Sistema interaméricano de Derechos Humanos (SIDH)
Enviado por karlo • 25 de Abril de 2018 • 1.113 Palabras (5 Páginas) • 458 Visitas
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#DATO La ONU sentencia a los Estados y la OEA sentencia a los Estdos a beneficio de la persona.
COMO SE LLEGA A LA CORTE?
Una persona, grupo de personas y la ONG puede hacer una denuncia en la CIDH (quien analiza si tiene ciertos requisitos de admisibilidad, art 46 CADH). Recibe la denuncia, verifica que haya agotado los recursos internos (primero debe someterse el caso a la jurisdiccion local, que alli hayan negado mis peticiones) EXCEPCIONES:
- Que no hayan recursos internos en su jurisdiccion local
- Que el recurso se haya demorado excesivamente e injustificadamente
- Que no se le haya permitido agotar los recursos internos de su jurisdiccion local (ej que no se le haya asignado un abogado estatal)}
- Una vez agotado los recursos internos, la persona tiene 6 meses para acceder a la CORTE IDH (o un plazo razonable definido por la CIDH)
- Que no exista litispendencia (que el mismo caso no se este tramitando en otra via jurisdiccional)
- Primafacie que haya una violacion de derecho..
La CIDH si se cumplen los requisitos:
1: La CIDH realiza un INFORME DE ADMISIBILIDAD donde acepta el caso porque hay violacion de derechos humanos y se pone a disposicion de las partes para llegar a una SOLUCION AMISTOSA sin intervencion de la CORTE IDH.
- Si hay solucion amistosa: las partes proponen una medida para la reparacion y la CIDH puede: HOMOLOGAR (se termina la causa sin que llegue a la CORTE IDH)
- No hay solucion amistosa o la CIDH no esta de acuerdo con las medidas propuestas por las partes: NO HOMOLOGA (el caso sigue su curso, se vuelve al informe de admisibilidad: el Estado tiene la posibilidad por primera vez de contestar o cuestionar si se reunen los requisitos) A travez de: ALEGATOS por parte del Estado (van a lo central del caso y los Estados se justifican), y se realiza un INFORME DE FONDO art.50 CADH: redacta un informe relatando los hechos y con una serie de recomendaciones al Estado. Se da un plazo para que el Estado cumpla las recomendaciones. SI la CUMPLE: informe positivo a favor del Estado y termina el caso. Si NO LA CUMPLE: hace un informe negativo del Estado para condenarlo y lo pone en evidencia frente a los otros Estados. Se remite el caso a la CORTE IDH y cuando llega la Comision le notifica a las partes y en todo momento esta a disposicion de ellas. Tiene un plazo para cumplir la notificacion. Participa la Comision, las victimas, los abogados o defensores publicos interamericanos y el Estado demandado. Transcurre un JUICIO ORDINARIO que requiere de muchos dias, se dictan los ALEGATOS FINALES y se dicta una SENTENCIA VINCULANTE OBLIGATORIA (deben cumplirla las partes y la CORTE IDH tiene facultades para controlar el cumplimiento de sentencias). La SENTENCIA puede ser MEDIDAS PECUNIARIAS (plata) o MEDIDAS NO PECUNIARIAS (ej: calle con nombre de victimas). Si el Estado no cumple con la sentencia, la CORTE IDH puede dictar nuevas medidas y no deja de seguir el cumplimiento de la sentencia haciendo una verificacion cada 6 meses.
#DATO: (para sol no hay que minimizarlo) la CIDH solo es competente a los Estados con la integran, puede investigar casos de Estados que no la integran pero no puede anunciar ante la CORTE IDH.
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