrutaban de los mismos derechos q los q vivían en comunidades civiles (civis o polis) → Rechazaron los argumentos romanos de Palacio Rubio → Legitimaron la conquista→ argumentando q las poblaciones nativas habían renunciado a los derechos naturales x sus propias acciones, y esto debía hacerse sin comprometer el supuesto de q todos los derechos eran productos de la ley de Dios y no de la gracia de Dios → apela al ejemplo de los niños → analogía niños-indios: menores, ingenuos, necesitan tutela hasta q lleguen a desarrollo adecuado → Vitoria reconocía q los indios vivían en ciudades, reconocen forma de matrimonio, jueces y gobernantes, pero no las artes liberales, ni agricultura conveniente ni eran verdaderos artesanos → pero si viven casi como bestias no es x imposición innata (como sostenía Palacio Rubio), sino a causa de su pobre y bárbara educación → no son esclavos naturales, sino una especie de niños q necesitan tutela → tienen sus derechos pero son incapaces de ejercerlos → Corona podía reivindicar el derecho de retener indios y sus tierras hasta q alcancen la edad de la razón.

También va a sostener Vitoria q existe un derecho de gentes q rige las relaciones e/ naciones q se deriva del derecho natural /Ordenamiento universal racional de las relaciones humanas de los distintos pueblos con el objeto de satisfacer necesidades de socialización → x la vigencia del derecho de gentes es legítimo el comercio y la evangelización y es lícito atracar en puertos de mares y ríos (q x derecho de gentes son comunes a todos los hombres), su uso no puede negarse → si los bárbaros se negaran a la comunicación o comercio estarían ofendiendo a españoles, x derechos de gente no x ser esclavos.

SEPÚLVEDA

(humanista, traductor de Aristóteles, capellán del rey y defensor a ultranza de la idea de la monarquía universal) → Escribió Democrates primus (exhortando al rey a reanudar el ataque contra los turcos) y Democrates secundus(defensa de los derechos de la Corona en América) → argumento: q los indios no han tenido gobernantes ni leyes y q podían ser legítimamente apropiados x el 1° hombre civil q llegara a sus costas→ símil Palacios Rubio Para Sepúlveda, como para los humanistas, el derecho de propiedad es producto de sociedad civil → es relectura de “teoría de la esclavitud natural” de Aristóteles → “El derecho de la Corona de Castila a la soberanía en América se basa en la ley natural, q concede dominium a todos aquellos seres civiles sobre los q no lo son. Dios dio la propiedad al hombre para su uso q es limitado (uso ≠ al dominio) y x eso no puede abusar de él. Los hombres habían abusado de la propiedad ya q el canibalismo y el sacrificio humano eran las + horribles violaciones de los derechos limitados, y además habían usado el oro y plata con fines idólatras + ninguna sociedad indígena tenía economía monetaria, x lo tanto no habían ejercido los derechos sobre los metales precios, x lo tanto éstos eran patrimonio común de Adán, sobre el cual los españoles tenían derechos

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